EXPOSICIÓN PÚBLICA DE LA RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROYECTO DE EXPROPIACIÓN, POR TASACIÓN CONJUNTA, DE LOS TERRENOS NECESARIOS PARA LA OBTENCIÓN DE SUELO DOTACIONAL DOCENTE EN LA URBANIZACIÓN DE LA “RIBERA DEL RIU SEC” DE CASTELLÓ DE
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Castelló de la Plana, en sesión celebrada en fecha 8 de septiembre de 2022 adoptó el siguiente acuerdo:
“Visto el expediente que se está tramitando para aprobar el proyecto de expropiación, por tasación conjunta, de los terrenos necesarios para la obtención de suelo dotacional docente en la urbanización de la Ribera del Riu Sec, y los siguientes,
Antecedentes: 1.
En sesión ordinaria celebrada en fecha 28 de febrero de 2019, el Pleno de la Corporación acordó aprobar provisionalmente el Plan Especial para la obtención de suelo dotacional público y mejora de las riberas del Riu Sec en la zona Cremor en Castelló de la Plana; así como, remitir las actuaciones a la Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón para su aprobación definitiva. En fecha 12 de abril de 2019, la Comisión Territorial de Urbanismo de Castellón acordó aprobar definitivamente el citado Plan Especial, publicándose en B.O.P. n.º 49 de 16 de abril de 2019.
2.- En fecha 18 de noviembre de 2021, por la Junta de Gobierno Local se aprobó definitivamente el Proyecto de Expropiación, por tasación conjunta, para la ejecución del proyecto de urbanización de la Ribera del Riu Sec, correspondiendo a la Fase I del citado Plan Especial.
En fecha 1 de marzo de 2022, se procedió a la firma de las Actas de Pago y Ocupación de las fincas afectadas.
3.- En fecha 17 de diciembre de 2021, mediante Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo, se aprobó definitivamente el Plan General Estructural de Castelló de la Plana, publicándose en B.O.P n.º 153 de 23 de diciembre de 2021. De acuerdo a su Disposición Final Tercera se establece que
“Se mantienen vigentes tras la entrada en vigor del Plan General Estructural:
/.../ b) Los siguientes instrumentos de planeamiento especial:
- Plan Especial para la obtención de suelo dotacional y mejora de las Riberas del Rio Seco en la zona del Crémor del municipio de Castelló de la Plana, aprobado definitivamente el 1 de octubre de 2021 por Acuerdo de la Comisión territorial de Urbanismo de Castelló de la Plana.”
4.- Por parte de la mercantil Ciopu SL, se ha redactado el Proyecto de expropiación, por tasación conjunta, para la obtención de suelo dotacional docente en la urbanización de la Ribera del Riu Sec, incluidos en la Fase II del Plan Especial.
De este modo, se obtienen los terrenos para la dotación docente y, entre otros, se mejoran las conexiones en el ámbito de Crémor, así como mejora de las riberas del río, especialmente de ámbito educativo y sanitario, demandados en la actualidad.
5.- La citada mercantil ha presentado proyecto de expropiación fechado en julio de 2022, que incluye la relación de propietarios, la descripción de los bienes y derechos afectados, la determinación del justiprecio y los criterios de valoración.
6.- Obra en el expediente Documento Contable RC número 2022.5.15112.60000 del ejercicio corriente, emitido por el Director del Órgano de Gestión Presupuestaria y Contabilidad en fecha 30 de junio de 2022, que acredita la existencia de crédito para llevar a cabo esta expropiación, por importe de 663.521,05€.
7.- El presente Proyecto de expropiación para la obtención de suelo dotacional docente en la urbanización de la Ribera del Riu Sec afecta total o parcialmente a las fincas n.º 1 a 6 descritas; parte de las cuales ya fueron objeto de expropiación con motivo de la ejecución del Proyecto de expropiación para la Urbanización de la Ribera del Riu Sec. Por lo que, se mantienen las descripciones de las fincas registrales iniciales, dado que a día de hoy no se hallan inscritas en el Registro de la Propiedad, procediendo a la actualización de las descripciones de las fincas afectadas en el presente Proyecto de expropiación, considerándose las superficies ya expropiadas con anterioridad.
Teniendo en cuenta:
I.- Artículo 5 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF), en el que se establece que se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal cuando, efectuada la publicación a que se refiere el artículo dieciocho, no comparecieren en el expediente los propietarios o titulares, o estuvieren incapacitados y sin tutor o persona que les represente, o fuere la propiedad litigiosa.
