Bárcenas asegura que el PP de Rajoy le amenazó: “Si hablas, tu mujer a la cárcel”
● El ex tesorero declara desde prisión como perjudicado en la causa sobre el espionaje a su familia por el operativo de la Kitchen ● Investigan la contratación del chófer al servicio de la trama
El ex tesorero del PP Luis Bárcenas afirma que, cuando estuvo en prisión preventiva en la cárcel madrileña de Soto del Real en 2013, un abogado al que ha vinculado con el partido fue a visitarlo y le advirtió de que si hablaba su mujer Rosalía Iglesias acabaría en la cárcel.
Bárcenas declaró ayer por videoconferencia desde esa misma prisión, donde cumple condena por el caso Gürtel, como perjudicado en la causa del caso Villarejo en la que se investiga el espionaje a su familia por parte de un operativo parapolicial –conocido como Kitchen– supuestamente diseñado por el Ministerio del Interior ese mismo año, informaron a Efe fuentes jurídicas.
En su declaración ante el juez Manuel García Castellón, que se ha producido en el marco de una subpieza secreta de Kitchen en la que se investiga al ex chófer de Bárcenas Sergio Ríos, que supuestamente actuó como confidente policial, el ex tesorero se refirió a la visita que le hizo en prisión el abogado Javier Iglesias, que actualmente, entre otros, defiende al cabecilla de Gürtel Francisco Correa o a la mujer del ex comisario José Villarejo, Gemma Alcalá.
Según Bárcenas, Javier Iglesias fue a presionarle como abogado del PP, que entonces presidía Mariano Rajoy, extremo que este letrado ha desmentido a Efe como, recordó, ya hizo en su día.
El ex tesorero fue también preguntado sobre cómo se produjo la contratación como chófer de Sergio Ríos y que, según la investigación, llegó a copiar documentos que después facilitó a uno de los policías imputados en Kitchen, el ex comisario Enrique García Castaño, El Gordo.
Además del ex comisario José Villarejo, en este procedimiento están imputados ex dirigentes políticos como el ex ministro del Interior Jorge Fernández Díaz ; su entonces segundo, Francisco Martínez, y varios miembros de la antigua cúpula policial como el ex número dos de la Policía, Eugenio Pino.
Este último declaró esta semana que su inmediato superior, el entonces director general de la Policía, Ignacio Cosidó, habría estado al tanto de la operación que, sin embargo, enmarcó dentro de la legalidad.
La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado por su parte denegar la petición formulada por la defensa del PP de aunar las acusaciones populares bajo un solo letrado en la vista oral en la que se juzgará a partir del 8 de febrero de 2021 el pago de la reforma de la sede nacional del partido con dinero de la presunta caja B. Los magistrados consideran la petición “extemporánea”.
En un auto de 17 de diciembre, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala indica que “dada la fase del procedimiento, constituida ya la relación jurídico-procesal, habiendo formulado las acusaciones su respectivo escrito de acusación y propuesto su prueba, habiéndose dictado auto de admisión de prueba respecto a la solicitada por cada una de ellas y habiéndose señalado la fecha de juicio oral, tal petición es extemporánea”.
Señalan que no es el momento procesal oportuno para alterar la posición procesal de las partes, “aun cuando sea por la vía de agrupación de la defensa y representación de las acusaciones populares”. Y recuerda que cada una de ellas ha desplegado ya su estrategia a través del escrito de acusación con los hechos que consideran punibles, las personas contra quienes se dirigen y su calificación jurídica.
Destacan, al hilo, que se puede observar además que los escritos
El tribunal de la caja B rechaza la petición del PP de aunar las acusaciones populares
de cada acusación “no son idénticos” entre sí, ni lo son tampoco las pruebas propuestas. Con esto, echa por tierra uno de los razonamiento del PP –que concurre en este juicio como responsable civil subsidiario– ya que alegaba que las seis acusaciones persiguen los mismos hechos, ejercitan la acción penal contra las mismas personas, e incluso coinciden en la calificación jurídica de sus seis escritos de acusación.
Por eso, los populares entendían que existía convergencia de intereses, algo exigido por la interpretación del artículo 113 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) que realiza el Tribunal Constitucional (TC) y el Tribunal Supremo (TS) y que con la unificación se busca un proceso sin dilaciones indebidas.