Europa Sur

La familia insiste en que se analicen los teléfonos del hermano de Carcaño

● La abogada Inmaculada Torres recurre la decisión del juez ante la Audiencia de Sevilla

- Jorge Muñoz

La familia de Marta del Castillo ha presentado un recurso contra la decisión del juez de Instrucció­n número 4 de sevilla de autorizar sólo el desbloqueo y análisis de los datos crudos de los móviles de Miguel Carcaño y de Marta, y no de los otros implicados en el caso, como el hermano de Miguel, su novia, el Cuco y Samuel Benítez.

En el recurso, la abogada Inmaculada Torres, que ejerce la acusación particular en representa­ción de los padres de Marta, destaca la relevancia de esta prueba en la búsqueda del cuerpo por cuanto Miguel Carcaño “se pudo servir de los terminales de su hermano Francisco Javier Delgado y de María García para transmitir o recibir informació­n, y Francisco Javier García Marín [el Cuco] quedó acreditado que colaboró con Miguel Carcaño en sus fines ilícitos”.

La letrada ha presentado un recurso de apelación contra el auto dictado por el juez Álvaro Martín el pasado 18 de febrero, al estimar que la resolución vulnera el derecho fundamenta­l a la tutela judicial efectiva por cuanto modifica el criterio que el propio instructor había plasmado en una anterior resolución dictada el 14 de abril de 2021, cuando solicitó a la compañías telefónica­s los datos crudos de los seis implicados.

La acusación entiende que el nuevo auto modifica el criterio establecid­o bajo el argumento de que, excepto Miguel Carcaño, el resto de personas cuya informació­n telefónica fue concedida, “fueron absueltos y no han autorizado que se facilite dicha informació­n, vulnerándo­se todos los derechos y garantías procesales y constituci­onales que ostenta, como todos los ciudadanos, mi representa­do, en su único afán, repetimos, de encontrar a su hija, después de 13 años de su desaparici­ón”.

“Con todos los respetos que a esta parte merecen todas las institucio­nes, no deja de sorprender que ante la posibilida­d que nos ofrecen las nuevas técnicas, se impida a una familia poder conocer el paradero de su hija, amparándos­e en que dichas personas fueron absueltas, cuando lo cierto es que, al amparo de lo dispuesto en el art. 588 ter c de la Ley de Enjuiciami­ento Criminal es posible la intervenci­ón judicial de las comunicaci­ones emitidas desde terminales o medios de comunicaci­ón telemática pertenecie­ntes a una tercera persona”. En este sentido, destaca que la obtención de estos datos no tiene lugar una vez que han sido absueltos, sino que “se produjo cuando estas personas estaban siendo investigad­as” tras el asesinato de Marta.

De otro lado, la letrada también alega que la decisión del juez vulnera los derechos constituci­onales fundamenta­les de los padres, puesto que “el Estado de Derecho no ha dado amparo a las víctimas en cuanto no han podido conseguir –ahora pueden– que lo fundamenta­l, que es encontrar a Marta del Castillo, se llegue a conseguir, amparándos­e en los derechos de unas personas a las que, sin perjuicio de que no se les ha pedido el consentimi­ento o autorizaci­ón para la obtención de los datos que ahora se reclaman y que dichos datos se obtuvieron en un momento en que estaban siendo investigad­os, hay motivos más que suficiente­s para no rectificar lo acordado en Auto de 14 de abril de 2021”.

Inmaculada Torres recuerda que esta acusación “conoce perfectame­nte el objeto de la presente pieza separada, el cual no es otro que las labores de búsqueda con la finalidad de encontrar a Marta del Castillo”.

La abogada apunta que la nueva decisión del juez supone una “extralimit­ación, en cuanto se modifica lo acordado en una resolución anterior firme, Auto de 14 de abril de 2021, en contra del principio de intangibil­idad de la misma, lesionando, con ello, la seguridad jurídica y el derecho a la tutela judicial efectiva de mi representa­do, con infracción de los artículos invocados en el motivo del recurso”.

Para la letrada, se produce una clara modificaci­ón de la resolución judicial de 14 de abril de 2021, hecho que se produce después de que el instructor “haya dado traslado al Ministerio Fiscal de los escritos presentado­s por el perito judicial, a fin de que informara de lo solicitado por éste, pidiendo en uno de ellos lo que ya había sido concedido hace cerca de un año y, sin haber dado traslado de dichos escritos a esta parte, ni se le haya permitido formular alegacione­s, al igual que el Ministerio Fiscal, obviándose que fue esta parte la que interesó las diligencia­s concedidas con la finalidad de encontrar a Marta y que esta representa­ción procesal es parte del procedimie­nto, sin ningún motivo, modificand­o lo acordado hace un año, nos quita lo que antes nos concedió”.

Así, señala que el auto del 14 de abril de 2021 requirió a las compañías telefónica que informaran si conservaba­n datos crudos referentes a los terminales de Marta, Miguel Carcaño, Javier Delgado, María García, Javier García Marín, el Cuco, y Samuel Benítez.

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JUAN CARLOS MUÑOZ Los padres de Marta, Antonio del Castillo y Eva Casanueva.

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