La Razón (Madrid) - Especiales
La nueva reforma laboral en el contexto actual, a debate
Cuatro expertos de esta área intercambiaron puntos de vista acerca de las implicaciones de los cambios legislativos aprobados en 2021 y sus repercusiones en la situación económica que atravesamos
La tercera mesa de debate de este primer congreso del ICOGAM fue de las más nutridas en cuanto a número de ponentes. Bajo la batuta de Emilia Ruiz Jarabo, magistrada jubilada de lo social en la Audiencia Nacional, se reunieron cuatro ponentes: Jorge Puente, socio director de Puente Legal Abogados; Ernesto Matesanz, director de relaciones laborales y contencioso en Clece; Valentín García, socio de Cuatrecasas; y Rosa Rodríguez, socia de Roca Junyent. Todos ellos enriquecieron un debate sobre la última reforma laboral bajo el título «¿Es sostenible la normativa laboral? ¿Qué dicen los juzgados?».
Ante el tema planteado, Emilia Ruiz Jarabo expuso que «contamos con una reforma laboral muy reciente (28 de diciembre de 2021), para la que ha habido escasos pronunciamientos judiciales, y ninguno aún del Tribunal Supremo». Continuó explicando los puntos más importantes de esta reforma, recogida en el Real Decreto-ley (RDL) 32/2021, de 28 de diciembre. Este RDL «de medidas urgentes se aplica a la reforma laboral, a la garantía de la estabilidad en el empleo y a la transformación del mercado de trabajo, que tiene como finalidad limitar la temporalidad y lograr una relación laboral más estable y de mayor calidad».
En el RDL se toca la negociación colectiva, así como la preferencia del convenio sectorial en salarios y jornada. También el tema de los tomando esta figura como la solución preferente para garantizar la estabilidad del empleo. Y se crea una nueva figura de ERTE: el ERTE red.
El salario mínimo
Tras la introducción y los principales puntos que abarca esta reforma, Ruiz Jarabo cedió la palabra a los ponentes, lanzando la siguiente pregunta: «¿Es sostenible esta reforma laboral? ¿Cómo afecta a las pequeñas empresas?»
El primero de los ponentes en tomar la palabra fue Emilio Matesanz, que comenzó por abordar el asunto del salario mínimo interprofesional (SMI). «Ahora, como sabéis, está en 1.080 dividido en 14 pagas», recordó. Matesanz continuó su comentario incidiendo en que el SMI «afecta sobre todo a la pequeña y mediana empresa». Y aportó algunos datos: «El salario medio en las empresas de 1 a 49 empleados está en 1.517 euros; en las medianas, de 50 a 249, está el salario medio en 1.800 euros; y en las grandes está en torno a los 2.000 euros».
Con todo, continuó Matesanz, «hay convenios colectivos con categorías profesionales cuyos salarios están por debajo del SMI. Como los salarios de cualquier categoría tienen que ser, al menos, iguales al SMI,sepuedenincorporarloscomplementosalsalariobaseparallegar al SMI». En su opinión, «se está produciendo lo que se denomina la doble velocidad en los convenios colectivos; esto es, cuando se negocia un convenio colectivo se crea una tabla baja para una determinada categoría profesional y una tabla alta, en función de los contratos que se tienen con la Administración. Cuando una empresa tiene un contrato con la Administración, le paga la tabla baja al trabajador hasta que se le adjudica un nuevo contrato. Hay varios convenios ya aprobados enestesentido.Seestánimpugnando y es la Audiencia Nacional la que va a resolver».
El «truco» de esta subida del SMI es que afecta a las contrataciones con la Administración. En 2015 se aprobó una ley de desindexación, que indica que «cuando una empresa tenía un contrato con el sector público, cada año podía repercutirle los incrementos de los salarios, pero la ley prescinde de este criterio y ahora el proveedor tiene que adivinar lo que van a suERTE, bir los salarios en los próximos años», sentenció Matesanz.
Además, se dan otras situaciones anómalas, como por ejemplo cuando el contrato ya ha acabado pero la Administración no ha sacado el concurso y obliga a la empresa a una extensión irregular del contrato, a pesar de que esté perdiendo dinero (imaginemos una inflación como la que tenemos). Matesanz terminó su intervención indicando que «todas estas situaciones afectan negativamente a las empresas que tienen contratos con las administraciones».
