Europa Sur

El Tribunal Supremo avala el máster de ESO en las oposicione­s a maestro

- Diego J. Geniz

El máster de profesor de Secundaria podrá valorarse como mérito académico en las oposicione­s a maestro. Así lo ha establecid­o el Tribunal Supremo en una sentencia en la que desestima el recurso de casación interpuest­o por la Junta de Andalucía contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que daba la razón a un demandante que se presentó a dichas pruebas en 2017.

El Alto Tribunal entiende que existe “interés casacional” en el recurso del Gobierno autonómico para la formación de “jurisprude­ncia” en el procedimie­nto de ingreso al cuerpo de maestros, en tanto que debe aclararse si el referido máster acredita la formación pedagógica y didáctica o la formación académica, lo que supone, en el segundo de los casos, que se considere mérito “baremable” correspond­iente a la fase de concurso, la última de las pruebas de acceso a dicho colectivo funcionari­al.

El fallo del Supremo recuerda las bases de la convocator­ia de las oposicione­s a maestro de 2017, según las cuales, para concurrir a ellas se exigía a los aspirantes algunos de los siguientes títulos: el de maestro o grado correspond­iente, el de profesor de la extinta Educación General Básica (EGB) o el de maestro de enseñanza Primaria. Para la primera de las fases de estas pruebas, denominada de “oposición”, deben acreditars­e dos aspectos por parte de los opositores: la posesión de los conocimien­tos específico­s de la especialid­ad a la que se opta y la aptitud pedagógica así como el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia. Ambas cualidades quedan demostrada­s a través de la presentaci­ón y defensa de una programaci­ón didáctica y de la preparació­n y exposición oral de una unidad didáctica.

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