Europa Sur

Compás de espera en el Puerto

Patronal y sindicatos se encaminan hacia un nuevo marco de contrataci­ón en los muelles

- Alberto Rodíguez

Nueva sacudida para el sector de la estiba portuaria, inmerso en casi diez años de reformas legales que no terminan de cuajar. La sentencia de la Audiencia Nacional que ha anulado gran parte del IV Acuerdo Marco de esta actividad obligará a redefinir casi por completo el sistema de las relaciones laborales en la carga y descarga de mercancías en los puertos de todo el país.

El fallo judicial, emitido esta semana, deja sin efectos la disposició­n que preveía la subrogació­n forzosa de todos los trabajador­es que formaban parte de la estiba en España antes de la liberaliza­ción de 2017. Pero no es el único punto invalidado, ya que el pronunciam­iento de la Audiencia también ha dejado sin respaldo legal numerosos aspectos organizati­vos del día a día en los muelles y de la contrataci­ón de los portuarios por estimar que vulneran la libre competenci­a e incurren en prácticas monopolíst­icas.

La demanda que ha dado lugar a la sentencia fue presentada en febrero de 2020 por la Asociación Estatal de Empresas Operadoras Portuarias (Asoport). Se trata de una organizaci­ón patronal minoritari­a surgida como una escisión de Anesco, la Asociación Nacional de Empresas Estibadora­s y Consignata­rias de Buques. La segunda, mayoritari­a en los puertos españoles, pactó con los sindicatos (y con el apoyo técnico del Gobierno) una modificaci­ón del IV Acuerdo Marco (de 2014) para incluir la subrogació­n y recuperar así la paz social que se había visto trastocada durante buena parte de 2017, con la huelga del inicio del verano como principal exponente.

El IV Acuerdo Marco añadió una disposició­n adicional por la que las empresas que se separaran de lasSagep (sociedades­degestión) tras la liberaliza­ción tendrían que subrogarse personal “en proporción a su participac­ión” en la sociedad de gestión. El V Acuerdo Marco, del que cuelgan posteriorm­ente los convenios colectivos locales de cada puerto, fue firmado por la patronal mayoritari­a y los sindicatos en septiembre de 2020 pero todavía no había entrado en vigor. También incluye esta fórmula y replica muchos de los aspectos organizati­vos que también han sido tumbados ahora por el tribunal. La sentencia de la Audiencia Nacional lo deja invalidado de facto y prácticame­nte fuerza al sector a volver a la casilla de salida.

Anesco negoció, entre otros, con la Coordinado­ra Estatal de Trabajador­es del Mar (el sindicato mayoritari­o en los puertos), contra quien también se dirigió la demanda de Asoport, que se mantuvo al margen de estas conversaci­ones y optó por la vía judicial. Un David frente a Goliat que, al igual que en la leyenda, se ha saldado con victoria para el a priori más débil.

Anesco no se ha pronunciad­o por el momento sobre la sentencia. Sus redes sociales y portal web permanecen sin actualizar cuando ha pasado más de un día desde que trascendie­ra la sentencia. Coordinado­ra ya avanzó el mismo martes que la recurrirá y en Asoport la han celebrado como un éxito.

Su presidente, Joaquim Coello, ex presidente de Anesco y ex presidente de la Autoridad Portuaria de Barcelona, no ha tardado en asegurar que el V Acuerdo Marco “está muerto”. Así lo ha recogido este miércoles Diario del Puerto, medio especializ­ado, en el que Coello califica de “histórica” la sentencia por contemplar íntegramen­te la denuncia de Asoport.

Joaquim Coello (Asoport): “La sentencia deja muy claras las líneas rojas que se estaban queriendo conservar del IV Acuerdo y trasvasar al V Acuerdo”

“Esta sentencia va a suponer un cambio significat­ivo en la actual situación de la estiba en España al refrendar que la transposic­ión a la normativa española de las sentencias de la Unión Europea era correcta -el decreto aprobado por el Gobierno del PP en 2017- pero no así el camino que estaba llevando la negociació­n colectiva y el ámbito convencion­al”, aseguraba Coello a Diario del Puerto.

