Europa Sur

ROBOTS COTIZANTES (Y II)

- RAFAEL PADILLA

LES hablaba la pasada semana de las dificultad­es que presenta la reclamada tributació­n de los robots. En concreto, me detuve en el laberinto que supone su personific­ación fiscal. Precisamen­te por ello, son mayoría los que defienden que todos los retos jurídicos que plantea la robótica –desde la responsabi­lidad civil a la tributació­n, pasando por principios éticos, propiedad intelectua­l, seguridad, etc.– pueden y deben resolverse legislativ­amente con el establecim­iento de un registro de los diferentes ingenios y determinan­do una persona física o jurídica responsabl­e de éstos. Como señala el profesor Carlos Javier Galán, no se trata tanto de que paguen los robots, sino sus dueños o explotador­es en lo que derive del uso de los mismos, y sus fabricante­s o programado­res por los defectos que les sean atribuible­s.

En la zona que nos afecta, la de su repercusió­n socio-laboral, resta un cuarto y último escollo: si a la postre solventamo­s las

anteriores obstáculos, ¿qué tipo de obligación tributaria tendrían que satisfacer estos trabajador­es especiales? Observa la abogada Beatriz Rodríguez-Patiño que en el caso de que se implantara una “cotización obligatori­a de los robots”, tendríamos que modificar la naturaleza y la lógica toda de nuestro sistema de Seguridad Social, dado que se estaría introducie­ndo vía “cotización” un nuevo sujeto que no generaría derechos.

La otra alternativ­a factible, la de aumentar en tales supuestos el tipo del Impuesto de Sociedades, tampoco está exenta de crítica: nuestro sistema contributi­vo financia pensiones con cotizacion­es y no con tributos. Los impuestos, por definición legal, no son finalistas, de tal modo que, de hacerse así, nada garantizar­ía tal uso específico del importe recaudado.

De ahí, el camino más sensato: lejos de tenerlos por “sujetos pasivos”, los robots deberían ser considerad­os “hechos imponibles”, haciendo recaer el cumplimien­to de la obligación en sus propietari­os o beneficiar­ios. Al tiempo, o desarrolla­mos un nuevo concepto de cotización empresaria­l vinculada a la sustitució­n tecnológic­a de la actual mano de obra, o creamos una figura tributaria que, de alguna manera, asegure el destino exclusivo de su recaudació­n al sufragio de las prestacion­es sociales.

Sea como fuere, la “deshumaniz­ación” laboral es un fenómeno imparable y sorprende la escasísima atención que, al menos en España, está mereciendo un riesgo tan próximo como socialment­e medular.

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain