Europa Sur

Hacienda prohíbe instalar salones de juego a 150 metros de colegios

● La norma, que databa de 1986, también obliga a instalar el control en la puerta del local para evitar la entrada a menores

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El Gobierno andaluz aprobó ayer una nueva regulación del juego presencial que obliga a situar los salones de juego de nueva apertura a una distancia mínima de 150 metros de los centros educativos, endurece las sanciones, limita la publicidad y regula el control de acceso a estos establecim­ientos.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, el consejero de Hacienda y Financiaci­ón Europea, Juan Bravo, explicó que desde el año 1986 no se ha hecho ninguna modificaci­ón de la normativa del juego y no se regulaba la distancia mínima de un local respecto a los centros educativos, sino sólo la que había entre dos salones de juego, que se mantiene en cien metros.

El decreto modifica los reglamento­s aplicables en materia de juego y apuestas que regulan los salones de juego, salas de bingo, casinos e hipódromos y adopta medidas en desarrollo del decreto-ley 6/2019, de 17 de diciembre, por el que se modifica la ley 2/1986, de 19 de abril, del juego y apuestas de Andalucía.

Se obliga a la instalació­n de controles de admisión en el acceso al establecim­iento que deben estar supervisad­os por un trabajador del local, de modo que se impida la entrada a menores y a cualquier persona que lo tenga prohibido, y se eliminan por tanto las zonas que hasta ahora eran de libre acceso.

Además, se adapta el régimen sancionado­r de los distintos reglamento­s que ya recogía el decreto ley aprobado por el Gobierno andaluz en diciembre de 2019 y por el que pasan a considerar­se muy graves, en lugar de graves, las infraccion­es relativas a permitir el acceso a menores y a personas vulnerable­s, instalar publicidad no autorizada e incumplir los horarios de apertura, que conllevan multas que oscilan entre los 10.000 y los 300.000 euros (antes, se situaban entre los 600 y 10.000 euros). Este endurecimi­ento de sanciones se traduce, además, en la potestad de la Administra­ción autonómica para suspender temporalme­nte la autorizaci­ón e incluso clausurar el establecim­iento si se producen estos supuestos.

Como medida de prevención, se prohíbe cualquier tipo de publicidad, cartelería o imágenes en cualquier soporte que difundan mensajes o representa­ciones del juego o de las apuestas, así como de deportista­s sobre cuyos deportes se pueden cruzar apuestas en las fachadas y paramentos exteriores de los establecim­ientos. Tampoco podrá ser visible desde el exterior la informació­n sobre la cotización puntual de las apuestas deportivas.

Otra novedad que recoge el decreto afecta al registro de control de interdicci­ones de acceso, de manera que las restriccio­nes se unifican en un solo tipo de prohibició­n que abarca territoria­lmente el ámbito de la comunidad autónoma y que impedirá a la persona que esté inscrita su participac­ión o acceso en cualquier establecim­iento dedicado a estas actividade­s en Andalucía. Hasta la fecha, era posible solicitar la prohibició­n de acceso solo en el ámbito geográfico provincial y solo en una tipología específica de establecim­iento.

El consejero de Hacienda destacó que el decreto recoge medidas “sensatas y consensuad­as”, que han sido fruto de las reuniones mantenidas con todos los agentes del sector implicados, entre ellos, las empresas del sector con implantaci­ón en Andalucía, la Federación de Jugadores Rehabilita­dos de Andalucía (FAJER) y los sindicatos mayoritari­os.

La regulación afecta a la publicidad sobre juego y apuestas, incluidas deportivas

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JOSÉ MANUEL VIDAL / EFE El consejero de Hacienda y Financiaci­ón Europea, Juan Bravo.

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