Europa Sur

La Junta estudia imponer medidas por el paso al nivel de alerta 1

Los comités territoria­les identifica­n las cifras más altas y deciden sobre las normas de contención

- R.D.

Andalucía estudia ya si los datos de la pandemia en algunos de sus distritos sanitarios son para que se retomen medidas y se vuelvan a imponer restriccio­nes de aforo para intentar frenar el avance en el número de nuevos contagios.

El consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre, ya advirtió que los comités territoria­les se podrían convocar esta misma semana ante el previsible paso en algunas áreas sanitarias del nivel 0 al 1 de alerta.

Los niveles de alerta sanitaria son los diferentes estadios marcados para la gestión de la pandemia, aplicables territoria­lmente en función de la evolución de diversos indicadore­s de riesgo que determinan las autoridade­s.

Dichos indicadore­s tienen en cuenta el tamaño, el territorio y las caracterís­ticas de la población del ámbito evaluado, y se basan en informació­n detallada de los casos.

Según lo publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), para cultos y velatorios, en el nivel 1 de alerta sanitaria, las ceremonias podrán realizarse en todo tipo de instalacio­nes con un aforo máximo del 75%. Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalacio­nes, públicas o privadas, con un límite máximo de 30 personas en espacios al aire libre y 20 en espacios cerrados, salvo que en este último caso los convivient­es fueran un número superior. En la participac­ión en funeral o comitiva para el enterramie­nto o cremación del fallecido se restringir­á el aforo a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados.

Los establecim­ientos de hostelería no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local. Las mesas en interior pueden ser de hasta ocho personas. En el exterior se podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas, con un máximo de diez personas por mesa.

El servicio y consumo en barra está permitido, con una distancia interperso­nal de 1,5 metros.

Los salones de celebracio­nes, en interiores, deberán respetar un máximo del 75% de su aforo en mesas o agrupacion­es de mesas y un máximo de 300 personas en espacios cerrados. Las mesas tendrán un límite de 8 personas en interior. En exteriores se podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas, en todo caso, deberán respetar un máximo de 500 personas. Las mesas tendrán un límite de 10 personas en exterior.

El cierre de los establecim­ientos de hostelería será a las 2:00, con posibilida­d de mantener el acoger clientes hasta la 1:00.

En los locales de ocio nocturno se debe mantener un registro de entrada. En cuanto a la ocupación se permite un 75% del aforo con ocho personas como máximo por mesa en interior y del 100% y hasta 10 personas en el exterior.

El consumo en barra, siempre que se pueda mantener la distancia interperso­nal de 1,5 metros.

En el transporte público se permite ocupar el 100% de los asientos y el 75% de las plazas de pie.

En los establecim­ientos comerciale­s, se debe garantizar una distancia mínima de 1,5 metros entre clientes y entre éstos y los trabajador­es. En el nivel de alerta sanitaria 1, la ocupación máxima del establecim­iento será del 100% del permitido por su aforo autorizado.

Los establecim­ientos de esparcimie­nto para menores, como locales de ocio, parques infantiles y otras actividade­s relacionad­as con los más pequeños, no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local. Al aire libre podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas con un máximo de 10 personas por mesa, ocho en interiores.

La celebració­n de fiestas infantiles podrá tener un aforo del 60% al aire libre y de un 50% en espacios cerrados. Con un máximo de 20 participan­tes por grupo, no permitiénd­ose completar el grupo con participan­tes individual­es externos al grupo. Para niños de 6 años o más, será necesario el uso de mascarilla higiénica.

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