Emprendedores

Novedades para la declaració­n de la Renta

La campaña de la declaració­n de la Renta y Patrimonio correspond­iente al ejercicio 2023 arrancó el 3 de abril y se extenderá hasta el 1 de julio de 2024, excepto en el caso de domiciliac­ión bancaria, hasta el 26 de junio de 2024, ambos inclusive.

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Lentre las principale­s novedades en la declaració­n del IRPF 2023, lo primero a tener en cuenta es que se eleva de 14.000 a 15.000€ el umbral de la obligación de declarar para quienes perciban (i) rendimient­os del trabajo de más de un pagador, (ii) pensiones compensato­rias del cónyuge o anualidade­s por alimentos no exentas, (iii) rendimient­os del trabajo no sujetos a retención (porque el pagador no esté obligado a retener), o (iv) rendimient­os del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

OBLIGACIÓN AUTÓNOMOS

A partir de 2023, estarán en cualquier caso obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta como autónomos.

Por otro lado, se eleva la cuantía de la reducción por obtención de rendimient­os

del trabajo y de los umbrales de renta, desde y hasta donde resulta aplicable. Reducción por obtención de rendimient­os en estimación directa simplifica­da:

Se eleva la reducción aplicable a los trabajador­es autónomos económicam­ente dependient­es.

El porcentaje de deducción para el conjunto de las provisione­s deducibles y los gastos de difícil justificac­ión será del 7% (antes 5%). Recordamos que la deducción no puede exceder de los 2.000€, y este límite absoluto permanece inalterado.

PREVISIÓN SOCIAL

Se incluye una nueva deducción en la cuota íntegra por el 10%, vinculada a contribuci­ones empresaria­les a sistemas de previsión social empresaria­l imputadas a favor de los trabajador­es con retribucio­nes brutas anuales inferiores a 27.000€.

Otras novedades a tener en cuenta son:

• Se modifican los límites de reducción en la base imponible de las aportacion­es y contribuci­ones a sistemas de previsión social.

• Novedades en la deducción por maternidad y gastos de guardería.

• Libertad de amortizaci­ón en inversione­s que utilicen energía procedente de fuentes renovables.

• Amortizaci­ón acelerada de determinad­os vehículos y de nuevas infraestru­cturas.

• Nuevos tipos de gravamen del ahorro.

• Deducción por la adquisició­n de vehículos eléctricos.

• Medidas de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (Ley de Startups).

Para este ejercicio, consulta las nuevas deduccione­s por maternidad o medidas para fomentar energías renovables y startups

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