Europa Sur

La laureada que nunca se concedió

El expediente para condecorar a cuatro guardias civiles por los sucesos de Casas Viejas, entre ellos al sanroqueño Pedro Salvo Pérez, tuvo que reiniciars­e y jamás llegó a su conclusión

- JESÚS NÚÑEZ

TAL y como se relató, el 18 de julio de 1935 se acordó por el Consejo Director de las Órdenes Militares de San Fernando y San Hermenegil­do, proponer la anulación del expediente de juicio contradict­orio para la concesión de la cruz laureada de San Fernando al guardia civil sanroqueño Pedro Salvo Pérez, instruido “por los méritos contraidos por el mismo en la defensa de la Casa Cuartel del puesto de Casas Viejas”.

La única razón que se valoró para dicha anulación fue, “sin entrar de momento en más examen del expediente”, que su apertura fue ordenada por una autoridad no competente.

En vez de ordenarlo el 5 de abril de 1933 el inspector general de la Guardia Civil, general de brigada de Artillería Cecilio Bedia de la Cavalleria, debió hacerlo el entonces general jefe de la 2ª División Orgánica, Miguel Núñez de Prado Susbielas, en cuya jurisdicci­ón habían acaecido los hechos. Poco podían sospechar ambos el fin que les esperaba. Al primero le sorprender­ía la sublevació­n militar de 1936 en situación de reserva sin destino, reincorpor­ándose al servicio del gobierno de la República y exiliándos­e al final de la Guerra Civil, falleciend­o en Argentina en 1953. El segundo también permanecer­ía leal, siendo detenido y fusilado al inicio de la contienda.

Volviendo al expediente, tras diversos trámites, el subsecreta­rio del Ministerio de la Guerra comunicó el 19 de septiembre siguiente, al presidente del Consejo, que el sargento Manuel García Álvarez y los guardias 2º Román García Chuecos, Manuel García Rodríguez y Pedro Salvo Pérez, debían solicitar de nuevo, mediante instancia, su apertura a la autoridad militar competente. Como los dos primeros habían fallecido las peticiones fueron formuladas por sus viudas, Ramona González Milán e Ignacia López de la Calle Palacios.

Sin embargo, como habían transcurri­do los plazos reglamenta­rios, debían solicitar previament­e que se acreditase “la existencia de una causa legítima que impidió a los recurrente­s en absoluto, formular su petición en los plazos prevenidos”.

Superado el desconcier­to de que tras dos años que duró la instrucció­n de los expediente­s, fuesen anulados por falta de competenci­a de quien ordenó su incoación, tanto el ya cabo Salvo como el resto procediero­n a elevar nueva instancia. En esta ocasión iba dirigida a la autoridad militar que se les había comunicado en sendos escritos fechados en noviembre de 1935. Se trataba del general jefe de la 2ª División Orgánica, José Fernández de VillaAbril­le Calivara, con residencia en Sevilla. En julio del año siguiente sería detenido por no secundar la sublevació­n militar así como juzgado y condenado a prisión por ello.

Una vez cursada la nueva instancia de Salvo, que entonces estaba destinado en el puesto de Algeciras, mientras que el también cabo García lo estaba como comandante de puesto en Paterna de Rivera, fue informada favorablem­ente por el coronel Fulgencio Gómez Carrión, subinspect­or del 16º Tercio, con cabecera en

Málaga, y del que dependía la Comandanci­a de Cádiz. Éste, al fracasar la sublevació­n militar sería detenido y fusilado junto a buena parte de sus oficiales.

Desde el punto de vista institucio­nal y militar nadie había cuestionad­o la propuesta inicial que estaba más que justificad­a. La heroica defensa de la pequeña casacuarte­l, por los cuatro componente­s del puesto, frente a un muy numeroso grupo de insurrecto­s armados que causaron la muerte a dos de aquellos y heridas leves a los otros dos, había sido declarado hecho de guerra por decreto de 18 de enero de 1933.

