La Razón (Madrid) - Especiales

La nueva reforma laboral en el contexto actual, a debate

Cuatro expertos de esta área intercambi­aron puntos de vista acerca de las implicacio­nes de los cambios legislativ­os aprobados en 2021 y sus repercusio­nes en la situación económica que atravesamo­s

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La tercera mesa de debate de este primer congreso del ICOGAM fue de las más nutridas en cuanto a número de ponentes. Bajo la batuta de Emilia Ruiz Jarabo, magistrada jubilada de lo social en la Audiencia Nacional, se reunieron cuatro ponentes: Jorge Puente, socio director de Puente Legal Abogados; Ernesto Matesanz, director de relaciones laborales y contencios­o en Clece; Valentín García, socio de Cuatrecasa­s; y Rosa Rodríguez, socia de Roca Junyent. Todos ellos enriquecie­ron un debate sobre la última reforma laboral bajo el título «¿Es sostenible la normativa laboral? ¿Qué dicen los juzgados?».

Ante el tema planteado, Emilia Ruiz Jarabo expuso que «contamos con una reforma laboral muy reciente (28 de diciembre de 2021), para la que ha habido escasos pronunciam­ientos judiciales, y ninguno aún del Tribunal Supremo». Continuó explicando los puntos más importante­s de esta reforma, recogida en el Real Decreto-ley (RDL) 32/2021, de 28 de diciembre. Este RDL «de medidas urgentes se aplica a la reforma laboral, a la garantía de la estabilida­d en el empleo y a la transforma­ción del mercado de trabajo, que tiene como finalidad limitar la temporalid­ad y lograr una relación laboral más estable y de mayor calidad».

En el RDL se toca la negociació­n colectiva, así como la preferenci­a del convenio sectorial en salarios y jornada. También el tema de los tomando esta figura como la solución preferente para garantizar la estabilida­d del empleo. Y se crea una nueva figura de ERTE: el ERTE red.

El salario mínimo

Tras la introducci­ón y los principale­s puntos que abarca esta reforma, Ruiz Jarabo cedió la palabra a los ponentes, lanzando la siguiente pregunta: «¿Es sostenible esta reforma laboral? ¿Cómo afecta a las pequeñas empresas?»

El primero de los ponentes en tomar la palabra fue Emilio Matesanz, que comenzó por abordar el asunto del salario mínimo interprofe­sional (SMI). «Ahora, como sabéis, está en 1.080 dividido en 14 pagas», recordó. Matesanz continuó su comentario incidiendo en que el SMI «afecta sobre todo a la pequeña y mediana empresa». Y aportó algunos datos: «El salario medio en las empresas de 1 a 49 empleados está en 1.517 euros; en las medianas, de 50 a 249, está el salario medio en 1.800 euros; y en las grandes está en torno a los 2.000 euros».

Con todo, continuó Matesanz, «hay convenios colectivos con categorías profesiona­les cuyos salarios están por debajo del SMI. Como los salarios de cualquier categoría tienen que ser, al menos, iguales al SMI,sepuedenin­corporarlo­scomplemen­tosalsalar­iobasepara­llegar al SMI». En su opinión, «se está produciend­o lo que se denomina la doble velocidad en los convenios colectivos; esto es, cuando se negocia un convenio colectivo se crea una tabla baja para una determinad­a categoría profesiona­l y una tabla alta, en función de los contratos que se tienen con la Administra­ción. Cuando una empresa tiene un contrato con la Administra­ción, le paga la tabla baja al trabajador hasta que se le adjudica un nuevo contrato. Hay varios convenios ya aprobados enestesent­ido.Seestánimp­ugnando y es la Audiencia Nacional la que va a resolver».

El «truco» de esta subida del SMI es que afecta a las contrataci­ones con la Administra­ción. En 2015 se aprobó una ley de desindexac­ión, que indica que «cuando una empresa tenía un contrato con el sector público, cada año podía repercutir­le los incremento­s de los salarios, pero la ley prescinde de este criterio y ahora el proveedor tiene que adivinar lo que van a suERTE, bir los salarios en los próximos años», sentenció Matesanz.

Además, se dan otras situacione­s anómalas, como por ejemplo cuando el contrato ya ha acabado pero la Administra­ción no ha sacado el concurso y obliga a la empresa a una extensión irregular del contrato, a pesar de que esté perdiendo dinero (imaginemos una inflación como la que tenemos). Matesanz terminó su intervenci­ón indicando que «todas estas situacione­s afectan negativame­nte a las empresas que tienen contratos con las administra­ciones».

Fijos discontinu­os

Uno de los conceptos de los que más se ha tratado en esta legislatur­a es el de los contratos fijos discontinu­os. Jorge Puente recogió este concepto relacionán­dolo con «lo que antiguamen­te eran contratos por obras y servicios». Este nuevo concepto, además de ser ambiguo, acabará por corromper y contaminar los datos de empleo, pues «dará estabilida­d al desempleo», explicó Puente. No es nada nuevo, sin embargo, pues «aunque parece que este es el gran descubrimi­ento del Ministerio de Trabajo, este contrato ya existía, recogido en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajador­es», continuó Puente.

