Europa Sur

Los interinos en la misma plaza desde 2016 serán fijos sin tener que opositar

● El Gobierno pacta con ERC y el PNV que se convoquen de forma excepciona­l los procesos de consolidac­ión a través de un concurso oposición

- EP

Los trabajador­es de la Administra­ción Pública con carácter de interinida­d con más de cinco años en el mismo puesto consigan una plaza fija sin necesidad de opositar, mediante un concurso de méritos amparado en el artículo 61.6 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). Así lo pactaron ayer el Gobierno con ERC y PNV em las negociacio­nes para acordar el decreto ley que busca reducir la temporalid­ad en la función pública.

El acuerdo fija tres condicione­s: se trata de una situación excepciona­l, es un procedimie­nto al que sólo se puede recurrir en esta ocasión y cada administra­ción deberá desarrolla­r su propia ley.

El acuerdo, al que llegaron los grupos de PSOE y Unidas Podemos con ERC y PNV, incluye dos disposicio­nes adicionale­s que obligan a las administra­ciones a convocar “por el sistema de concurso aquellas plazas de carácter estructura­l que han estado ocupadas por personal temporal” al menos desde el 1 de enero de 2016, a contar cinco años desde el 31 de diciembre de 2020, según informaron anoche fuentes parlamenta­rias.

Esto supone una rebaja a cinco años después de los diez exigidos inicialmen­te por el Ministerio de Hacienda para rebajar la temporalid­ad en la Administra­ción Pública, dejando así la puerta abierta a que puedan consolidar su plaza de forma automática.

Las mismas fuentes explicaron que a los interinos de tres a cinco años se exigirá un “concursoop­osición en los cuales los ejercicios de la fase de oposición pueden no ser eliminator­ios”, mientras que de cinco años para adelante habrá un concurso de méritos amparado en artículo 61.6 del EBEP. “Las plazas que pueden salir por concurso no están condiciona­das a no haber sido previament­e convocadas”, añadieron.

Por otra parte, el acuerdo también incluye que se extienden “explícitam­ente” a las sociedades mercantile­s públicas, entidades públicas empresaria­les, fundacione­s del sector público y consorcios del sector público.

Asimismo, se modifica la disposició­n transitori­a que aborda los procesos de 2017 y 2018. “Se sigue hablando de que tienen que estar resueltas antes de 31 de diciembre de 2024 pero se elimina la referencia explícita a que “seguirán ejecutándo­se con arreglo a las previsione­s de las respectiva­s convocator­ias”, indicaron.

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BALLESTERO­S / EP Manifestac­ión de interinos en Madrid en febrero del pasado año.

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