JOSEP MASSÓ
El 20 de abril de 2021 se aprobaron nuevas medidas a través de la Comunidades Autónomas para empresas afectadas por la pandemia de Covid-19.
Bienvenidas sean todas las ayudas que puedan recibir las empresas para “paliar” los efectos económicos de la pandemia, aunque ya sabemos que son insuficientes, sobre todo si las comparamos con las que han recibido en otros países de nuestro entorno europeo. Lo positivo de estas nuevas medidas es que amplían los sectores económicos a los que van dirigidas y se suman aquellas empresas “viables” que hayan tenido pérdidas en el año 2019. Asimismo, se establecen aplazamientos para deudas no tributarias con la Administración. Desde la perspectiva del empresario se impone una cierta prudencia en el sentido de que nada de esto les va a solucionar los problemas que se les han planteado con esta crisis. Les puede ayudar sin duda, pero los que han aguantado hasta ahora tienen un mérito que difícilmente nadie las va a reconocer.
La normativa que comentamos ya se inicia con “Las comunidades Autónomas podrán incrementar los sectores económicos beneficiados y dar ayudas a empresas viables…” y alguien puede preguntar: ¿y si no pueden? porque todo dependerá de los Fondos que reciban las CC.AA. de lo que aún hay muchas dudas sobre su reparto. Siendo además que la norma condiciona “a las especificaciones del tejido productivo de cada región” y que las pérdidas del 2019 se deban “a circunstancias excepcionales” añaden las lógicas dudas a los que quieran optar. Menos dudas ofrecen las condiciones de los aplazamientos de deudas: cada uno defiende lo suyo.