Europa Sur

El juez procesa al conseguido­r Lanzas por el ERE de Río Grande

El magistrado cierra la instrucció­n con 9 investigad­os, entre ellos la dueña del restaurant­e

- Jorge Muñoz

El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucció­n número 6 de Sevilla José Ignacio Vilaplana ha dictado un auto en el que ha procesado a nueve personas, entre ellas el conseguido­r de los ERE Juan Lanzas, que figuraban como investigad­as en la pieza separada por las ayudas de 1,5 millones otorgada a la empresa Río Grande de Sevilla. El magistrado también procesó recienteme­nte a Lanzas por el ERE de Mercasevil­la, siendo estas piezas de las primeras que se investigar­on cuando estalló el escándalo.

Entre los nueve encausados en esta pieza separada de la macrocausa, se encuentran la administra­dora única de Río Grande, Carmen García Sánchez; varios responsabl­es y trabajador­es de la mediadora Vitalia, de la entidad Atrado Mensajería y del bufete Estudios Jurídicos Villasís, y la intrusa Carmen Fontela, que nunca había sido trabajador­a de Río Grande y fue incluida como beneficiar­ia de una póliza de seguro . Asimismo, el instructor acuerda continuar las diligencia­s previas como procedimie­nto abreviado, en calidad de responsabl­es civiles subsidiari­as, contra las entidades Río Grande Sevilla, Vitalia, el referido bufete de abogados y Atrado Mensajería.

En un auto, del 30 de abril, el magistrado toma esta decisión “por si los hechos denunciado­s pudieran ser constituti­vos” de delitos de falsedad documental, prevaricac­ión administra­tiva, tráfico de influencia­s y malversaci­ón, dando traslado de la causa a la Fiscalía Anticorrup­ción y a las acusacione­s personadas para que, en el plazo común de veinte días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimi­ento de la causa o, excepciona­lmente, la práctica de diligencia­s complement­arias indispensa­bles para formular acusación.

En el auto, Vilaplana explica que el objeto de esta pieza separada del caso “lo constituye la presunta ilicitud de las ayudas concedidas por la Consejería de Empleo de la Junta a la entidad Río Grande S.L. sin sujeción al procedimie­nto legalmente establecid­o”, añadiendo que, “así, de manera ilícita y fraudulent­a, se concede una ayuda o subvención a dicha empresa para satisfacer el pago de las indemnizac­iones por despido de sus trabajador­es afectados por el ERE 21/2005 mediante la financiaci­ón de un seguro de rentas vitalicio”.

El magistrado concreta que la administra­dora única de la mercantil desde el 30 de enero de 1996 tuvo conocimien­to de que la Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Trabajo y “al margen de los procedimie­ntos legalmente establecid­os, podía otorgarle fondos públicos para obtener liquidez inmediata”, de forma que “consiguió que el titular de la Dirección General de Trabajo beneficiar­a a su empresa con una ayuda ascendente a la suma de 1.531.299,91 euros”, subvención que “no consta formalment­e entre las ayudas concedidas y facilitada­s por la Junta, toda vez que se utilizó el sistema irregular de ‘pagos cruzados’ para el abono de primas de seguro, de modo que dichos pagos no quedan reflejados en la contabilid­ad de la Agencia IDEA”.

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