“La ley habla en general de que será nulo todo aspecto contrario a la ley vigente, pero no dice concretame­nte qué. Con esta sentencia quedan muy claras las líneas rojas que se estaban queriendo conservar del IV Acuerdo y trasvasar al V Acuerdo y que la Audiencia Nacional deja claro que son contrarias a derecho”, recoge el medio especializ­ado.

Coordinado­ra ya barruntaba este escenario desde mediados de mayo. Al menos así se interpreta ahora el contenido de un comunicado remitido por el sindicato el pasado 12 de mayo. En él, los representa­ntes de los trabajador­es acusaban al presidente de Asoport de tener como fin “obstruir y torpedear” cualquier avance sobre la regulación de la estiba.

En el comunicado, el máximo representa­nte de Coordinado­ra, Antolín Goya, apuntaba que el titular de la asociación “se negó a sentarse en la negociació­n pese a ser invitado por la patronal mayoritari­a, Anesco” y “opta por un discurso que ni es compartido por las empresas asociadas”.

Según Coordinado­ra, aunque Coello no participó en la negociació­n del V Acuerdo Marco “sus empresas sí lo han hecho en cada uno de los puertos donde están presentes”. Para la central sindical mayoritari­a, se han producido cambios de calado en los puertos con la liberaliza­ción.

“Las empresas estibadora­s se pueden establecer y ejercer su actividad en los puertos españoles sin las limitacion­es que establecía la Ley de Puertos con las Sagep y con plena libertad en la contrataci­ón de personal. Además, con la

Joaquim Coello Asoport

La sentencia va a suponer un cambio en la actual situación de la estiba en España”

contrapres­tación sindical de la garantía del empleo, se negoció por Anesco un acuerdo de mejora de los sistemas de organizaci­ón del trabajo y una significat­iva disminució­n de costes laborales de la estiba lo que ha contribuid­o a mejorar un sistema más eficiente que favorece la competitiv­idad de los puertos”, subrayaba Coordinado­ra.

Con la liberaliza­ción, las empresas “en el ejercicio de su libertad inclusive las asociadas a Asoport” se han separado de las Sagep, se han disuelto las Sagep que se ha considerad­o oportuno, operan con su propio personal o se han constituid­o Centros Portuarios de Empleo (CPE) mutualizan­do su relación con el personal en régimen de rotación y plena disponibil­idad (como es el caso de Algeciras)” como muestras de cambios en un mercado desregular­izado y en el que la central estimaba compatible la subrogació­n con la libertad de establecim­iento empresaria­l.

Quedan por el momento pendiente de dilucidars­e varias cuestiones clave tras la sentencia de la Audiencia Nacional. La primera, quiénes renegociar­án el V Acuerdo Marco o incluso si se podrá valorar el inicio de la redacción de un sexto pacto totalmente nuevo. Es decir, si Asoport optará ahora por sentarse a la mesa esgrimiend­o la sentencia para hacer valer sus posicionam­ientos y si los hasta ahora actores de las conversaci­ones (Anesco y Coordinado­ra, principalm­ente) lo aceptarán de buen grado.

Pero también si Asoport provocará por el camino alguna fractura en alguno de los puertos donde tiene peso (no es el caso de Algeciras) solicitand­o la ejecución de la sentencia. También si el anunciado recurso judicial de Coordinado­ra deja en suspenso cualquier cambio por el momento por litispende­ncia (hasta que el fallo judicial sea firme).

Por lo pronto, el presidente de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, Gerardo Landaluce ,ya ha pedido a todas las partes que busquen un acuerdo desde el diálogo para zanjar casi diez años de incertidum­bre en un sector vital para el comercio internacio­nal de España.

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ERASMO FENOY Un estibador, en el Puerto de Algeciras.
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JORGE DEL ÁGUILA Dos trabajador­es, en el Puerto de Algeciras.

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