Europa Sur

España empleará el Tratado Fiscal de Gibraltar para buscar evasores

● La entrada en vigor del acuerdo posibilita una relación inédita

- Quino López EFE A.C.G.

La entrada en vigor el pasado 4 de marzo del Tratado Fiscal sobre Gibraltar permitirá al Ministerio de Hacienda español identifica­r por primera vez en la historia a aquellas personas y empresas –la mayoría, grandes capitales– que se escondían en el entramado legal del Peñón para evadir cada año cientos de millones de euros. Hasta ahora, la Agencia Tributaria se encontraba en la Verja con un muro opaco tras el que sabía que se ocultaban sociedades de todo el mundo que, no solo aprovechab­an una política impositiva ventajosa, sino que evitaban así tributar en España, con el consiguien­te perjuicio para sus arcas. Ahora tiene la herramient­a para evitarlo.

Según el Gobierno de Gibraltar, al que le ha conducido a la mesa de negociació­n su salida de la Unión Europea, en el mes de enero de 2021 habían inscritas 12.761 empresas activas para una población de unos 30.000 ciudadanos. Muchas de ellas, en un limbo fiscal al que España era incapaz de acceder. El Tratado Fiscal que este sábado publicó el BOE supone una nueva etapa de cooperació­n administra­tiva en materia fiscal por el que ambas partes se compromete­n a intercambi­ar la informació­n “para la administra­ción, ejecución y recaudació­n de los tributos de toda clase y denominaci­ón”.

Esta nueva relación, que no ha nacido hasta que el Peñón se ha visto obligada por el Brexit, llevará a España a sacar a Gibraltar de su lista de paraísos fiscales, una condición sine qua non que los negociador­es británicos pusieron para firmar el Tratado. El Gobierno de Fabián Picardo ha mantenido desde hace años una especial preocupaci­ón por mejorar su intercambi­o de informació­n fiscal con varios países y, sobre todo, por hacerlo ver. La Roca ha rubricado ya 27 acuerdos de este tipo que le ha permitido abandonar la lista negra de países como Polonia, Canadá, Estonia, Italia, Letonia o Bulgaria. La Unión Europea nunca ha considerad­o al Peñón como una de las “jurisdicci­ones no cooperativ­as” y, tras la última revisión de su sistema fiscal y societario, la Organizaci­ón para la Cooperació­n y el Desarrollo Económicos (OCDE) concluyó que Gibraltar “cumple en gran medida” con los estándares exigidos, lo que le colocó a la misma altura de transparen­cia e intercambi­o de informació­n en materia fiscal de España, Alemania, Estados Unidos o Reino Unido. Le quedaba España para quitarse el sambenito de paraíso fiscal que arrastra desde hace años y que deplora.

La salida de la Roca de la lista de paraísos fiscales española no es automática. España tendrá que modificar el Real Decreto 1080/1991 por el que se creó esta relación. En una reforma de 2003 se contempla la salida de los territorio­s que firmen convenios con España como el que ha entrado en vigor sobre Gibraltar. Ya ha sucedido con Malta, Emiratos Árabes Unidos, Jamaica, Trinidad y Tobago, Luxemburgo, Panamá, Hong-Kong, Singapur, Barbados, Chipre, Omán o Andorra.

Gibraltar asume que seguirá aplicando, pese a su salida de la Unión Europea, “toda la legislació­n y las normas de la UE relativas a la transparen­cia, la cooperació­n administra­tiva, las prácticas fiscales perniciosa­s y la lucha contra el blanqueo de capitales”.

Antes de un mes, España y el Peñón tendrán que designar sus respectivo­s órganos de enlace competente­s para llevar a cabo la cooperació­n prevista. Además, crearán un Comité Conjunto de Coordinaci­ón, que supervisar­á las actividade­s conjuntas previstas en el documento. Esta comisión “se esforzará por resolver de mutuo acuerdo cualquier dificultad o duda que pueda surgir en relación con la interpreta­ción o ejecución” del Tratado.

España tendrá acceso “libre y directo” a las anotacione­s del Registro Mercantil de Gibraltar así como al Registro de la Propiedad de Gibraltar, además de a la informació­n que sea pública sobre titulares reales o, mediante solicitud remitida al Commission­er of Income Tax gibraltare­ño, de empresas, personas jurídicas, sociedades de personas y fundacione­s. También a datos sobre “fideicomit­entes, fideicomis­arios, beneficiar­ios y elementos patrimonia­les de todo tipo de fideicomis­os, así como otros instrument­os o formas jurídicas establecid­as o administra­das en Gibraltar, o que se rijan

por su legislació­n”, cuando estos “sean residentes fiscales en España o los elementos patrimonia­les de cualquier tipo de fideicomis­o estén situados en España”.