II- Artículo 9 y siguientes LEF, en el que se establece que para proceder a la expropiación forzosa será indispensable la previa declaración de utilidad pública o interés social así como la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de derechos que sean estrictamente indispensables para el fin de la expropiación.
III- Artículo 108 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (en adelante TRLOTUP) dispone que la aprobación de los planes y programas de actuación implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y los derechos correspondientes, a los fines de expropiación o imposición de servidumbres. En este caso, la declaración de utilidad pública, así como la necesidad de ocupación de los bienes incluidos en la relación de afectados, está implícita en la aprobación del vigente Plan Especial.
IV.- El artículo 109 de la TRLOTUP establece que la administración podrá expropiar los terrenos dotacionales previstos en los planes.
Los terrenos afectados por el presente Proyecto de expropiación se encuentran incluidos dentro del ámbito del Plan Especial para la obtención de suelo dotacional público y mejora de las riberas del Riu Sec en la zona Crémor en Castelló de la Plana, aprobado definitivamente por la Comisión Territorial de Urbanismo el 12 de abril de 2019 (BOP n.º 49 16/04/2019), por lo que queda justificada la declaración de utilidad pública, así como la necesidad de ocupación de los bienes incluidos en la relación de afectados.
V.- El artículo 112 de la TRLOTUP permite al Ayuntamiento determinar el justiprecio de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de tasación conjunta, que viene establecido en el artículo 111 del mismo texto legal.
VI.- Del artículo 112 de la TRLOTUP se desprende que cuando se aplique el procedimiento de tasación conjunta, la Administración expropiante formará el expediente de expropiación, que contendrá al menos los siguientes documentos:
a) Determinación del ámbito expropiable, según la delimitación ya aprobada, con los documentos que la identifiquen en cuanto a situación, superficie y linderos, según certificación registral, acompañados de un plano de situación en el término municipal y de un plano parcelario.
b) Fijación de precios razonada por grupos de inmuebles o categorías de terrenos, según sus condiciones de urbanización y demás elementos a considerar conforme a la legislación de valoraciones.
c) Hojas de justiprecio individualizado de cada finca, de acuerdo con la legislación vigente en materia de valoraciones.
d) Hojas de justiprecio que correspondan a otras indemnizaciones.
VII.- El citado artículo establece que el proyecto de expropiación con los documentos señalados será expuesto al público por término de un mes para que quienes puedan resultar interesados formulen las observaciones y reclamaciones que estimen convenientes. La información pública se efectuará mediante la inserción de anuncios en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y en un periódico de los de mayor circulación de la provincia. Además, las tasaciones se notificarán individualmente a los que aparezcan como titulares de bienes o derechos en el expediente, mediante el traslado literal de la correspondiente hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración.
VIII.- Consta en el expediente informe del Arquitecto Municipal, Director de Urbanismo, de fecha 11 de julio de 2022, en el que se concluye que queda declarada la utilidad pública y el interés social, así como la necesidad de ocupación de los terrenos para ejecutar las obras contempladas en el Proyecto para la obtención de suelo dotacional docente en la urbanización de la Ribera del Riu Sec y procede la exposición pública del proyecto de expropiación de los mismos.
IX.- Consta en el expediente informe de la Técnico de Administración General de fecha 28 de julio de 2022, conformado por la Asesora Jurídica de Ordenación y Gestión Urbanística y Territorial y por la Jefa de Sección de Ordenación de Gestión Urbanística y Territorial, en el que en base al informe técnico se informa favorablemente en cuanto al procedimiento a seguir y a la declaración de utilidad pública o interés social, así como la necesidad de ocupación.
X.- Del artículo 127.1.d) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local se desprende que corresponde a la Junta de Gobierno Local las aprobaciones de, entre otros, los instrumentos de gestión.
Por todo lo cual, y a propuesta de la concejalía delegada de Urbanismo, SE ACUERDA:
PRIMERO.- Determinar el procedimiento de tasación conjunta para la expropiación de los terrenos necesarios para la obtención de suelo dotacional docente en la urbanización de la Ribera del Riu Sec.
SEGUNDO.- Exponer al público por el plazo de un mes el proyecto de expropiación junto con la relación de propietarios, bienes y derechos afectados que se detalla a continuación, al objeto de que por parte de los interesados se puedan formular las alegaciones y observaciones que tengan por conveniente respecto del proyecto de expropiación, esencialmente en orden a la titularidad o valoración de sus derechos.
