Europa Sur

LA MUERTE ES COSA DE HUMANOS

● La pasada semana España pasó a ser el séptimo país en regular la eutanasia ● Queda estipulado que estos fallecimie­ntos tengan condición legal de “causa natural”

- Pilar Vera CÁDIZ

Ramón. José Antonio. María José. Probableme­nte, sean los casos relativos a la eutanasia que más han resonado mediáticam­ente. La historia del primero (Sampedro) contribuyó a abrir la cortina –también, a nivel internacio­nal– de uno de los mayores, y más incómodos, tabúes que hemos ido destapando como sociedad. José Antonio Arrabal, diagnostic­ado de ELA, se suicidó ante la cámara en un momento en el que su familia no estaba en casa. El marido de María José Carrasco, Ángel, le suministró un barbitúric­o tras grabar ambos un vídeo en el que ella explicaba su deseo de morir. Su caso provocó la entrega en el Parlamento de más de un millón de firmas a favor de una regulación.

“La sociedad empezó a conciencia­rse del tema sobre todo por Mar

adentro. Es una película, por ejemplo, que inf luyó mucho en el desarrollo de la ley de Holanda –comenta el portavoz de la asociación Derecho a Morir Dignamente en Cádiz (DMD), Daniel Armenta–. A partir de ahí, empiezan a aparecer leyes fundamenta­les, como la de la Autonomía del Paciente, en 2002, o la llamada Ley de Derechos y Garantías de las Personas ante el Proceso de la Muerte: la normativa autonómica andaluza, pionera totalmente en nuestro país; esta ley deja ya las cosas muy claras en todo lo relativo a derechos de los pacientes y obligacion­es de los profesiona­les”.

Desde la semana pasada, la legislació­n respecto a la muerte asistida a nivel nacional se ha redefinido con la entrada en vigor de la Ley Española de Eutanasia. El texto contempla la eutanasia en casos de “padecimien­to grave, crónico e imposibili­tante de enfermedad grave e incurable que no puede ser aliviado”. Puede aplicarse a toda persona mayor de edad, siempre que esta la solicite de forma “autónoma, consciente e informada”. El proceso contempla el control médico (que puede denegar la solicitud), y la petición de ayuda a morir ha de presentars­e en dos ocasiones, con un plazo de 15 días entre ambas. Existe la figura de objeción de conciencia para los médicos y se prevé la creación de una Comisión de Garantía y Evaluación de los casos a nivel autonómico.

España se convierte así en el séptimo país del mundo en legalizar la eutanasia activa. “La eutanasia no puede ser asimilada al suicidio, ni a la colaboraci­ón al suicidio. Digamos que no se regula el llamado derecho a morir, sino el derecho a vivir dignamente –explica desde Jerez la abogada Aurelia Romero–. Las leyes no son perfectas, pero creo que a nivel legal se ha establecid­o un control rígido al respecto, hay un protocolo muy cerrado para impedir abusos y respeta íntegramen­te tanto la voluntad de los médicos como la de los pacientes.

En mi opinión, es una ley bastante comedida. Es cierto que el sistema de paliativos ha avanzado mucho, pero no te da calidad de vida. ¿Qué hacemos cuando la persona te dice que no se siente persona, que quiere dejar de vivir y no hay mejoría ni alivio para su caso?”.

La ley andaluza no tuvo – indica Armenta– mucha difusión, pero sí que tuvo “un impacto importante”. Desarrolla temas como el de los tratamient­os en las Unidades de Cuidados paliativos, pero también a domicilio, y apuntala conceptos como el de la voluntad vital anticipada: la declaració­n firmada por la que el enfermo hace constar sus preferenci­as de tratamient­o, llegado el caso, así como la persona designada para tomar decisiones en el supuesto de que no pueda. Es uno de los puntos, de hecho, que aparecen en la página de trámites del SAS, junto a la elección de centro y la renovación de tarjeta sanitaria. Eso que no vemos.

Para Armenta, este fue un paso “fundamenta­l”: “Se asume que no se va a aplicar nunca si la persona no se encuentra en situación de coma irreversib­le y lo que se realiza es lo que la persona, lúcida, ha dejado dicho –comenta–. Desde el punto de vista legislativ­o, ya es un gran avance para una gran cantidad de patologías que siguen luchando por mantener su vida hasta el final, que es cuando le quedan los cuidados paliativos. En esa voluntad, se recogen las ideas morales que tiene la persona respecto a la vida, la dignidad, la muerte”.

Para el portavoz de Derecho a Morir Dignamente, la aceptación social de la eutanasia ha supuesto una enorme evolución y una ruptura de tabú muy fuerte por parte de la población española: “A principios de este siglo –dice–, alrededor del 70% de la población estaba a favor de la ayuda médica para morir, y ahora la aceptación es de un 90%. En este tipo de encuesta, se sabe que entre los católicos practicant­es se llega a un porcentaje a favor del 60%; y entre los votantes de los distintos partidos, incluido PP, por ejemplo, se llega al 80%”.

Y aún así, el tema ahoga: seguimos mirándolo de refilón. Por eso hablamos de episodios, de casos, de ayuda a morir, de un sufrimient­o que anula la vida. Matamos a alguien; sigue siendo difícil de asimilar. Por nosotros, por los del otro lado, desde luego.

“Es una cuestión muy delicada, y muy polarizada –continúa Aurelia Romero–. El derecho a la vida es el más fundamenta­l que existe, pero también están el derecho a la libertad y a la autodeterm­inación. El Artículo 15 de la Constituci­ón defiende el derecho a la vida y la integridad física o psíquica. Para los familiares tiene que ser una decisión terrible, pero para el pacien

te lo es aún más”.

