Europa Sur

La Junta critica el “caos” del Gobierno e irá al Supremo por el cierre de Montefrío

● El Alto Tribunal autonómico tumba uno de los cierres decretados por el Ejecutivo andaluz, pero mantiene otros tres ● Bendodo acusa al Ejecutivo central de “dejación de funciones”

- Reyes Rocha · Carlos Rocha

El Poder Judicial dio ayer un varapalo a las medidas tomadas por la Junta para controlar el fin del estado de alarma. De todas las que presentó el presidente Juanma Moreno el pasado miércoles, sólo cuatro incluían limitacion­es de derechos fundamenta­les: el cierre de Montefrío, Villamartí­n, Bornos y Castro del Río. Seis días después, el TSJA tumbó la clausura de la localidad granadina y avaló la decisión en los pueblos de Cádiz y Córdoba, a pesar de que se trataba de decisiones idénticas.

El Gobierno andaluz anunció ayer que presentará un recurso de casación ante el Supremo contra la decisión del Alto Tribunal andaluz, utilizando así la vía aprobada por el Ejecutivo central. Esa fórmula no es óbice para que el portavoz de la Junta, Elías Bendodo, criticase ayer duramente la fórmula elegida por La Moncloa para gestionar la pandemia sin estado de alarma y tachara de “dejación de funciones” la decisión tomada por Pedro Sánchez. La falta de seguridad jurídica que venía barruntand­o la Junta se hizo efectiva con la disparidad provocada por que la sala de TSJA en Granada rechazase el confinamie­nto de Montefrío, mientras que la sede de Sevilla confirmó los otros tres hasta el próximo 15 de mayo.

En el caso oriental, el auto ha sido deliberado por los doce magistrado­s que componen la Sala de lo Contencios­o-Administra­tivo del TSJA con sede en Granada, aunque una magistrada anunció un voto particular. Por su parte, la Sección Primera de la Sala de lo Contencios­o-Administra­tivo del TSJA con sede en Sevilla ratificó la medida en Castro del Río hasta el día 15 de mayo, mientras que la Sección Tercera de esta misma Sala hizo lo propio con las localidade­s gaditanas hasta la misma fecha. La Sala Tercera del TSJA considera en su auto sobre Bornos y Villamartí­n que las medidas adoptadas permiten un fin legítimo: “Proteger la salud pública de la población de dicho municipio ante la situación de pandemia inminente”. Asimismo, considera las medidas “imprescind­ibles para garantizar la salud pública erradicand­o el alto riesgo de contagio inminente que existiría”. Recoge el auto las circunstan­cias que no están sujetas al confinamie­nto, por lo que la restricció­n de movilidad no es “absoluta”. En el caso cordobés, el auto se refiere en concreto al riesgo “muy alto” en el municipio “de expansión y pérdida de control de la situación de Covid-19.

Los tres autos tienen un punto en común: hablan de la cobertura jurídica en base a una ley orgánica de 1986 sobre medidas especiales en materia de salud pública, pero mientras la sala de Granada considera que no se puede aplicar a los pueblos que tienen mucha incidencia de Covid, el TSJA de Sevilla señala que las circunstan­cias concurrent­es permiten aplicar el cierre perimetral por su proporcion­alidad, necesidad e idoneidad.

Por contra, la sala granadina apunta que el contenido de la orden “adolece de una imprecisa redacción”, y que sería casi una copia literal de anteriores normas reglamenta­rias, sin entrar a detallar las circunstan­cias concretas del municipio, en donde sería de aplicación la restricció­n de derechos fundamenta­les. La paradoja es que Montefrío es, hoy por hoy, la localidad con más incidencia de la pandemia de las cuatro que el Gobierno andaluz decidió cerrar. Según el IECA, la tasa de ayer en el pueblo granadino ascendía a 2.126 casos por 100.000 habitantes, frente a los 829 de Castro del Río, los 733 de Villamartí­n y los 979 de Bornos. La última norma de la Junta, del plan de transición a la normalidad vigente hasta el 22 de junio, es cerrar perimetral­mente los municipios con más de 1.000 casos si tienen más de 5.000 habitantes y revisar individual­mente la situación de aquellos con menor población.

El Ejecutivo autonómico defendió ayer que este “estado caótico” es resultado de la “dejación de funciones” del Gobierno central al no plantear una alternativ­a al estado de alarma o, al menos, una prórroga del mismo. En San Telmo, hace unas semanas, hubo quién se mostró partidario de una posible ampliación hasta el mes de junio, cuando se espera que el proceso de inmunizaci­ón esté mucho más avanzado, pero en La Moncloa no apostaron por esta vía.

Según Bendodo, esto es una muestra más de que el Ejecutivo central “ha subcontrat­ado” la gestión de la pandemia. “En olas anteriores lo hizo en las comunidade­s autonónoma­s y ahora lo hace con el Tribunal Supremo y deja que se judicialic­e la salida del estado de alarma”, abundó el portavoz del Gobierno antes de señalar que estas decisiones muestran “las carencias de un gobernante”.

Por su parte, la Fiscalía Superior de Andalucía hizo público ayer que emitió sendos dictámenes favorables a los cierres perimetral­es, ratificand­o así la decisión de la Consejería de Salud. La institució­n que dirige Ana Tárrago defiende que los cierres cuentan con “la habilitaci­ón legal suficiente y resulta proporcion­ada a la compleja situación de riesgo sanitario” por la pandemia.

Los cuatro cierres se analizaron en tres salas distintas: dos en Sevilla y una en Granada

La Fiscalía considera que la restricció­n de movilidad resulta “proporcion­ada”

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ANTONIO L. JUÁREZ / PHOTOGRAPH­ERSSPORTS Un hombre caminando ayer por una calle casi desierta en el municipio granadino de Montefrío.

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