Titular/es: Ana Lucía Monfort Mor (50%)
Juan Luis Rojas Martos (50%)
Situación de la finca: Calle Concordia 49 Referencia catastral: 1008501YK5310N0001FL Finca Registral: 617
Superficie registral: 17.182m2
Superficie a expropiar: 6.808,35 m²
Otros derechos: No se conocen.
TERCERO.- Dar traslado del presente Acuerdo a los titulares de derechos inscritos en el Registro de la Propiedad junto con la correspondiente hoja de aprecio y la propuesta de fijación de los criterios de valoración
CUARTO.- Dar traslado del presente Acuerdo al Ministerio Fiscal, en relación a las Fincas n.º 1 y 4 indicadas, de acuerdo al artículo 5 LEF.
QUINTO.- Notificar el inicio del procedimiento al Registro de la Propiedad y solicitar del mismo la certificación de dominio y cargas de las fincas afectadas y la práctica de los asientos que correspondan”
Lo que se hace público a efectos de que durante el plazo de 1 MES contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, pueda aportar los datos oportunos para rectificar posibles errores en su descripción u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación.
Asimismo, y en el mismo plazo de 1 MES, podrá formular las alegaciones y observaciones que tenga por conveniente respecto del proyecto de expropiación, esencialmente en orden a la titularidad o valoración de sus derechos. Del mismo modo, se publica a los efectos de lo dispuesto en el art 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para los interesados que, en su caso, pudiesen figurar como desconocidos o con domicilio desconocido
Dicho proyecto de expropiación podrá consultarse en la Sección de Ordenación y Gestión Urbanística y Territorial de este Ayuntamiento, en C/ Enmedio nº 82 piso 4º (Edifici Quatre Cantons), de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, preferiblemente con cita previa. Para la solicitud de cita previa o cualquier consulta del expediente e información del procedimiento en curso ésta podrá realizarse, dentro del plazo fijado, a través del correo electrónico ordenacionurbanística@ castello.es, en el que deberá especificar el número de expediente, la información que solicita y un Titular/es: Angela Alemany Gines (25%) número de teléfono de contacto.
Francisco Alemany Gines (25%) Por último y dentro del mismo plazo se ruega Juan Alemany Gines (25%) a los interesados:
Enrique Alemany Gines (25%) a) Aporten escrituras o títulos de propiedad. Situación de la finca: Calle Concordia 56
Referencia catastral: 1008801YK5310N0001EL b) Indiquen si el referido inmueble está libre Finca Registral:3280 de cargas y gravámenes.
Superficie gráfica catastral: 1.422,83 m². c) Si en él hay ocupantes o inquilinos, de qué Superficie a expropiar: 1.078,45 m² fecha data el contrato de arrendamiento, datos de Otros derechos: No se conocen. arrendatario y el importe del arrendamiento. Castelló de la Plana, a 9 de septiembre de 2022. El Concejal Delegado de Urbanismo. José Luis López Ibáñez.
Finca nº 1
Titular/es: Desconocido
Situación de la finca: Calle Concordia 60 Referencia catastral: 1008803YK5310N0001ZL Finca Registral: ------
Superficie gráfica catastral: 1.009,80 m2 Superficie a expropiar: 873,02 m²
Otros derechos: No se conocen.
Finca nº 2
Titular/es: Ana Lucía Monfort Mor (50%)
Juan Luis Rojas Martos (50%)
Situación de la finca: Calle Concordia 58 Referencia catastral: 1008802YK5310N0001SL Finca Registral: 617
Superficie registral: 17.182m2
Superficie a expropiar: 1.311,39 m²
Otros derechos: No se conocen.
Finca nº 3 Finca nº 4
Titular/es: Desconocido
Situación de la finca: Cm Alcora Camino Viejo 124 suelo
Referencia catastral: 1008526YK5310N0001MK Finca Registral: ------
Superficie gráfica catastral: 223,18 m²
Superficie a expropiar: 138,01 m²
Otros derechos: No se conocen.
Finca nº5
Titular/es: Jesús Cambero Uruñuela (100%) Situación de la finca: Camino Viejo Alcora 124 Referencia catastral: 1008521YK5310N0001WL Finca Registral: 4187
Superficie registral: 2.368,77 m²
Superficie a expropiar: 859,80 m²
Otros derechos: Hipoteca a favor de CaixaBank S.A.