La Justicia extiende la obligación del certificado Covid hasta el 31 de enero
La evolución de la pandemia
El TSJA avala la medida para locales de ocio, residencias y centros sanitarios La Junta argumentó el aumento de casos de la sexta ola
El pasaporte o certificado Covid seguirá vigente como mínimo hasta el 31 de enero. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, acordó ayer prorrogar hasta el próximo día 31 de enero la medida de exhibición del certificado de vacunación o prueba diagnóstica para el acceso a los locales de hostelería y ocio, así como para acceder a centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter
La “prórroga es adecuada para prevenir la transmisión”, defiende la Sala
residencial. La medida se prolonga pues desde el 17 de diciembre.
Las medidas han sido ratificadas mediante sendos autos emitidos por la Sala de lo Contencioso y responden a las peticiones formuladas por la Junta para hacer frente a la situación de aumento de casos a raíz de la nueva variante ómicron, según informó ayer el TSJA.
En su doble petición de la prórroga temporal, la Junta argumenta que, si bien “la cobertura vacunal es elevada, nos encontramos en una situación de aumento muy importante de casos de la sexta ola que comenzó con un aumento de casos de una forma lenta y sostenida en la semana 41 (11-17 de octubre) y que se ha acelerado de forma exponencial en las últimas tres semanas”. El resultado de esta situación es que, “a nivel de distritos sanitarios, todos están en nivel de riesgo muy alto” y “se está produciendo un aumento en el número de casos diagnosticados”.
La Sala considera que, “en el momento actual en que se solicita la prórroga de la medida, por considerarla necesaria, idónea y proporcionada, la situación epidemiológica descrita en el informe que se acompaña justifica la prórroga de la medida, dado el incremento exponencial en la incidencia y la capacidad de transmisión y contagio” revelada con la variante dominante ómicron.
Respecto a la necesidad de presentar el certificado de vacunación o la prueba diagnóstica para acceder a los locales de ocio, el auto estima que la prórroga “es adecuada para prevenir la transmisión de la enfermedad; necesaria, porque es menos agresiva, y no afecta significativamente a la posibilidad de acceso a dichos establecimientos ni, desde luego, a la actividad que realizan; y proporcionada, porque sirve para preservar la salud y reducir los riesgos, mientas que incide tenuemente en los derechos a la igualdad y a la intimidad”.
Sin embargo, el TSJA admite la