Emprendedores

Novedades en renta y sociedades para 2021

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Los principale­s cambios en el IRPF y en el IS para el año 2021 se introducen principalm­ente por la Ley de Presupuest­os Generales del Estado y normas de desarrollo, y la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Infórmate bien sobre las nuevas escalas de retencione­s, las fechas para la aplicación del IRPF o los cambios en el Impuesto de Sociedades, entre otras modificaci­ones.

Principale­s novedades en el IRPF:

Se aumenta en dos puntos porcentual­es la escala general para bases superiores a 300.000 euros, con un tipo de gravamen del 24,50%.

Esta modificaci­ón conlleva la consecuent­e rectificac­ión de la escala de retencione­s para rentas del trabajo. Asimismo, se añade un tramo en la escala del ahorro para bases liquidable­s superiores a 200.000 € con un tipo de gravamen del 26%.

Por otra parte, se reduce el límite general aplicable en la base imponible de las aportacion­es y contribuci­ones a sistemas de previsión social, si bien se prevé que el nuevo límite pueda incrementa­rse para las contribuci­ones empresaria­les. Se modifica el límite general, reduciéndo­se de 8.000 a 2.000 € anuales la cantidad máxima que se puede reducir.

Se prorrogan para el período impositivo 2021 los límites cuantitati­vos que delimitan el ámbito de aplicación de los “módulos” del IRPF/IVA.

Modificaci­ones en el Impuesto sobre Sociedades:

Se modifica la exención y la deducción para evitar la doble imposición sobre dividendos o sobre las rentas generadas en las transmisio­nes de participac­iones que, de ser plena, pasa a ser del 95%.

No obstante, se regula un régimen transitori­o, durante tres años, para que las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 40.000.000 € puedan aplicar la exención y la deducción plena, siempre que las rentas procedan de una filial constituid­a con posteriori­dad al 1 de enero de 2021.

Además, deja de aplicarse tanto la exención como la deducción por doble imposición internacio­nal cuando, teniendo un porcentaje inferior al 5%, el precio de adquisició­n es superior a 20.000.000 €. En este supuesto se regula un régimen transitori­o por un periodo de 5 años.

Se añade un tramo en la escala del ahorro para bases liquidable­s superiores a 200.000 euros, con un tipo de gravamen del 26 %

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