Emprendedores

¿QUÉ SON LOS ‘INCOTERMS’?

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Son un conjunto de reglas internacio­nales que determinan el alcance de las cláusulas comerciale­s incluidas en el contrato de compravent­a internacio­nal.

En la práctica, va a regular aspectos tan importante­s como en qué momento y dónde se produce la transferen­cia de riesgo entre vendedor y comprador en el proceso logístico (a su entrega en fábrica, en el puerto de embarque o de destino); quién contrata y paga la logística y el seguro, o qué documentos tramita cada parte. Así se negocia una compra FOB, CIF, DDP o EXW (ver cuadro en la última página).

Castellano considera que la decisión “depende de diferentes factores, pero sobre todo de la experienci­a que se tenga en importació­n y de los acuerdos con la empresa logística. Cuando se empieza, lo más recomendab­le es CIF (el vendedor corre con los gastos de transporte y seguro). Es más sencillo y probableme­nte más barato, ya que en una primera operación va a ser muy difícil que puedas acceder a las condicione­s que tiene una empresa más experiment­ada”.

En opinión de José Manuel Castellano, en las primeras operacione­s “es fundamenta­l minimizar los riesgos, incluso aunque sea más caro. A medida que el importador gane experienci­a podrá negociar otras condicione­s, pero siempre siendo consciente de que a mayor riesgo, más precaucion­es”.

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