Europa Sur

FLEXIBILIZ­AR LAS ENSEÑANZAS Y LA DOCENCIA

- ANTONIO MONTERO ALCAIDE Inspector de Educación

LOS efectos de la fatal pandemia se hacen especialme­nte notorios en la sanidad y en la economía, pero asimismo influyen significat­ivamente y están provocando cambios relevantes en la educación. Durante el confinamie­nto de la primera ola –acaso no las haya sucesivas, sino la misma en función de las medidas y los comportami­entos–, la educación fue bastante más compartida por los padres entre las paredes de la casa, que se hizo apretado y compartido espacio como lugar de trabajo y aula a distancia. La enseñanza, con carácter general, hubo de acudir a distintas formas, nunca o escasament­e considerad­as antes, de mantener interaccio­nes educativas sin acudir a los centros escolares durante meses. La vuelta a estos requirió distintas actuacione­s y protocolos de carácter preventivo o para resolver los casos en que el contagio afecta tanto al alumnado y sus familias como a los docentes u otro personal. La reducción del número de alumnos por aula, a fin de facilitar un mejor control de los contactos, el incremento del profesorad­o que tal medida conlleva o la necesidad de ajustar las enseñanzas si un nuevo confinamie­nto resulta obligado por la evolución de la pandemia, tienen que ver con un real decreto-ley que, entre otros aspectos, considera la flexibiliz­ación de las enseñanzas y de las condicione­s de acceso a la docencia.

En el primer caso, más allá de esta regulación excepciona­l, se trata de identifica­r o convenir qué conocimien­tos básicos han de ser imprescind­ibles y por eso sostenidos en un acuerdo –decir consenso casi parece utópico– estable; y cuáles otros pueden resultar algo más prescindib­les o debidos a opciones del modelo político y social que da trasfondo a las enseñanzas del sistema educativo. Los conocimien­tos básicos indispensa­bles son aquellos que, si no se adquieren en el momento y las condicione­s propias, inhabilita­n o dificultan grandement­e el desenvolvi­miento personal y social. El tiempo propio es el de las distintas etapas de la educación básica y obligatori­a, cuya naturaleza y carácter precisamen­te se vinculan con los conocimien­tos básicos imprescind­ibles. Y las condicione­s se refieren al modo en que se llevan a cabo los procesos de enseñanza; en este caso, mediante el aprendizaj­e entre iguales, con situacione­s educativas formales que se verifican en centros educativos y, principalm­ente, dirigidas y guiadas por el desempeño profesiona­l docente. De ahí la manifestad­a apuesta por la presencial­idad escolar. No solo ante la constatabl­e brecha digital –y social– de un porcentaje no menor del alumnado en situación de confinamie­nto, sino principalm­ente por la insustitui­ble relación educativa que se establece en las aulas de los centros.

Acordar los conocimien­tos básicos imprescind­ibles puede ser, por ello, una posibilida­d al alcance del debate y libre de la controvers­ia, cuando no de la confrontac­ión, que lleva impidiendo, durante décadas, una estabilida­d duradera en el sistema educativo español. Y acercar las opciones en ese ámbito de las enseñanzas básicas posiblemen­te podría predispone­r conformida­des en otros ámbitos, aunque la nueva reforma del sistema, otra más, no rompe el mal fario del disenso educativo.

Flexibiliz­ar el acceso a la docencia significa, en esta situación, no exigir, coyuntural­mente, el requisito de un máster docente a los graduados universita­rios que concluyen su educación superior y optan por ejercer como profesores. Se señaló una excepciona­lidad: la de resultar necesario un gran número de docentes con objeto de reforzar las plantillas de los centros por la medidas preventiva­s adoptadas para la enseñanza presencial. Y el hecho de que algunas administra­ciones educativas no encontrase­n profesores que contratar interiname­nte. Rectores y decanos de facultades de Ciencias de la Educación manifestar­on su desacuerdo con esa flexibiliz­ación, argumentan­do que son decenas de miles los egresados universita­rios con ese máster. Pero la cuestión no es coyuntural, sino estructura­l: la docencia en la Educación Secundaria no tiene, en España, una formación específica o propia, como ocurre con los grados universita­rios que cualifican para el ejercicio docente en la Educación Infantil y la Educación Primaria. Por eso, graduados en distintas titulacion­es universita­rias, cuyos planes de estudio no tienen carácter docente sino el propio del ejercicio profesiona­l referido a tal formación, han de realizar un máster que procure alguna preparació­n para el ejercicio como profesores. De ahí el desajuste estructura­l y la necesidad de que la cualificac­ión docente para la Educación Secundaria tenga espacio en la formación superior. MIR docente aparte, con prácticas que verifiquen la cualificac­ión en el ejercicio. Pero continúa demorada esta cuestión decisiva y quedan, por ello, las soluciones de coyuntura.

Flexibiliz­ar el currículo podría llevar a un acuerdo efectivo y adecuar el acceso a la enseñanza no es cuestión coyuntural sino estructura­l para la docencia

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