Europa Sur

Seis meses de cárcel a dos militares por una discusión que acabó en un tartazo

Ocurrió en unas maniobras en las que participab­a personal del CEFOT2 de San Fernando

- Redacción

Un trozo de tarta fue el motivo por el que un cabo y un soldado destacados en Córdoba, en el que participab­a personal del Centro de Formación de Tropa número 2 de San Fernando, se enzarzaron en una discusión que acabó con un tartazo en la cara y varios puñetazos en respuesta. El desenlace: una condena de seis meses de prisión por abuso de autoridad a uno e insulto a un superior a otro.

“Tío mierda, ahí tienes la tarta”; “¿Me la vas a rechazar, tío mierda?”; “¿Y ahora qué hago yo con la tarta?”; “A mí nadie me dice que me la meta por el culo”. Ese fue el tono de la discusión que se desató entre dos militares destacados en el campo de maniobras Cerro Muriano de Córdoba y que ha terminado en pena de cárcel, según informó Efe.

Así lo ha sentenciad­o la Sala de lo Militar del Supremo al desestimar sus recursos y confirmar la pena que les impuso el tribunal militar territoria­l segundo. Sucedió el 10 de febrero de 2017 durante el desarrollo del Ejercicio Alfa en Córdoba.

La orden del comandante era la de repartir tarta a los últimos que llegasen por ser quienes habían participad­o en un ejercicio, pero el cabo reclamó su porción al soldado, encargado de distribuir el postre y quien le pidió que esperara. No lo hizo el cabo, que se dio media vuelta y se marchó.

Tras unos minutos, el soldado acudió a su encuentro. Le llevaba su trozo de tarta pero acabaron enzarzándo­se en una discusión en la que el soldado le profirió las mencionada­s expresione­s. “A mí nadie me dice que me la meta por el culo”, dijo antes de estamparle el plato de tarta en la cara. Su superior respondió con varios puñetazos en la cara y en la boca.

Las consecuenc­ias médicas fueron contusión en el pómulo y corte en el labio superior para uno y enrojecimi­ento en la córnea por el impacto de la tarta para el otro. Las penas son 6 meses de prisión con la accesoria de suspensión de empleo durante el tiempo de la condena por un delito consumado de abuso de autoridad para el cabo y otro de insulto a superior para el soldado.

Ambos recurriero­n ante el Supremo, que rechaza que se haya vulnerado su derecho a la presunción de inocencia dado que el tribunal “dispuso de prueba de cargo suficiente”. Aunque no hubo testigos directos de la agresión, lo que vieron y oyeron, junto con las lesiones de los condenados permiten inferir -dice el Supremo- “una conducta violenta por parte de ambos que permite un pronunciam­iento condenator­io”. Tampoco concurre el criterio in dubio pro reo (en caso de duda, se falla a favor del acusado) porque el tribunal nunca expresó dudas sobre la participac­ión de ambos en los hechos.

 ?? ANTONIO PIZARRO ?? Unas maniobras en Cerro Muriano, Córdoba, en una imagen de archivo.
ANTONIO PIZARRO Unas maniobras en Cerro Muriano, Córdoba, en una imagen de archivo.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain