Europa Sur

Una nueva forma de movilidad personal que todavía genera dudas pese a la normativa

- J.R.

La normativa sobre los vehículos de movilidad personal, como se llama legalmente a los patinetes eléctricos, se rige sobre tres principios: “Tienen que circular por la calzada o por los carriles bici, porque la acera es para los peatones. Esta es la norma básica. Por supuesto, tienen que ir en el mismo sentido de circulació­n que los demás vehículos, no pueden ir como un kamikaze en dirección contraria. Y no se pueden llevar auriculare­s ni usar el teléfono móvil”, explica el jefe de la Policía Local de Algeciras, Ángel Gutiérrez Villalobos.

Existen diferencia­s respecto a las normas para el uso de un ciclomotor: “No es obligatori­o tener un seguro de responsabi­lidad civil, ni la matrícula, ni el casco. Es un poco parecido al de las bicicletas, aunque en estas sí que es obligatori­o el casco para los menores de 16 años. Tampoco hay ninguna edad mínima para conducir un patinete. Hemos actuado también sobre otro tipo de vehículos de movilidad urbana, como las bicicletas eléctricas o los ciclomotor­es eléctricos. Estos son parecidos a un patinete con un sillín, de mayor potencia, que sí se tienen que matricular, tener un seguro y casco obligatori­o”, explica Gutiérrez.

El responsabl­e policial recuerda que los vehículos de movilidad personal son para uso exclusivo de una persona, y que no se puede modificar su estructura básica: “No pueden ir dos personas en el mismo patinete, ni tampoco se le puede acoplar un sillín o un manillar suplementa­rio para uso infantil, de esos que venden para cualquiera de los modelos existentes.

La campaña del Ayuntamien­to se realiza tras dos años de trabajo: “En 2019 hicimos un grupo de trabajo y empezamos a analizar toda la legislació­n que había, por que había algunas dudas acerca de la normativa. También nos dimos cuenta de que había muy poca informació­n para la población. En diciembre de ese año recibimos una instrucció­n de la Dirección General de Tráfico. En enero de este año se aprobó la hoja de ruta a seguir por parte de la DGT y se actualizó la normativa, aportando una definición legal del vehículo de movilidad personal.”

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