La familia insiste en que se analicen los teléfonos del hermano de Carcaño
● La abogada Inmaculada Torres recurre la decisión del juez ante la Audiencia de Sevilla
La familia de Marta del Castillo ha presentado un recurso contra la decisión del juez de Instrucción número 4 de sevilla de autorizar sólo el desbloqueo y análisis de los datos crudos de los móviles de Miguel Carcaño y de Marta, y no de los otros implicados en el caso, como el hermano de Miguel, su novia, el Cuco y Samuel Benítez.
En el recurso, la abogada Inmaculada Torres, que ejerce la acusación particular en representación de los padres de Marta, destaca la relevancia de esta prueba en la búsqueda del cuerpo por cuanto Miguel Carcaño “se pudo servir de los terminales de su hermano Francisco Javier Delgado y de María García para transmitir o recibir información, y Francisco Javier García Marín [el Cuco] quedó acreditado que colaboró con Miguel Carcaño en sus fines ilícitos”.
La letrada ha presentado un recurso de apelación contra el auto dictado por el juez Álvaro Martín el pasado 18 de febrero, al estimar que la resolución vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva por cuanto modifica el criterio que el propio instructor había plasmado en una anterior resolución dictada el 14 de abril de 2021, cuando solicitó a la compañías telefónicas los datos crudos de los seis implicados.
La acusación entiende que el nuevo auto modifica el criterio establecido bajo el argumento de que, excepto Miguel Carcaño, el resto de personas cuya información telefónica fue concedida, “fueron absueltos y no han autorizado que se facilite dicha información, vulnerándose todos los derechos y garantías procesales y constitucionales que ostenta, como todos los ciudadanos, mi representado, en su único afán, repetimos, de encontrar a su hija, después de 13 años de su desaparición”.
“Con todos los respetos que a esta parte merecen todas las instituciones, no deja de sorprender que ante la posibilidad que nos ofrecen las nuevas técnicas, se impida a una familia poder conocer el paradero de su hija, amparándose en que dichas personas fueron absueltas, cuando lo cierto es que, al amparo de lo dispuesto en el art. 588 ter c de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es posible la intervención judicial de las comunicaciones emitidas desde terminales o medios de comunicación telemática pertenecientes a una tercera persona”. En este sentido, destaca que la obtención de estos datos no tiene lugar una vez que han sido absueltos, sino que “se produjo cuando estas personas estaban siendo investigadas” tras el asesinato de Marta.
De otro lado, la letrada también alega que la decisión del juez vulnera los derechos constitucionales fundamentales de los padres, puesto que “el Estado de Derecho no ha dado amparo a las víctimas en cuanto no han podido conseguir –ahora pueden– que lo fundamental, que es encontrar a Marta del Castillo, se llegue a conseguir, amparándose en los derechos de unas personas a las que, sin perjuicio de que no se les ha pedido el consentimiento o autorización para la obtención de los datos que ahora se reclaman y que dichos datos se obtuvieron en un momento en que estaban siendo investigados, hay motivos más que suficientes para no rectificar lo acordado en Auto de 14 de abril de 2021”.
Inmaculada Torres recuerda que esta acusación “conoce perfectamente el objeto de la presente pieza separada, el cual no es otro que las labores de búsqueda con la finalidad de encontrar a Marta del Castillo”.
La abogada apunta que la nueva decisión del juez supone una “extralimitación, en cuanto se modifica lo acordado en una resolución anterior firme, Auto de 14 de abril de 2021, en contra del principio de intangibilidad de la misma, lesionando, con ello, la seguridad jurídica y el derecho a la tutela judicial efectiva de mi representado, con infracción de los artículos invocados en el motivo del recurso”.
Para la letrada, se produce una clara modificación de la resolución judicial de 14 de abril de 2021, hecho que se produce después de que el instructor “haya dado traslado al Ministerio Fiscal de los escritos presentados por el perito judicial, a fin de que informara de lo solicitado por éste, pidiendo en uno de ellos lo que ya había sido concedido hace cerca de un año y, sin haber dado traslado de dichos escritos a esta parte, ni se le haya permitido formular alegaciones, al igual que el Ministerio Fiscal, obviándose que fue esta parte la que interesó las diligencias concedidas con la finalidad de encontrar a Marta y que esta representación procesal es parte del procedimiento, sin ningún motivo, modificando lo acordado hace un año, nos quita lo que antes nos concedió”.
Así, señala que el auto del 14 de abril de 2021 requirió a las compañías telefónica que informaran si conservaban datos crudos referentes a los terminales de Marta, Miguel Carcaño, Javier Delgado, María García, Javier García Marín, el Cuco, y Samuel Benítez.