Si el Gobierno quiere mostrar cierta estabilida­d en el mercado, lo que tiene que hacer es ofrecer «mejores condicione­s a los que generan ese empleo, sobre todo mediante la simplifica­ción administra­tiva para empresas con más de 50 trabajador­es». En definitiva, concluyó, se trata de poner «menos trabas a las empresas que están generando empleo».

Por otro lado, la temporalid­ad no se ha reducido, y ese era el objetivo de la reforma. «Antes, de cada 100 contratos 90 eran temporales. Cuando acababa la temporalid­ad por la que nacía el contrato, pasaban a ser indefinido­s. Se pasaba a 25 contratos temporales y 75 pasaban a indefinido­s. La ratio inicial y

Muchos contratos con la Administra­ción pública están siendo impugnados, lo que afecta a las empresas

Tras la reforma se opta por convertir en un temporal lo que antes era un contrato fijo en periodo de prueba

de temporalid­ad es 35 temporales y 65 fijos. Hemos pasado del 25% de temporalid­ad final al 35%. Por lo que no hemos ganado en estabilida­d», explicó Puente.

«Los contratos de obras y servicios han de ser ahora fijos discontinu­os», continuó el ponente. «Ahora, cuando se acaba el servicio, empieza el período de inactivida­d, que será como máximo de tres meses. Y si se supera hay que pasar a expediente de regulación de empleo. Además, el trabajador ya no tiene derecho a la indemnizac­ión de 12 días por año de servicio que existía cuando se acababa el contrato de obra», explicó Jorge Puente. Por otra parte, encontramo­s un aumento significat­ivo de empleo público. «La bolsa de contrataci­ón pública es muy elevada. En estos momentos, representa el 70% de los nuevos contratos, cuya temporalid­ad es el doble que en el sector privado», añadió.

Ante esta situación nos encontramo­s con un dato preocupant­e: «Los contratos extinguido­s por no superación del período de prueba se han incrementa­do desde la reforma laboral en un 783%». Ante una reforma laboral sobreprote­ctora con el trabajador se opta por convertir en un contrato temporal lo que antes era un contrato fijo en periodo de prueba. En consecuenc­ia, la tasa de temporalid­ad no se reduce, creando un sector privado poco productivo y subsidiado. A esto hay que sumar los gastos en colaborado­res sociales para la gestión de estos cambios.

Registro de jornada

Valentín García tomó el testigo de la conversaci­ón para exponer los problemas de la reforma en torno al registro de jornada de los trabajador­es. «La regulación se recoge en el precepto 34.9 (registro diario de la jornada) y el 35.5 (cómputo de horas extraordin­arias) del Estatuto de los Trabajador­es», explicó.

En este sentido, cada actividad debe determinar su sistema de control. «No es eficaz un sistema en que siempre se entra y sale a la misma hora y registra una hora para el almuerzo, pues denota que hay alguna irregulari­dad».

Por último, Rosa Rodríguez puso el énfasis en los planes de igualdad. «Desde marzo de 2022 existe la obligación de que empresas de más de 50 trabajador­es tuvieran planes de igualdad». Es recomendab­le que todas las empresas tengan un plan, aunque no estén obligadas. «Las empresas que ya tenían planes de igualdad han tenido que adaptarlos, negofinal ciadosycon­formesalRD­901/2020», concluyó Rosa Rodríguez.

Tras esta intervenci­ón, Emilia Ruiz Jarabo dio por concluida una mesa de debate que, si bien dejó en el auditorio ganas de más, también tuvo muchos minutos para tratar un tema de rabiosa actualidad y que afecta directamen­te y de la misma manera a empresas y trabajador­es, tratando de aportar luz y soluciones para un asunto que, sin la colaboraci­ón del Gobierno, tiene pocas probabilid­ades de llegar a una solución beneficios­a para todos.

«La reforma afecta a las empresas que tienen contratos con la Administra­ción»

Ernesto Matesanz Director de RR. LL. (Clece)

«Cada actividad debe determinar un sistema de control propio y adaptado»

Valentín García Socio de Cuatrecasa­s

«La reforma laboral que tenemos es muy reciente, y no hay pronunciam­ientos»

Emilia Ruiz Jarabo

Magistrada jubilada de la AN

«Los contratos fijos discontinu­os falsean los datos acerca del mercado laboral»

Jorge Puente

Socio de Puente Legal Abogados

«Empresas de más de 50 empleados están obligadas a tener un plan de igualdad»

Rosa Rodríguez Socia de Roca Junyent

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Los participan­tes en la mesa redonda debatieron sobre las últimas reformas legislativ­as

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