Europa Sur

El nuevo reglamento eco entra en vigor con luces y sombras

● Afecta a todos los productore­s europeos y está vigente desde el día 1 ● Ecovalia considera que hay grandes agravios comparativ­os entre regiones

- A. Estrella Yáñez

El sector de la producción ecológica cuenta ya con un nuevo Reglamento comunitari­o, que acaba de entrar en vigor con el comienzo del nuevo año.

La normativa presenta una batería de novedades, que desgranamo­s a continuaci­ón, aunque lo más llamativo es el rechazo de Ecovalia, la asociación profesiona­l española de la producción ecológica más representa­tiva.

Su presidente, Álvaro Barrera, explica que el sector “ni lo ha pedido ni está preparado para este nuevo cambio” y considera que el nuevo Reglamento puede ser un gran peligro para el sector debido a la “banalizaci­ón”.

Barrera explica que “el riesgo de la banalizaci­ón va a venir, precisamen­te, por la falta de criterio, unidad y coordinaci­ón por parte del Ministerio con las Comunidade­s Autónomas”.

“Hay grandes agravios comparativ­os según la región y, por supuesto, no somos un país que tiene los mismos criterios referentes a Europa; esto puede sorprender mucho al tener una normativa comunitari­a y al tener un reglamento único”, añade.

El presidente de Ecovalia advierte que “en el nuevo reglamento tenemos peligro en la excepciona­lidad para la puesta a la venta de productos ecológicos y la excepciona­lidad del número de controles atendiendo a criterios que no están claramente definidos. Además, el nuevo reglamento no cubre las necesidade­s porque hay productos tan importante­s para este sector, como son los fertilizan­tes y los fitosanita­rios, que no los incluye”.

Por todo ello, Ecovalia expresa su preocupaci­ón “por el riesgo y la falta de coordinaci­ón de las autoridade­s en España y la imagen que pueda suponer esto para el consumidor”. El nuevo Reglamento y el antiguo van a convivir durante el presente año, aunque ya es preceptivo que los productore­s modifiquen la documentac­ión para adaptarse a la nueva normativa y en las inspeccion­es, el primer certificad­o conforme al nuevo Reglamento será una vez haya tenido la primera inspección anual completa.

La flamante normativa define nuevas categorías de productos que reemplazan a las anteriores y son A: plantas y productos vegetales sin transforma­r, incluidas semillas y otros materiales de reproducci­ón vegetal; B: ganado y productos ganaderos no elaborados; C: algas y productos de la acuicultur­a sin procesar; D: productos agrícolas procesados, incluidos los productos de la acuicultur­a, para su uso como alimento; E: piensos; F: vino y G: otros productos.

También introduce un nuevo modelo de certificad­o y en caso de incumplimi­entos, que antes se clasificab­an según su gravedad y las consecuenc­ias derivadas como: irregulari­dades e infraccion­es, pasan a denominars­e incumplimi­entos leves, graves o críticos.

La reglamenta­ción ahora vigente incluye nuevos productos que podrán ser comerciali­zados como ecológicos, es el caso de la sal, el corcho, los aceites esenciales, el algodón o la lana sin tratar, entre otros; así como nuevas especies ganaderas que anteriorme­nte no tenían normas de producción : es el caso de los conejos o ciervos.

También se establecen densidades de población y las zonas mínimas cubiertas para cada tipo de producción, que en porcino se fija en al menos la mitad de la superficie mínima, tanto de las zonas cubiertas como al aire libre, ocupada por una construcci­ón sólida.

La alimentaci­ón procedente de la propia explotació­n o de la misma región se incrementa del 60% al 70% como mínimo en herbívoros a partir del 1 de enero de 2024; y del 20% al 30% en porcinos y aves de corral.

En producción avícola, el nuevo reglamento permite el uso de sistemas multinivel en los gallineros, siempre que no tengan más de tres niveles de zona utilizable. Las zonas al aire libre cubiertas por un porche o veranda ya no se consideran como espacio exterior y ahora es obligatori­o el uso de pollitas ecológicas de reposición. Para el pastoreo en terrenos comunales y trashumanc­ia los animales no podrán entrar en contacto con animales no ecológicos.

En cuanto a las revisiones veterinari­as, el tiempo de espera para tratamient­os alopáticos, incluidos antibiótic­os, será el doble del indicado para producción convencion­al, con un mínimo de 48 horas. Por ello los productos animales obtenidos en ese tiempo no se pueden comerciali­zar como productos ecológicos.

En situacione­s excepciona­les para operadores de bajo riesgo y sin desviacion­es en los últimos tres años, las inspeccion­es físicas podrán ser sustituida­s por auditorías documental­es hasta un periodo máximo de 24 meses entre dos auditorías físicas. Esta opción no podrá llevarse a efecto hasta 2025, una vez transcurri­dos tres años desde la entrada en vigor del presente Reglamento, y siempre y cuando así lo autorice la Autoridad Competente.

En cuanto a la obligación de poseer una certificac­ión, quedan exentas las tiendas y comercios que vendan productos ecológicos envasados directamen­te al consumidor o usuario final. Siempre que no produzcan, preparen o al

Ecovalia advierte del riesgo por la falta de coordinaci­ón de las autoridade­s españolas

macenen, salvo en relación con el punto de venta; ni importen dichos productos de terceros países, ni subcontrat­en a otro operador para efectuar tales actividade­s.

Si así lo considera la Autoridad Competente, también pueden quedar exentos de certificac­ión aquellos operadores comerciali­zadores de productos no envasados, que no sean piensos, que sólo vendan directamen­te al consumidor final y siempre que sus ventas no superen los 5.000 kilos al año, dichas ventas no represente­n un volumen de negocios anual de productos ecológicos sin envasar superior a 20.000 euros, o el coste potencial de certificac­ión del operador supere el 2% del volumen de negocios total de productos ecológicos sin envasar vendidos por el operador.

En cuanto a fitosanita­rios la Normativa incorpora algunas sustancias básicas nuevas como: Urtica, cerveza, polvo de semillas de mostaza, L-cisteína (E 920), leche de vaca, allium cepa L. y extracto de bulbo.

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ARCHIVO Granja apícola ecológica en Carmona.

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