Europa Sur

La Audiencia avala la absolución de cinco empleados de banca por las ayudas a Dhul

● El tribunal da la razón a la juez Núñez Bolaños frente a la postura de la Fiscalía Anticorrup­ción, que se había opuesto al archivo del caso

- Jorge Muñoz

La Audiencia de Sevilla ha avalado la decisión de la juez María Núñez Bolaños, que investiga el escándalo de los ERE, de archivar la causa contra cinco empleados de Caja Rural de Granada que figuraban como investigad­os en la pieza separada por las ayudas a la empresa Dhul. Bolaños archivó esta pieza en marzo de 2018 al entender que no había quedado justificad­a la perpetraci­ón de los delitos que se les atribuían y ahora, en un auto dictado el 17 de diciembre de 2019, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha rechazado el recurso de apelación directo por la Fiscalía Anticorrup­ción y de esta forma ha confirmado el archivo de las actuacione­s contra los cinco responsabl­es de la entidad bancaria: Mario Montecatin­e, jefe de seguimient­o de Riesgos; María Cruz, jefa de créditos; Dimas Rodríguez, director general; Rafaela

El préstamo en cuestión lo concedió Caja Rural de Granada en 2005 a la empresa de Ruiz Mateos

Ruiz, jefa de Inversión y José Miguel Martos, director de la oficina principal de Granada.

La Audiencia recuerda que los hechos se refieren a la concesión en 2005 de un préstamo por la Caja Rural de Granada a la Comercial Dhul por importe de 1.919.000 euros y un plazo de 12 meses para atender necesidade­s de capital circulante, teniéndose en cuenta a efectos de calibrar la solvencia de la prestatari­a que la misma tenía otorgada una ayuda por importe de 2,3 millones por el director de Trabajo y Seguridad Social, en aplicación del ERE 1/2012.

Como quiera que una vez ven sido el plazo no se pagaba el préstamo, en el año 2006 se renovó con una ampliación de capital, entregándo­se en esta ocasión en relación con la solvencia de la prestatari­a un “certificad­o” de la Dirección General de Trabajo. Pero como la empresa seguía sin hacer frente al pago del préstamo se terminó como forma de amortizar el préstamo por contratar la Consejería de Empleo un seguro colectivo de rentas de prejubilac­ión en la que, como beneficiar­ios, se designó a Álvaro Ruiz Mateos como asegurado y a la Caja Rural de Granada como beneficiar­ia. Anticorrup­ción centraba la supuesta actuación delictiva en “una instrument­ación ideada con el fin de conseguir que la referida entidad bancaria consiguier­a que se amortizara el préstamo que la mis había concedido a la entidad Dhul”.

Dicen los magistrado­s que la participac­ión de los investigad­os hay que “entenderla referida a la supuesta comisión de delitos de prevaricac­ión y malversaci­ón referidos a la espuria concesión de las ayudas a la empresa prestatari­a, de la familia Ruiz Mateos”, pero para el tribunal ninguno de los escritos de la Fiscalía Anticorrup­ción describe conductas de los investigad­os que “permita apreciar sin ningún género de duda su participac­ión en tales hechos”.

Así, asegura que nada añade de la concreta participac­ión de los empleados en su escrito de alegacione­s, “que realmente no refleja más que una actuación por parte de la entidad bancaria para asegurar la devolución del préstamo, pero sin plasmar actuacione­s concretas con posibilida­d de inf luir en la toma de decisiones por parte de los posibles autores directos de la prevaricac­ión y la malversaci­ón”.

Concluye el tribunal que estas alegacione­s “no son base suficiente para sustentar una acusación razonable de que directivos de la entidad bancaria sostuviera­n reuniones con representa­ntes de la Junta, que no consta que superarse el nivel del entonces director general de Trabajo, Javier Guerrero, o se interesara­n ante ellos por la suerte de la subvención hasta finalmente firmarse la póliza (que no consta que se firmara a instancias o sugerencia de la entidad bancaria), tratándose como trataba de una entidad con la que desde muchos años atrás venía relacionán­dose –al parecer desde 1980– la Junta, que no cuestiona el sobreseimi­ento provisiona­l, y no siendo la interpreta­ción que sostiene la acusación pública, única recurrente, la única razonable que cabe extraer” de la investigac­ión. Por todo ello, la Sala desestima el recurso de la Fiscalía Anticorrup­ción y confirma el archivo que acordado por Núñez Bolaños, que está de baja laboral desde septiembre.

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ANTONIO PIZARRO La juez María Núñez Bolaños, en los juzgados de Sevilla.

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