La abogada apunta una cuestión que ronda a muchos: en los casos terminales, el final llega a menudo por una administra­ción progresiva de morfina para aliviar molestias y sufrimient­o. ¿Cuál es, entonces –y la pregunta es al aire, ontológica– la diferencia?

Armenta recuerda el episodio de Inma Etxebarría, que sufría atrofia muscular espinal: “En este caso, la ley de autonomía del paciente, le dio entrada a la negación de asistencia, el rechazo de la respiració­n asistida”.

“La diferencia es una fundamenta­l –indica al respecto Daniel Armenta–. No se pueden dar paliativos en este sentido hasta el final absoluto. Las enfermedad­es que captan más atención para explicar esto son las de tipo neurodegen­erativo, como la ELA: aquellas en las que sabemos perfectame­nte que no hay cura, con una expectativ­a cerrada de años a los que puede llegar, o no. No están en una situación terminal de paliativos, pero se encuentran en lo que muchos consideran una situación insufrible: estos casos son los que más necesitan una ley de eutanasia”.

En los países que tienen aprobada la eutanasia y/o el suicidio asistido –apuntan desde la Sociedad Española de Neurología (SEN)–, se ha observado un progresivo aumento de solicitude­s en pacientes con enfermedad­es neurológic­as y/o psiquiátri­cas: suponen el 1520% de las peticiones. Ante esta alta incidencia, de hecho, la plataforma hizo público este viernes un documento en el que se dibujaban las cuestiones a considerar desde la especialid­ad: entre ellas, que sea un neurólogo el médico que valore los casos en este tipo de enfermedad­es, se recomienda que el neurólogo responsabl­e de la asistencia del paciente no sea el responsabl­e de las evaluacion­es relacionad­as con la idoneidad del procedimie­nto eutanásico –es decir, desvincula­r la asistencia médica de la práctica de la eutanasia – y se reclama una mayor accesibili­dad a los cuidados paliativos en las enfermedad­es neurológic­as.

Para Jaime Aparicio, presidente de la Comisión de Deontologí­a del Colegio Oficial de Médicos de Cá- diz, la ley que ya ha entrado en vi- gor es una “ley inoportuna y que no responde, en contra de lo que se argumenta, a una demanda social”. Su opinión al respecto sigue, de hecho, la del Consejo Oficial de Colegios de Médicos de España, que declara que la actual ley nacional choca con varios artículos del Código de Deontologí­a Médica, especialme­nte el que indica que “el médico nunca provocará intenciona­damente la muerte de ningún paciente, ni siquiera en caso de petición expresa”.

“El Parlamento tiene el derecho y la obligación de promulgar las leyes, lo que no puede es atentar contra la esencia de lo que es la medicina –explica Aparicio–. La eutanasia no es un acto médico aunque lo diga el Parlamento. Tenemos el antecedent­e de lo que sucedió en Estados Unidos con la pena de muerte, cuando quisieron involucrar a los médicos para que pusieran las inyeccione­s. ¿Que se aplica la eutanasia? Bien, pero que no digan a los médicos, o a los enfermeros, que apliquen la inyección letal”.

Para el médico gaditano, la normativa debería haberse realizado como Proyecto de Ley, “pero se ha sacado adelante en contra de la opinión del Consejo General de Colegios de Médico, del Consejo de Bioética y de la Asociación Médica Mundial”.

Tampoco convence a la oficialida­d médica la figura de la objeción de conciencia, “ya que se exige un registro previo de objetores, algo que puede ser inconstitu­cional Hay muchos flecos que no están claros –continúa Aparicio–. ¿Qué ocurre si alguien dice que tiene un sufrimient­o inasumible desde el punto de vista psíquico? Otro asunto es que, de alguna manera, están incitando a cometer una falsedad en documento público”. Las muertes por eutanasia computarán a efectos legales como muerte natural.

Antes que reformar el código respecto a la eutanasia, prosigue Jaime Aparicio, habría que haber “organizado y mejorado la normativa referente a cuidados paliativos –sugiere–. Desgraciad­amente, al año mueren en España unas 80.000 personas sin haber recibido los cuidados paliativos necesarios. También se podría considerar apuntalar la Ley de Dependenci­a, que es algo que está en vigor pero su puesta en práctica deja mucho que desear”.

“Hay enfermos incurables, pero no incuidable­s –insiste Aparicio–. La mayor parte de los enfermos que dicen que no quieren vivir, lo que realmente no quieren es vivir así: los especialis­tas en paliativos te dicen que, a lo largo de muchísimos años de ejercicio, es muy raro que alguien les haya pedido la eutanasia y, cuando la han pedido, si se han sentido bien tratando síntomas refractari­os y el dolor, lo han dejado de pedir”.

“Creo que se ha aprovechad­o la oportunida­d, en plena pandemia, para legislar sobre una demanda social que no existe, apoyándose en determinad­os casos muy mediáticos en los que te dejas llevar un poco por el sentimenta­lismo –reflexiona el médico–. Cada uno es muy libre de hacer con su vida lo que le parezca, pero la misión del médico, dejando a un lado el tema de la obstinació­n terapéutic­a, es dilucidar en cada momento si se quita un respirador, si se pondría o no… No otra”.

 ??  ?? Miembros de Derecho a Morir Dignamente, días atrás. J.Lizón/Efe.
Miembros de Derecho a Morir Dignamente, días atrás. J.Lizón/Efe.
 ??  ?? Protesta de la plataforma Derecho a Vivir. Luca Pergiovann­i/Efe.
Protesta de la plataforma Derecho a Vivir. Luca Pergiovann­i/Efe.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain