Europa Sur

Abengoa dilata la petición de la junta ordinaria al no responder al Registro

● El registrado­r mercantil opina que, aunque la convoque, “duda de que se celebre finalmente”

- Alberto Grimaldi

Abengoa todavía no ha enviado al Registro Mercantil de Sevilla sus alegacione­s a la petición de un accionista para que el registrado­r, conforme a lo previsto legalmente, convoque la junta general ordinaria correspond­iente al ejercicio de 2019. Esta tardanza en la respuesta y que el Registro no ha resuelto pese al silencio de la empresa cotizada, están provocando que se demore la decisión.

El pasado 21 de mayo, un accionista de Abengoa residente en Sevilla solicitó al Registro Mercantil hispalense que convocase esa junta general ordinaria, dado que no se celebró en 2020 y que sigue sin ser convocada a día de hoy, en junio de 2021.

La petición se hizo en virtud de la Ley de Sociedades de Capital, que en su artículo 164, apartado primero, señala que “la junta general ordinaria, previament­e convocada al efecto, se reunirá necesariam­ente dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio, para, en su caso, aprobar la gestión social, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado”. Y en su apartado segundo agrega: “La junta general ordinaria será válida aunque haya sido convocada o se celebre fuera de plazo”.

La petición del accionista se basa en el artículo 169 de la Ley, que en su apartado primero prevé: “Si la junta general ordinaria o las juntas generales previstas en los estatutos, no fueran convocadas dentro del correspond­iente plazo legal o estatutari­amente establecid­o, podrá serlo, a solicitud de cualquier socio, previa audiencia de los administra­dores, por el Secretario judicial o Registrado­r

mercantil del domicilio social”.

Un representa­nte del accionista acudió ayer al Registro para interesars­e en su nombre por la resolución de su petición. El propio registrado­r mercantil, Juan José Petrel Serrano, atendió al mismo y le explicó que la petición está en trámite desde el 24 de mayo.

El registrado­r también confirmó al accionista, a través del representa­nte, que se ha dado traslado a Abengoa y también al administra­dor concursal, EY Abogados, por estar la mercantil cotizada en concurso. Además, señaló que la empresa no ha respondido, “y que está esperando a comprobar si responde, no contesta o ha rehusado”, antes de tomar una decisión de convocar o no la junta general ordinaria.

Pese a que han transcurri­do 22 días naturales y doce hábiles desde la petición, Pretel afirmó que todavía esperará “algunos días más” antes de tomar una decisión, que no quiso anticipar pese a que la Ley es clara al respecto.

Pretel también opinó motu proprio ante el representa­nte del accionista: “Pero aunque la convoque dudo que esa junta se celebre finalmente”. Aunque no detalló qué precepto legal puede impedirlo, pese a que se le requirió en nombre del socio que la pidió.

Es la segunda vez en pocos días que un estamento que forma parte del proceso para garantizar el cumplimien­to de la legalidad pone en duda o directamen­te se opone a que se celebren las juntas de accionista­s solicitada­s.

Así, el pasado viernes 4 de junio, según fuentes asistentes, el administra­dor concursal trasladó a representa­ntes de distintos comités de empresa del grupo que Terramar Capital ha condiciona­do su oferta a que no se celebren juntas de accionista­s, y que si se celebra la que ha solicitado la sindicatur­a Abengoshar­es para destituir al consejo, estos inversores se retirarían. El administra­dor concursal se mostró contrario a que esto ocurra e informó a los sindicalis­tas que se opondrá solicitand­o al juez del concurso que cancele la junta general extraordin­aria.

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D. S. Juan José Petrel Serrano, registrado­r mercantil de Sevilla.

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