FISCALIDAD Cuenta atrás para el cierre fiscal 2022 ¿Qué debemos tener en cuenta?
Se acerca el final del año 2022 y sin duda, tenemos que hacer revisión de nuestra fiscalidad y contabilidad al objeto de poder optimizar en la medida de lo posible nuestra factura con Hacienda.
No podemos olvidar para este cierre del año revisar las principales novedades aprobadas, entre otras: La tributación mínima en el Impuesto sobre Sociedades del 15% a determinados contribuyentes; la nueva deducción por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial en el Impuesto sobre Sociedades o la prórroga de los límites excluyentes del método de estimación objetiva IRPF /IVA (“módulos”) y los nuevos límites de reducción en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.
Desde el punto de vista contable, es importante detectar si falta algo por contabilizar y corregir errores, reclasificación de los saldos de las cuentas en función del vencimiento, etc.
PRESTAR ATENCIÓN A LOS AJUSTES CONTABLES DE FIN DE EJERCICIO
Hay que analizar y revisar los criterios contables y las posibles diferencias (permanentes o temporarias) con los criterios fiscales de la normativa del Impuesto. Habrá que tener en cuenta la reclasificación de deudas a largo y corto plazo, las periodificaciones, la variación de existencias, la dotación de provisiones, las amortizaciones.
Una vez realizado el cierre contable, se podrá acometer el fiscal por el que tener en consideración los gastos fiscalmente deducibles (multas administrativas, pérdidas de juego), incentivos fiscales, entidades de reducida dimensión, inversiones en I+D y reducciones (por inicio de actividad, autónomos dependientes, etc.).
Además, habrá que tener en cuenta para una adecuada planificación de cara al año 2023, las medidas fiscales que el legislador tiene pendientes de aprobar.
PLANIFICAR LO QUE VENDRÁ EN 2023
Respecto al Impuesto sobre Sociedades está previsto que se apruebe un tipo reducido de gravamen del 23% para las empresas que facturan menos de 1.000.000€ y no sean entidades patrimoniales.
Además, está prevista la aprobación de un nuevo gravamen temporal para las grandes fortunas o la limitación en el Impuesto sobre Sociedades de la compensación de las pérdidas de las entidades que forman parte de un grupo fiscal.
Desde el punto de vista contable, es importante detectar si falta algo por contabilizar y corregir errores o reclasificar los saldos