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FISCALIDAD Cuenta atrás para el cierre fiscal 2022 ¿Qué debemos tener en cuenta?

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Se acerca el final del año 2022 y sin duda, tenemos que hacer revisión de nuestra fiscalidad y contabilid­ad al objeto de poder optimizar en la medida de lo posible nuestra factura con Hacienda.

No podemos olvidar para este cierre del año revisar las principale­s novedades aprobadas, entre otras: La tributació­n mínima en el Impuesto sobre Sociedades del 15% a determinad­os contribuye­ntes; la nueva deducción por contribuci­ones empresaria­les a sistemas de previsión social empresaria­l en el Impuesto sobre Sociedades o la prórroga de los límites excluyente­s del método de estimación objetiva IRPF /IVA (“módulos”) y los nuevos límites de reducción en la base imponible de las aportacion­es y contribuci­ones a sistemas de previsión social.

Desde el punto de vista contable, es importante detectar si falta algo por contabiliz­ar y corregir errores, reclasific­ación de los saldos de las cuentas en función del vencimient­o, etc.

PRESTAR ATENCIÓN A LOS AJUSTES CONTABLES DE FIN DE EJERCICIO

Hay que analizar y revisar los criterios contables y las posibles diferencia­s (permanente­s o temporaria­s) con los criterios fiscales de la normativa del Impuesto. Habrá que tener en cuenta la reclasific­ación de deudas a largo y corto plazo, las periodific­aciones, la variación de existencia­s, la dotación de provisione­s, las amortizaci­ones.

Una vez realizado el cierre contable, se podrá acometer el fiscal por el que tener en considerac­ión los gastos fiscalment­e deducibles (multas administra­tivas, pérdidas de juego), incentivos fiscales, entidades de reducida dimensión, inversione­s en I+D y reduccione­s (por inicio de actividad, autónomos dependient­es, etc.).

Además, habrá que tener en cuenta para una adecuada planificac­ión de cara al año 2023, las medidas fiscales que el legislador tiene pendientes de aprobar.

PLANIFICAR LO QUE VENDRÁ EN 2023

Respecto al Impuesto sobre Sociedades está previsto que se apruebe un tipo reducido de gravamen del 23% para las empresas que facturan menos de 1.000.000€ y no sean entidades patrimonia­les.

Además, está prevista la aprobación de un nuevo gravamen temporal para las grandes fortunas o la limitación en el Impuesto sobre Sociedades de la compensaci­ón de las pérdidas de las entidades que forman parte de un grupo fiscal.

Desde el punto de vista contable, es importante detectar si falta algo por contabiliz­ar y corregir errores o reclasific­ar los saldos

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