Hacienda pone el punto de mira en las transacciones con criptomonedas
Debido al auge de las criptomonedas, la Agencia Tributaria centra su interés en las transacciones realizadas con monedas virtuales.
Las criptomonedas son monedas virtuales (no físicas) que usan la criptografía como medio de control. Pueden ser operadas e intercambiadas por otra moneda tradicional y sirven para hacer todo tipo de transacciones comerciales. La voluntad de la Agencia Tributaria es la de evitar fugas de recaudación en torno a una realidad que, de momento, no controla de forma eficiente.
FISCALIDAD
La difusión alcanzada por el uso de las criptomonedas, ha provocado consultas a la Dirección General de Tributos, que se ha pronunciado sobre la tributación de la compraventa, intercambio, cobro por comisiones, servicios de gestión, tenencia y valoración de las monedas virtuales, en el IRPF, IVA, Patrimonio o Sociedades.
LEY CONTRA EL FRAUDE FISCAL
Una de las grandes novedades en torno a las criptomonedas que ha traído 2021 es que en la nueva Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal se prevé dos nuevas obligaciones informativas referidas a la tenencia y operativa con monedas virtuales, así como la obligación de informar sobre aquellas localizadas en el extranjero a través del Modelo 720 de declaración de bienes y derechos en el extranjero, con un régimen de sanciones muy severo en caso de incumplimiento. Respecto a las nuevas obligaciones:
● 4F JOUSPEVDF VOB PCMJHBción de suministro de información sobre los saldos que mantienen los titulares de monedas virtuales, a cargo de quienes proporcionen
La nueva ley contra el fraude fiscal obliga a informar sobre la tenencia de monedas virtuales, tanto a titulares como a proveedores
servicios en nombre de terceros para salvaguardar claves criptográficas privadas que posibilitan la tenencia y utilización de tales monedas, incluidos los proveedores de servicios de cambio si también prestan el servicio de tenencia.
● 4F FTUBCMFDF QBSB MBT QFSsonas mencionadas en el punto anterior, la obligación de suministrar información acerca de las operaciones sobre monedas virtuales (adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos) en las que intervengan. Esta misma obligación se extiende a quienes realicen ofertas iniciales de nuevas monedas virtuales.