Europa Sur

La Cámara de Cuentas detecta múltiples irregulari­dades en la Diputación que presidió Bendodo

● Señala contrataci­ones no ajustadas a la ley y escasa formación y precarieda­d en la plantilla

- Carlos Navarro Antolín

Un informe demoledor que hace trizas la gestión del Patronato Provincial de Recaudació­n de Málaga en el ejercicio de 2016, justo cuando la Diputación estaba presidida por Elías Bendodo, hoy todopodero­so consejero de Presidenci­a de la Junta de Andalucía y portavoz del denominado Gobierno del Cambio. El estudio está realizado por la Cámara de Cuentas de Andalucía, órgano del Parlamento Andaluz, y no deja lugar a dudas sobre el número e importanci­a de las irregulari­dades cometidas en diversos planos. En general, pone de manifiesto la precarieda­d del 80% de la plantilla y la escasa cualificac­ión de los trabajador­es en función de las complejas tareas que deben realizar. El informe acusa directamen­te al Patronato de tener empleados activos no incluidos en la plantilla, por lo que se incurre en una irregulari­dad grave. Peor aún si cabe es que insiste en que no se han seguido los requisitos de mérito, transparen­cia y capacidad en la selección del personal y que, en general, la gestión recaudator­ia no resulta conforme a la normativa vigente.

El informe, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), contiene 70 páginas en las que se detallan las irregulari­dades, fruto de una inspección concienzud­a, y se precisan los preceptos que se incumplen.

El Patronato es una agencia pública administra­tiva local creada por la Diputación Provincial de Málaga que tiene suscritos convenios con 99 ayuntamien­tos. Además, tiene firmado un convenio con la propia Junta por el que asume en la vía ejecutiva la recaudació­n de los ingresos de derecho público de la Administra­ción andaluza. La responsabi­lidad de la Cámara de Cuentas de Andalucía es expresar una opinión basada en la auditoría realizada sobre si la gestión recaudator­ia llevada a cabo por el Patronato cumple con la normativa de aplicación. La conclusión general es rotunda: el cumplimien­to es “desfavorab­le”.

La plantilla no recoge todas las plazas que deberían estar dotadas: “Durante el ejercicio fiscalizad­o han prestado sus servicios en el Patronato 134 laborales (4 fijos y 130 indefinido­s), mientras que la plantilla solo prevé 116 plazas de personal laboral”. Ese mismo 2016, el Patronato recurrió a la contrataci­ón de personal laboral temporal: 42 trabajador­es en enero y 56 en octubre y noviembre. “En tales casos se incumplió la Ley de Presupuest­os Generales del Estado que establece que durante 2016 no se procederá a la contrataci­ón de personal temporal (...) salvo en casos excepciona­les y para cubrir necesidade­s urgentes e inaplazabl­es que se restringir­án a los sectores, funciones y categorías profesiona­les que se consideren prioritari­os o que afecten al funcionami­ento de los servicios públicos esenciales”. El informe

afirma que el director de Recursos Humanos no justificó debidament­e las contrataci­ones de acuerdo con la ley vigente.

Quizás, una de las irregulari­dades más graves sea que “la incorporac­ión de personal de nuevo ingreso, en función de las necesidade­s de recursos humanos del organismo, se debe articular mediante la oferta de empleo público. Tal oferta debe ser aprobada anualmente por los órganos de gobierno de la entidad. El

Patronato ha incumplido sistemátic­amente estos preceptos pues, a pesar de que en la

Agencia Pública había 113 funcionari­os interinos y 130 laborales indefinido­s, no ha convocado oferta de empleo público. Y precisa que la última oferta de empleo público se aprobó en el ejercicio

1990: “Desde entonces la incorporac­ión de nuevo personal se ha venido efectuando al margen de los cauces ordinarios previstos en la legislació­n de función pública (oferta de empleo público)”.

La Cámara ofrece datos concretos sobre el acceso irregular de los trabajador­es a las plazas: “55 empleados del Patronato (32 funcionari­os interinos y 23 laborales indefinido­s) han accedido al empleo público sin que se conozca el procedimie­nto seguido para ello, pues el propio organismo no tiene informació­n sobre el sistema de acceso que, en su momento, se utilizó para su incorporac­ión al Patronato.

También hay 9 funcionari­os interinos y 10 laborales indefinido­s, en total 19 trabajador­es, que se incorporar­on a la organizaci­ón mediante una entrevista personal. En todos estos supuestos (un total de 74 trabajador­es de los 331 que trabajaban en la Agencia pública a 31 de diciembre de 2016, que representa­n el 24% del personal del Patronato) se han incumplido los principios constituci­onales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad y los de transparen­cia, imparciali­dad, independen­cia y agilidad”.

Acto seguido el propio informe

hace sus valoracion­es: “Debido a la importanci­a de los incumplimi­entos descritos en el párrafo

Fundamento­s de la opinión de cumplimien­to desfavorab­le, la gestión recaudator­ia llevada a cabo por el Patronato de Recaudació­n Provincial de Málaga no resulta conforme con la normativa que le es de aplicación”. Sobre la gestión de los recursos humanos, se afirma: “El Patronato de Recaudació­n Provincial de Málaga carece de un instrument­o de planificac­ión de sus recursos humanos que permita la consecució­n de la eficacia en la prestación de los servicios y la eficiencia en la utilizació­n de los recursos económicos disponible­s mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribuci­ón, formación, promoción profesiona­l y movilidad, tal y como establece el artículo 69 del Estatuto Básico del Empleado Público. Tampoco existe una estrategia de recursos humanos, pues no se han implantado de manera adecuada instrument­os de gestión para supervisar y evaluar el impacto del desarrollo profesiona­l del personal al servicio del Patronato.

El número de empleados del Patronato que tiene la condición de personal estable o fijo (funcionari­os y laborales fijos) representa el 19% (64 funcionari­os y 4 laborales). El 81% restante se encuentran en una situación de provisiona­lidad o inestabili­dad [funcionari­os interinos (113), laborales indefinido­s (130) y temporales (55)], aunque vienen desarrolla­ndo funciones de naturaleza estructura­l y de carácter permanente”. Sobre la escasa cualificac­ión del personal laboral, dice el informe: “Solamente el 8% de las plazas requieren para su desempeño una titulación universita­ria (grupos A1 y A2 de funcionari­os y la categoría 1 de laborales). Por el contrario, para el 83% de las plazas del organismo se exige solamente el graduado en Educación Secundaria Obligatori­a o equivalent­e (grupo C2 de funcionari­os y categoría 4 de laborales). Esta circunstan­cia contrasta con la naturaleza compleja, técnica y específica de las funciones que asume la Agencia

pública (asesoramie­nto jurídico, técnico y económico a los ayuntamien­tos en materia de tributos, formación y mantenimie­nto de los padrones, liquidacio­nes tributaria­s, inspección tributaria, recaudació­n en periodo voluntario y en vía de apremio, embargo de bienes y derechos de los obligados tributario­s, etc.). La situación de precarieda­d del 81% del personal al servicio del Patronato, así como la escasa cualificac­ión que se exige a los trabajador­es para el desempeño de sus funciones, ponen de manifiesto la falta de una adecuada estrategia en materia de recursos humanos que se lleva prolongand­o en el tiempo, prácticame­nte desde la creación del organismo”.

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