El TC declara ilegal el confinamiento del primer estado de alarma
● El tribunal, muy dividido, considera que para cerrar hubiera sido preciso el estado de excepción
El Tribunal Constitucional anuló ayer por una ajustada mayoría de seis votos contra cinco el confinamiento domiciliario que incluía el decreto del primer estado de alarma aprobado por el Gobierno, una decisión que, a falta de conocer los argumentos, deja en el aire las multas impuestas durante ese periodo.
Tras un intenso debate que se ha prolongado durante dos plenos, un tribunal muy dividido estima por tanto parcialmente el recurso de Vox y declara inconstitucional varios preceptos del real decreto del 14 de marzo del año pasado con el que el Ejecutivo de Pedro Sánchez implantó el estado de alarma para combatir la pandemia, según informa el TC en un comunicado que recogió Efe.
Se trata de los apartados 1,3 y 5 del artículo 7, que limitó durante meses la libertad de circulación a una serie de actividades tasadas, como la compra de alimentos o el cuidado de mayores;
La resolución puede suponer la anulación de las multas impuestas en la primavera de 2020
Pilar Llop MINISTRA DE JUSTICIA
“El confinamiento del estado de alarma permitió salvar cientos de miles de vidas”
Santiago Abascal VOX
“El Gobierno cometió la mayor vulneración de derechos y libertades a los españoles”
Pablo Casado PARTIDO POPULAR
“Es un varapalo judicial; el Gobierno debe aprobar una Ley de Pandemias”
Pablo Echenique UNIDAS PODEMOS
“Que se llamen Tribunal ‘Voxtitucional’ y se presenten a las elecciones”
restringió la circulación de vehículos particulares y permitió al ministro del Interior cerrar la circulación en carreteras por razones de salud pública, entre otros.
La sentencia, cuyos argumentos se conocerán en los próximos días, siembra la duda sobre las multas impuestas en la primavera de 2020 por saltarse en confinamiento. Unas sanciones que, según informan a Efe fuentes jurídicas, podrían ser anuladas tras el correspondiente procedimiento de reclamación. Entre el 14 de marzo y el 20 de junio se impusieron casi 1,2 millones de multas.
Sin embargo, según las fuentes judiciales, la resolución sí excluye la responsabilidad patrimonial del Estado, dado que la sentencia entiende que los ciudadanos tenían el deber jurídico de soportar las medidas decretadas en ese primer estado de alarma y que la inconstitucionalidad decretada en principio no sería título suficiente para fundamentar una reclamación patrimonial ante la Administración.
El TC no cuestiona las medidas anuladas, sino el instrumento que utilizó el Gobierno para implantarlas al entender que el estado de alarma no permite una suspensión generalizada de derechos fundamentales y que debería haber acudido al estado de excepción, que está sujeto a un mayor control parlamentario, dado que debe ser autorizado previamente por el Congreso de los Diputados.
El tribunal adopta esta decisión con una ajustada mayoría en la que el voto de la vicepresidenta, Encarnación Roca, fue decisivo para inclinar la balanza a favor de los cinco magistrados –todos del bloque conservador– que apoyaban la ponencia de Pedro González-Trevijano que finalmente ha salido adelante. Contó, no obstante, con la oposición de cinco magistrados, tres de corte progresista –Cándido Conde-Pumpido, Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer– y dos del sector conservador –el presidente, Juan José González Rivas, y Andrés Ollero–, que se alinearon con sus compañeros al estimar que el Ejecutivo actuó correctamente optando por el estado de alarma para decretar el encierro domiciliario.
El texto no pone en tela de juicio la idoneidad de las medidas, al enmarcarse en una pandemia global y en que fueron semejantes a las de los países de nuestro entorno, si bien considera que la intensidad y gravedad de esas limitaciones, como el derecho de circulación, fruto del confinamiento en las casas, derivaron en una suspensión que no tiene acomodo en la Constitución.
La ministra de Justicia, Pilar Llop, declaró ayer que “el Gobierno respeta pero no comparte” la decisión del TC, al tiempo que defendió que el confinamiento sirvió para “salvar vidas”. “En aquel momento, el deber del Gobierno era tomar medidas inmediatas, urgentes y proporcionadas para contener la propagación de un virus desconocido y defender la vida de millones”, dijo.
El líder del PP, Pablo Casado, definió la decisión del TC de “varapalo judicial” al Gobierno central, al que emplazó a “aprobar de una vez” una Ley de Pandemias. “Somos el único partido que ha propuesto alternativas y el único que sigue tendiendo la mano en la quinta ola”, dijo.