Novedades en renta y sociedades para 2021
Los principales cambios en el IRPF y en el IS para el año 2021 se introducen principalmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado y normas de desarrollo, y la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Infórmate bien sobre las nuevas escalas de retenciones, las fechas para la aplicación del IRPF o los cambios en el Impuesto de Sociedades, entre otras modificaciones.
Principales novedades en el IRPF:
Se aumenta en dos puntos porcentuales la escala general para bases superiores a 300.000 euros, con un tipo de gravamen del 24,50%.
Esta modificación conlleva la consecuente rectificación de la escala de retenciones para rentas del trabajo. Asimismo, se añade un tramo en la escala del ahorro para bases liquidables superiores a 200.000 € con un tipo de gravamen del 26%.
Por otra parte, se reduce el límite general aplicable en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, si bien se prevé que el nuevo límite pueda incrementarse para las contribuciones empresariales. Se modifica el límite general, reduciéndose de 8.000 a 2.000 € anuales la cantidad máxima que se puede reducir.
Se prorrogan para el período impositivo 2021 los límites cuantitativos que delimitan el ámbito de aplicación de los “módulos” del IRPF/IVA.
Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades:
Se modifica la exención y la deducción para evitar la doble imposición sobre dividendos o sobre las rentas generadas en las transmisiones de participaciones que, de ser plena, pasa a ser del 95%.
No obstante, se regula un régimen transitorio, durante tres años, para que las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 40.000.000 € puedan aplicar la exención y la deducción plena, siempre que las rentas procedan de una filial constituida con posterioridad al 1 de enero de 2021.
Además, deja de aplicarse tanto la exención como la deducción por doble imposición internacional cuando, teniendo un porcentaje inferior al 5%, el precio de adquisición es superior a 20.000.000 €. En este supuesto se regula un régimen transitorio por un periodo de 5 años.
Se añade un tramo en la escala del ahorro para bases liquidables superiores a 200.000 euros, con un tipo de gravamen del 26 %