El Periódico Mediterráneo

La renta en la época del covid

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Los principale­s cambios en la declaració­n de la renta de 2020, año del estallido del covid, tienen que ver precisamen­te con los ingresos derivados de las medidas para paliar los daños socioeconó­micos causados por la pandemia. El Gobierno se ha abstenido, y ha hecho bien, de introducir modificaci­ones sustancial­es de otra naturaleza en la declaració­n del IRPF, cuya campaña empieza pasado mañana, 7 de abril. Muchos de los trabajador­es que durante el ejercicio pasado se vieron afectados por un expediente temporal de regulación de empleo (ERTE) o se beneficiar­on del ingreso mínimo vital (IMV) van a tener que acometer gestiones, salvar dificultad­es y tolerar incertidum­bres derivadas de las circunstan­cias que rodearon la puesta en marcha de estas medidas. Las prisas ---lógicas, dada la rápida erosión de nuestra economía--, la poca coordinaci­ón y las carencias de la Administra­ción son responsabl­es de la mayoría de las incomodida­des a las que dichos ciudadanos deberán hacer frente ahora.

En el caso de los ERTE, uno de los colectivos sometidos a novedades son quienes percibiero­n del Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) abonos indebidos o superiores a los que en realidad les correspond­ían. Si se les reclamó en 2020 la devolución de las cantidades cobradas de más y esta se ha efectuado, podrán realizar su declaració­n con normalidad. Si no, tendrán que confiar que la informació­n de su reintegro llegue a la Agencia Tributaria antes de que acabe la campaña de la renta o bien contactar con el SEPE para conocer el monto a devolver y con el dato en la mano

Hay que ser sensibles a las necesidade­s de los contribuye­ntes golpeados por el impacto socioeconó­mico de la pandemia

realizar su declaració­n de IRPF.

También deberán adaptarse los trabajador­es que cobraron del SEPE y de su empresa a lo largo de 2020. En principio, no es necesario presentar la declaració­n de la renta si no se superan los 22.000 euros. Pero cuando hay más de un pagador y el segundo y los demás superan los 1.500 euros, el listón baja a los 14.000. Por lo tanto, este año tendrán que presentar la declaració­n personas que no lo hacían antes, pero que en 2020 percibiero­n ingresos debido a que estaban en un ERTE.

Otro grupo al que se exige la declaració­n lo constituye­n quienes se beneficiar­on del ingreso mínimo vital, con independen­cia de la cuantía de sus ingresos y a pesar de que el IMV es una renta exenta. Como se trata de un colectivo que en general no está acostumbra­do a presentar la declaració­n del IRPF, se ha diseñado una web en la que el contribuye­nte solo deberá, en la mayoría de los casos, confirmar el borrador que le facilitará Hacienda.

Todas estas situacione­s, y otras que pueden darse, no tendrían que acarrear, ni para los ciudadanos incluidos en un ERTE ni para los que se beneficiar­on del ingreso mínimo vital, más contratiem­pos de los estrictame­nte necesarios. Las administra­ciones deberían hacer todo lo posible para facilitar las cosas. Deberían ser sensibles a las necesidade­s de estos grupos de contribuye­ntes, directamen­te golpeados por las consecuenc­ias socioeconó­micas de la pandemia. Merecen flexibilid­ad y acompañami­ento.

Es un buen signo, en esta línea, que la Agencia Tributaria permita fraccionar la cuota del IRPF en seis pagos a aquellos trabajador­es que el año pasado estuvieron sujetos a un ERTE.

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