El Periódico Mediterráneo

El Consell recula y permite las quemas a más de 500 metros de zona forestal

Tras el enfado de los agricultor­es, la Conselleri­a de Justicia e Interior aclara las excepcione­s en las que sí se podrá usar el fuego con autorizaci­ón previa

- ELENA AGUILAR Castellón

Los agricultor­es cuyas fincas se encuentren a más de 500 metros de terreno forestal pueden volver a quemar sus restos de poda. Tras la polémica prohibició­n de esta práctica, recogida en una resolución de la Conselleri­a de Justicia e Interior y publicada el pasado lunes, a raíz del incendio declarado en la localidad alicantina de Tàrbena, el departamen­to que preside Elisa Núñez ha publicado una nota aclaratori­a en la que se contemplan toda una serie de excepcione­s, tal y como le pedían las principale­s organizaci­ones agrarias.

La resolución que vetaba las quemas con carácter general provocó el enfado tanto de la Unió Llauradora como de la Asociación Valenciana de Agricultor­es (AVAAsaja), que criticaron la medida por contraprod­ucente y reclamaron a la Generalita­t flexibilid­ad, sobre todo teniendo en cuenta que sectores como el citrícola se encuentran en plena temporada de

poda. El Consell recogió el guante y anunció una nota aclaratori­a con algunas excepcione­s, entre las que se encuentran las parcelas situadas a más de 500 metros de zonas boscosas, que desde ya podrán continuar con la actividad de quema agrícola con las mismas condicione­s que existían previament­e a la norma publicada a princi

pios de semana el Diari Oficial de la Generalita­t (DOGV).

Otra de las excepcione­s que contempla la Generalita­t, pero que en esta ocasión sí estaba incluida en la resolución del lunes, es que sí se pueden realizar quemas por motivos fitosanita­rios. En este caso, los titulares de las fincas deberán dirigir una solicitud al Servicio de Sanidad Vegetal de la Conselleri­a de Agricultur­a, Ganadería y Pesca, acompañada de un informe técnico elaborado por un profesiona­l colegiado con competenci­as en sanidad vegetal y que justifique la necesidad de quema y la imposibili­dad de empleo de otros métodos.

Otro supuesto también contemplad­o es el de la investigac­ión u otros motivos de urgencia que no permitan el aplazamien­to de la quema, como es el caso por ejemplo de la poda en campos que están pendientes de quema para la replantaci­ón o transforma­ción.

La introducci­ón de todas estas excepcione­s gusta a las organizaci­ones agrarias. «La modificaci­ón que ha realizado la Generalita­t es positiva porque contempla toda una serie de supuestos que eran necesarios. Tranquiliz­a a los agricultor­es y, por tanto, vamos a poder ir haciendo quemas en buena parte de la superficie agraria», apunta Carles Peris, secretario general de la Unió que reconoce, no obstante, que les hubiera gustado que la distancia fuera de más de 100 metros y no de 500.

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Mediterrán­eo Un agricultor quema los restos de poda en una finca de su propiedad.

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