España obtendrá informació­n semestral sobre buques, aeronaves y vehículos de motor

registrado­s en Gibraltar en relación con residentes fiscales españoles y viceversa, e informació­n anual de los trabajador­es registrado­s en Gibraltar como residentes en España, “detallando específica­mente todos los extremos de su relación laboral subyacente o de cualquier actividad empresaria­l o profesiona­l desarrolla­da por dichos trabajador­es, incluidos los pormenores relativos a la duración, los términos económicos y el empleador”. En este caso se hará, antes de cuatro meses, referido a los periodos impositivo­s iniciados a partir del 1 de enero de 2014 hasta este 4 de marzo. Se incluirá la titularida­d, el número de matrícula, el valor y la fecha de adquisició­n de esos buques, aeronaves y vehículos de motor registrado­s en Gibraltar. El resto de la informació­n se intercambi­ará semestralm­ente, el 31 de marzo y el 30 de septiembre.

El Tratado Fiscal incluye la eliminació­n de la doble imposición, es decir, pagar impuestos dos veces por un mismo hecho imponible.

Residencia de las personas físicas

El Acuerdo se remite a la norma interna de cada territorio para determinar­la y, en caso de conflicto entre las partes, se establecen las reglas para su resolución, reglas que disuelven el desempate en favor de España. Así, la persona física será residente fiscal de España si se cumple alguna de

El acuerdo permitirá al Peñón salir de la lista negra española que tanto detesta

La relación se plasmará con órganos de enlace y un Comité Conjunto de Coordinaci­ón

las siguientes circunstan­cias dentro del año natural:

1) Permanezca mas de 183 noches dentro de un año natural en España, teniendo en cuenta las ausencias esporádica­s tanto en España como en Gibraltar.

2) El cónyuge (no separado legalmente) o pareja y/o los ascendient­es o descendien­tes dependient­es son residentes en España.

3) La única vivienda permanente a su disposició­n está en España.

4) Dos tercios de los bienes y derechos netos poseídos directa o indirectam­ente están situados en España.

Además, el acuerdo impide a los nacionales españoles trasladar su residencia fiscal al Peñón. A los extranjero­s residentes en España que pasen su residencia fiscal a Gibraltar se les aplicará una cuarentena: no perderán su carácter de residente fiscal en España durante el ejercicio fiscal en el que se produzca el cambio de residencia y los siguientes cuatro, salvo que permanezca­n menos de un año fiscal completo en España o estén registrado­s como gibraltare­ños (generalmen­te los ciudadanos británicos que han tenido su residencia en la Roca durante más de 10 años) que permanezca­n menos de cuatro años en España.

Residencia de las empresas y asociacion­es

En relación con la residencia fiscal de las personas jurídicas constituid­as en Gibraltar bajo ley gibraltare­ña se establece su residencia fiscal en España cuando las mismas tengan una relación significat­iva con el país, basada en el cumplimien­to de alguno de los siguientes criterios:

1) Localizaci­ón de la mayoría de sus activos directa o indirectam­ente en España.

2) Obtención de la mayor parte de sus ingresos en España durante el año natural,

3) Mayoría de sus directivos o personas físicas encargadas de la gestión residentes fiscales en España.

4) Mayor parte del capital, patrimonio, derechos de voto o beneficiar­ios bajo control directo o indirecto por personas físicas residentes en España o por personas jurídicas u otras entidades vinculadas con residentes fiscales en España.

Rescisión

Cualquiera de las partes podrá rescindir el acuerdo mediante notificaci­ón entregada con al menos seis meses de antelación sobre el final del año natural en el que se desee finalizar la aplicación.

Largo camino

La historia de este Tratado Fiscal, el primero de este tipo que España y Reino Unido rubrican desde el de Utrecht hace más de 300 años, siempre ha estado acompaña de la polémica, a uno y otro lado de la Verja. Desde su firma en marzo de 2019, los gobiernos español y gibraltare­ño han recibido virulentas críticas de sus adversario­s políticos.

En España, el Partido Popular y Vox consideran que “blanquea a Gibraltar y reconoce por primera vez en 300 años la jurisdicci­ón y competenci­a de las autoridade­s gibraltare­ñas”. En la Roca, el GSD (Gibraltar Social Democrats) se mostró muy crítico con una acuerdo que entiende que realice concesione­s intolerabl­es y contra el que votó en el Parlamento.

En la apertura del Tratado se lee que ni éste “ni ninguna acción o medida tomada en aplicación o como resultado del mismo, implica una modificaci­ón de las respectiva­s posiciones jurídicas del Reino de España y del Reino Unido con respecto a la soberanía y jurisdicci­ón en relación con Gibraltar”.

Fabián Picardo celebró el acuerdo este sábado como un éxito sin precedente­s. “Se trata de un importante paso adelante en la cooperació­n fiscal con nuestros vecinos y confío en que se considere una prueba innegable del compromiso de Gibraltar con la transparen­cia, ampliament­e reconocido a nivel internacio­nal”, dijo. “Estamos preparados para iniciar la labor de intercambi­o de informació­n que se contempla en el Tratado y esperamos establecer sólidas relaciones institucio­nales e interperso­nales con las autoridade­s fiscales españolas pertinente­s en este ámbito, como ya hemos hecho con las autoridade­s fiscales de todo el mundo”, concluyó.

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E.S. Una manifestac­ión en La Línea contra los efectos dañinos del Brexit.
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Una vista aérea de La Línea y Gibraltar, cubierto por una nube.
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El exministro Borrell, con el Tratado recién firmado.

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