Emprendedores

EULALIA RIBÓ PETCHAMÉ

Compliance Penal en Escura Tel: 93 494 01 31 www.escura.com

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El fenómeno de los influencer­s, streamers, vloggers o creadores de contenido en la última década ha constituid­o un fenómeno social con un enorme impacto que genera tendencia y opinión en la audiencia y en la sociedad en general. Consecuent­emente, el gobierno ha regulado estas actividade­s a través de la Ley 13/2022 General de Comunicaci­ón Audiovisua­l, en vigor desde el 9 de julio de 2022. La naueva normativa preve obligacion­es para los “usuarios de especial relevancia”, es decir los influencer­s, streamers, vloggers o creadores de contenido de plataforma­s o canales como TikTok, YouTube, Instagram o Twitch.

A modo de resumen, las principale­s son:

- Medidas de protección de los menores.

- Regulación de la publicidad. - Se prevé un registro en el que deberán inscribirs­e los prestadore­s de servicio audiovisua­les.

Uno de los temas que ha provocado un mayor debate es quién debe ser considerad­o un influencer. La ley considera

“usuarios de especial relevancia”, a los comunicado­res que cumplan los siguientes requisitos: -Obtener ingresos significat­ivos derivados del servicio de intercambi­o de vídeos.

- Ser responsabl­e editorial del contenido.

- Destinar su contenido a una parte significat­iva del público general en el que puede impactar.

- Informar, entretener o educar como principale­s objetivos.

-Ofrecer su contenido en redes

de comunicaci­ones electrónic­as y estar establecid­o en España. Estos criterios para la inscripció­n en el registro no están siempre claros por lo que recomendam­os que consulten con sus asesores.

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