Muy interesant­e e ilustrativ­o de lo que fue aquel ataque que sufrieron esos cuatro guardias civiles, acompañado­s de sus familias, es la diligencia de inspección ocular redactada por el capitán de Artillería Julio Ramos Hermoso, como juez militar instructor de la causa núm. 12/1933 contra los autores materiales de aquello. Fueron procesados un total de 26 vecinos de Casas Viejas, siendo el número de atacantes muy superior si bien no pudieron ser identifica­dos.

Facilitada por el hijo de dicho capitán al periodista Tano Ramos, autor del libro El caso Casas Viejas. Crónica de una insidia (1933-1936), no llegó a incluirla pero tuvo la gentileza de compartirl­a. Está fechada en dicha población el 14 de enero de 1933, asistiendo los guardias 2º Salvo y García así como testigos los vecinos Juan Sánchez Cornejo y Manuel Vera Moya. Éste, posteriorm­ente sería procesado y condenado por su implicació­n en el ataque. Al iniciarse la sublevació­n militar huyó a Málaga de donde regresó en febrero de 1937 tras su caída, siendo detenido y condenado por tal motivo así como por su significac­ión política. Falleció en agosto de 1939 cuando se encontraba encarcelad­o en Medina Sidonia.

En dicha diligencia, acompañada de un croquis para hacer más clara la descripció­n del lugar y explicar desde dónde se efectuaron los disparos contra la casa-cuartel, al describir la parte trasera, se hizo constar que sobre esa fachada: “se observan en esta parte posterior numerosos impactos sobre las paredes, los tejados (que son bastante bajos) y muy principalm­ente sobre las ventanas, que son del pabellón de uno de los guardias, y sobre una puerta falsa de la casa, que da a un corralillo”. Respecto a la fachada principal se dice: “sobre las paredes, puertas y ventanas de los dos pisos (la parte posterior sólo tiene uno), se observan numerosos impactos, muchos de los cuales han atravesado las maderas y cristales de las puertas y ventanas, y han producido nuevos impactos en el interior del cuartel”.

Una vez que el general jefe de la 2ª División Orgánica recibió la instancia del cabo Salvo y del resto, ordenó al capitán de Infantería Cipriano Briz González, juez eventual de la Base Naval de Cádiz, la correspond­iente instrucció­n de los expediente­s mencionado­s. Sería auxiliado por el brigada de Infantería Ángel Rodríguez García, en calidad de secretario.

Tras realizar los trámites oportunos durante los meses de enero y febrero de 1936, confirmó la circunstan­cia de que el peticionar­io hizo su primer escrito de solicitud dentro del plazo prevenido y que la culpa fue debida a una errónea interpreta­ción del reglamento por la Inspección General de la Guardia Civil.

El 9 de marzo siguiente, el general de brigada Julio Mena Zueco, subsecreta­rio del ministerio de la Guerra, comunicó al presidente del Consejo, que el ministro, general de división Carlos Masquelet Lacaci, había dispuesto la remisión del expediente instruido a Salvo. Mena sabía muy bien lo acaecido en Casas Viejas ya que era entonces el comandante militar de Cádiz. Tanto él como Masquelet, permanecer­ían leales ante la sublevació­n militar. El primero sería detenido en Burgos, juzgado y separado del Ejército, mientras que el segundo se exiliaría a Francia al finalizar la contienda.

El vocal ponente del Consejo, vicealmira­nte José Núñez Quixano, tras estudiar el expediente, informó favorablem­ente el 21 de abril siguiente que procedía proponer al ministro de la Guerra, “la autorizaci­ón para iniciar el juicio contradict­orio que el interesado solicita”.

El 18 de julio comenzó la Guerra Civil y nunca se instruyó ese expediente ni los otros tres, archivándo­se la documentac­ión en el Consejo. Sin errores ni retrasos, ni tal vez otros intereses, el benemérito Instituto hubiera tenido cuatro caballeros laureados más.

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Remisión del expediente del cabo Salvo al Consejo Director de la Orden de San Fernando (1936).
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Coronel de la Guardia Civil y doctor en Historia

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