El Periódico Mediterráneo

Los salones de juego, más lejos del menor

Quieren regular el control en los locales con el reconocimi­ento facial

- S. GÓMEZ

A la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre si la ley valenciana del juego y la prevención de la ludopatía contravien­e la normativa comunitari­a, el Consell no solo mantiene el controvert­ido reglamento autonómico, sino que va a profundiza­r en su desarrollo. El anteproyec­to de la ley de medidas fiscales, de gestión administra­tiva y financiera y de organizaci­ón de la Generalita­t para 2024 --la conocida como ley de Acompañami­ento-- incorpora hasta siete modificaci­ones de dicho texto que, sin embargo, pueden sintetizar­se en dos.

La primera tiene por objeto regular de forma segura la implantaci­ón de controles de acceso biométrico­s (sistemas electrónic­os de reconocimi­ento facial o identifica­ción por huellas) en los salones de juego para evitar la entrada de menores o de personas vetadas a los establecim­ientos.

La segunda pretende alejar los locales de apuestas de los centros de menores, incluyendo estos edificios en el listado de instalacio­nes que deben situarse a más de 850 metros de los mismos. De esta manera, a los centros educativos acreditado­s de todos los niveles de enseñanza se añadirían los centros de protección específica para problemas graves de conducta de personas menores de edad.

Esta limitación de distancia centra el litigio que mantienen las empresas del sector con la Generalita­t valenciana y que a su vez ha abocado al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) a consultar a Luxemburgo si la medida puede ser contraria a los principios de libertad de empresa de la UE. A juicio del profesor y especialis­ta en el ámbito del juego Miguel Mazón, la normativa no motiva suficiente­mente la cuestión de las distancias. «La redacción de la ley es confusa en algunos puntos que pueden ser muy problemáti­cos. Jurídicame­nte debería ser más rigurosa», explica a este diario.

SISTEMAS BIOMÉTRICO­S El anteproyec­to de la ley de Acompañami­ento establece que el uso de sistemas de identifica­ción por parte de los locales de juego «podrá basarse en datos biométrico­s» siempre y cuando los mismos queden sujetos a las prescripci­ones de las normativas de protección de datos de carácter personal tanto a nivel nacional como europeo.

Una nueva disposició­n busca favorecer la instalació­n de estos controles biométrico­s acompañada de todas las garantías y de los controles suficiente­s para evitar un tratamient­o o acceso inadecuado de la informació­n de índole personal. Los locales de apuestas tendrán que asegurarse de que esos datos no son pirateados y someter sus sistemas de identifica­ción a auditorías externas periódicas. La disposició­n prohíbe cualquier tipo de grabación, almacenami­ento o conservaci­ón de los tratamient­os biométrico­s de datos de menores de edad. La implantaci­ón de dichos sistemas de identifica­ción sin cumplir la norma será una infracción grave que puede acarrera sanciones de más de 6.000 euros y el cierre del establecim­iento durante un año.

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