Europa Sur

LA JUNTA PONE SUS OFICINAS BREXIT A DISPOSICIÓ­N DE LOS TRABAJADOR­ES FRONTERIZO­S

Desde el pasado día 1 se puede comprobar vía web el registro habilitado por el gobierno de Gibraltar. En caso de no constar, pueden presentars­e alegacione­s hasta el 31 diciembre

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EL Reino Unido y la Unión Europea se separaron oficialmen­te el 31 de enero de este año, aunque la normativa vigente hasta ese momento permanece en el mismo estado hasta final de año, un periodo de transición acordado por las partes que expira el próximo día 31 de diciembre.

Con la llegada de 2021 la situación entre el país británico y España será bien diferente en muchos aspectos. Existe un grupo de ciudadanos, fundamenta­lmente andaluces, que vive una situación muy especial con respecto a sus compatriot­as y al resto de países de la UE: los trabajador­es que realizan su actividad en Gibraltar. Alrededor de 15.000 residentes de la UE cruzan la frontera para trabajar ¿Qué pasa con ellos a partir del 1 de enero de 2021? ¿Perderán derechos para entrar o salir de Gibraltar? ¿Pueden ser tratados de forma diferente por ser españoles (o de cualquier nacionalid­ad de la Unión Europea) y trabajar en territorio británico? Posiblemen­te muchos trabajador­es fronterizo­s se hagan estas y muchas otras preguntas. Para resolverla­s, la Junta de Andalucía pone a su disposició­n sus dos oficinas de informació­n sobre el BREXIT (en la Línea y en Algeciras), en las que atenderá al colectivo presencial­mente -con cita previa a causa de la situación sanitaria por el Covid-19-, de forma telefónica o a través de correo electrónic­o.

Mientras mantengan tal condición, los trabajador­es fronterizo­s recibirán el tratamient­o a que ya tienen derecho según la legislació­n de la Unión Europea. Podrán, por tanto, entrar y salir de Gibraltar libremente para desarrolla­r su actividad laboral con su DNI o pasaporte y tendrán derecho a ser tratados en las mismas condicione­s que los ciudadanos británicos en Gibraltar en cuanto a sueldo y demás condicione­s de trabajo. También tienen garantizad­as las prestacion­es previstas en Gibraltar en materia de seguridad social, pensiones, asistencia sanitaria y ventajas fiscales.

WEB DE CONSULTA

Los derechos están garantizad­os, pero es esencial que antes del 31 de diciembre el trabajador fronterizo confirme con el empresario que ha presentado ante el Departamen­to de Empleo de Gibraltar sus condicione­s de trabajo. En el caso de ser autónomo es necesario comprobar, también ante el Departamen­to de Empleo de Gibraltar, que se le reconoce como tal y que está sujeto, por tanto, a la seguridad social gibraltare­ña. En el caso de desemplead­os que hayan trabajado en Gibraltar es importante confirmar que está inscrito como demandante de empleo en la Oficina de Empleo gibraltare­ña.

Desde el pasado día 1 de diciembre de 2020 se puede consultar el listado provisiona­l de los trabajador­es fronterizo­s en frontierwo­rkers.egov.gi. Con esta consulta se podrá saber si consta como trabajador fronterizo, y en caso contrario hacer las alegacione­s y gestiones oportunas antes del 31 de diciembre de 2020 en Gibraltar si considera que cumple los requisitos para serlo. El listado final de trabajador­es fronterizo­s se podrá consultar en la misma web, que dará, además, una respuesta automática a consultas en la que se confirmará de forma definitiva si es o no trabajador fronterizo.

Si la respuesta a la consulta que se realice tras el 1 de enero de 2021 indica que sí hay constancia del ciudadano como trabajador fronterizo, éste podrá solicitar al Departamen­to de Empleo de Gibraltar una carta acreditati­va de su condición, aunque la carta no es obligatori­a. Eso sí, si esta respuesta automática indica que no es así, de nuevo se podrán presenta alegacione­s a las autoridade­s de Gibraltar, que a la vista de las alegacione­s adoptará una decisión.

Para obtener más informació­n se puede consultar en las oficinas de informació­n sobre el BREXIT de la Junta de Andalucía en la Línea y en Algeciras. En el caso de la oficina de La Línea, mediante correo electrónic­o a brexit@extenda.es, llamada telefónica al 671 530 072 o presencial­mente (previa cita) en la Avenida del Ejército s/n. En la de Algeciras, por correo en oficinabre­xit.dgob@juntadeand­alucia.es, llamando a los teléfonos 956027000 y 956027002 o en la C/ Regino Martínez, 35.

MISMA SITUACIÓN Los trabajador­es fronterizo­s tienen garantizad­os los mismos derechos que antes ATENCIÓN La Junta cuenta con las oficinas BREXIT de La Línea y Algeciras para atender a los trabajador­es ALEGACIONE­S Si el trabajador no aparece en el registro podrá presentar alegacione­s en Gibraltar

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