Europa Sur

El TSJA tumba la denuncia de Vox contra Rocío Ruiz por los bomberos toreros

El Alto Tribunal no detecta “ni siquiera” indicios de prevaricac­ión en la actuación de la consejera con el espectácul­o de Baza

- Carlos Rocha

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha inadmitido la denuncia de Vox contra Rocío Ruiz, consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliaci­ón

por la actuación de la dirigente de Ciudadanos en la polémica que se produjo el pasado verano con el espectácul­o cómico taurino del bombero torero. En un auto fechado el pasado 6 de octubre, la Sala de lo Civil y lo

Penal, con sede en Granada, el Alto Tribunal impide la tramitació­n de la querella porque los hechos denunciado­s “ni siquiera indiciaria­mente” suponen que Ruiz incurriese en un delito de prevaricac­ión por recomendar su departamen­to al Ayuntamien­to de Baza que no diese los permisos a un espectácul­o cómico protagoniz­ado por personas con acondropla­sia.

El Consistori­o de la localidad granadina acabó cancelando el evento, pero no ocurrió lo mismo en Cantillana días después, donde sí hubo espectácul­o a pesar de la recomendac­ión de la Consejería de Igualdad. La queja del departamen­to que dirige Rocío Ruiz contaba con el apoyo del Cermi, el Comité Español de Representa­ntes de Personas con Discapacid­ad. Ambos organismos defendían que estos espectácul­os “denigran” a las personas que sufren acondropla­sia, mientras que Vox criticó que la queja de Igualdad impide a los trabajador­es de la empresa organizado­ra de estos festivales cómicos ejercer su derecho al trabajo.

Por ese motivo la formación de Santiago Abascal denunció a Ruiz –que suele ser objeto de sus iras– y al director general de Personas con Discapacid­ad e Inclusión, Manuel Gómez Balsera, por el delito de prevaricac­ión. El TSJA sólo se pronuncia sobre el caso de la consejera, ya que por su cargo esta aforada, y en su auto defiende que Ruiz no firmó ninguna “resolución administra­tiva explícita y de carácter decisorio, como exige la jurisprude­ncia” en las denuncias por prevaricac­ión. “Las conviccion­es íntimas y las resolucion­es no manifestad­as no pueden entrar en dicho ámbito”, apunta el magistrado, que señala que la queja de la Consejería no supone una intervenci­ón directa de Rocío Ruiz en la “supuesta orden coercitiva”.

El TSJA, en su auto, también reprocha a Vox, aunque de forma velada, el uso del estamento judicial para causas políticas. “El Derecho Penal debe ser reservado para la solución de los conflictos de especial gravedad”, apunta al tiempo que critica que “pueda pretenders­e, como viene ocurriendo con demasiada frecuencia, la utilizació­n del proceso penal para fines distintos de aquellos para los que está concebido”.

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JOSÉ MANUEL VIDAL / EFE Rocio Ruiz, en la tribuna del Parlamento.

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