Fijos discontinuos
Uno de los conceptos de los que más se ha tratado en esta legislatura es el de los contratos fijos discontinuos. Jorge Puente recogió este concepto relacionándolo con «lo que antiguamente eran contratos por obras y servicios». Este nuevo concepto, además de ser ambiguo, acabará por corromper y contaminar los datos de empleo, pues «dará estabilidad al desempleo», explicó Puente. No es nada nuevo, sin embargo, pues «aunque parece que este es el gran descubrimiento del Ministerio de Trabajo, este contrato ya existía, recogido en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores», continuó Puente.
Si el Gobierno quiere mostrar cierta estabilidad en el mercado, lo que tiene que hacer es ofrecer «mejores condiciones a los que generan ese empleo, sobre todo mediante la simplificación administrativa para empresas con más de 50 trabajadores». En definitiva, concluyó, se trata de poner «menos trabas a las empresas que están generando empleo».
Por otro lado, la temporalidad no se ha reducido, y ese era el objetivo de la reforma. «Antes, de cada 100 contratos 90 eran temporales. Cuando acababa la temporalidad por la que nacía el contrato, pasaban a ser indefinidos. Se pasaba a 25 contratos temporales y 75 pasaban a indefinidos. La ratio inicial y
Muchos contratos con la Administración pública están siendo impugnados, lo que afecta a las empresas
Tras la reforma se opta por convertir en un temporal lo que antes era un contrato fijo en periodo de prueba
de temporalidad es 35 temporales y 65 fijos. Hemos pasado del 25% de temporalidad final al 35%. Por lo que no hemos ganado en estabilidad», explicó Puente.
«Los contratos de obras y servicios han de ser ahora fijos discontinuos», continuó el ponente. «Ahora, cuando se acaba el servicio, empieza el período de inactividad, que será como máximo de tres meses. Y si se supera hay que pasar a expediente de regulación de empleo. Además, el trabajador ya no tiene derecho a la indemnización de 12 días por año de servicio que existía cuando se acababa el contrato de obra», explicó Jorge Puente. Por otra parte, encontramos un aumento significativo de empleo público. «La bolsa de contratación pública es muy elevada. En estos momentos, representa el 70% de los nuevos contratos, cuya temporalidad es el doble que en el sector privado», añadió.
Ante esta situación nos encontramos con un dato preocupante: «Los contratos extinguidos por no superación del período de prueba se han incrementado desde la reforma laboral en un 783%». Ante una reforma laboral sobreprotectora con el trabajador se opta por convertir en un contrato temporal lo que antes era un contrato fijo en periodo de prueba. En consecuencia, la tasa de temporalidad no se reduce, creando un sector privado poco productivo y subsidiado. A esto hay que sumar los gastos en colaboradores sociales para la gestión de estos cambios.
Registro de jornada
Valentín García tomó el testigo de la conversación para exponer los problemas de la reforma en torno al registro de jornada de los trabajadores. «La regulación se recoge en el precepto 34.9 (registro diario de la jornada) y el 35.5 (cómputo de horas extraordinarias) del Estatuto de los Trabajadores», explicó.
En este sentido, cada actividad debe determinar su sistema de control. «No es eficaz un sistema en que siempre se entra y sale a la misma hora y registra una hora para el almuerzo, pues denota que hay alguna irregularidad».
Por último, Rosa Rodríguez puso el énfasis en los planes de igualdad. «Desde marzo de 2022 existe la obligación de que empresas de más de 50 trabajadores tuvieran planes de igualdad». Es recomendable que todas las empresas tengan un plan, aunque no estén obligadas. «Las empresas que ya tenían planes de igualdad han tenido que adaptarlos, negofinal ciadosyconformesalRD901/2020», concluyó Rosa Rodríguez.
Tras esta intervención, Emilia Ruiz Jarabo dio por concluida una mesa de debate que, si bien dejó en el auditorio ganas de más, también tuvo muchos minutos para tratar un tema de rabiosa actualidad y que afecta directamente y de la misma manera a empresas y trabajadores, tratando de aportar luz y soluciones para un asunto que, sin la colaboración del Gobierno, tiene pocas probabilidades de llegar a una solución beneficiosa para todos.
«La reforma afecta a las empresas que tienen contratos con la Administración»
Ernesto Matesanz Director de RR. LL. (Clece)
«Cada actividad debe determinar un sistema de control propio y adaptado»
Valentín García Socio de Cuatrecasas
«La reforma laboral que tenemos es muy reciente, y no hay pronunciamientos»
Emilia Ruiz Jarabo
Magistrada jubilada de la AN
«Los contratos fijos discontinuos falsean los datos acerca del mercado laboral»
Jorge Puente
Socio de Puente Legal Abogados
«Empresas de más de 50 empleados están obligadas a tener un plan de igualdad»
Rosa Rodríguez Socia de Roca Junyent