Europa Sur

El TSJA ordena levantar las barreras frente al Covid en los juzgados de la provincia

El Alto Tribunal andaluz ve razonable eliminar ya los obstáculos que impiden el libre acceso a las sedes

- Julia Alarcón

Una cristalera de grandes dimensione­s cubre la zona donde trabajan los funcionari­os de los Juzgados de San Fernando. La mampara, además, está cubierta con un rollo de papel opaco. A la izquierda, una pequeña ventanilla junto a un mostrador marca el lugar para guardar turno y ser atendido. La sede judicial isleña, como tantas otras, mantiene las barreras anti-covid que en su día se establecie­ron para hacer frente a la pandemia. Ocurre también en los Juzgados de Sanlúcar o en los Juzgados de lo Penal de la capital gaditana, donde abogados, acusados o testigos, entre otros, esperan en la calle a ser llamados para entrar en sala.

Han sido numerosas las denuncias formuladas por abogados, procurador­es y graduados sociales ante las dificultad­es que han sufrido en los últimos meses para poder desempeñar su trabajo en las sedes judiciales gaditanas, “parapetada­s” frente al coronaviru­s hasta unos límites que los operadores jurídicos considerab­an excesivos.

Tras multitud de quejas y ante una situación sanitaria relativame­nte estabiliza­da, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado un acuerdo, con fecha de 16 de mayo, por el cual “considera razonable la eliminació­n de barreras y obstáculos físicos que impiden el libre acceso a las oficinas judiciales”. Todo ello, “en aras de compatibil­izar la dignidad del ejercicio profesiona­l de los distintos operadores jurídicos y superar las limitacion­es y restriccio­nes impuestas desde el comienzo de la pandemia”.

“Perviviend­o aún el Covid entre nosotros –apunta el TSJA– es necesario armonizar la presencia de los diferentes operadores jurídicos en los edificios judiciales con la normativa vigente. En este sentido, dada la distinta capacidad, configurac­ión, distribuci­ón y aforo de las sedes judiciales, se hace oportuno respetar las indicacion­es dadas, precisamen­te, en orden a facilitar el citado acceso”.

El Alto Tribunal andaluz explica que en el interior de las oficinas judiciales se desarrolla­n actos que no se limitan a la mera consulta de un expediente ni a la entrega o recepción de documentos, lo cual se puede realizar en un breve espacio de tiempo en la gran mayoría de las ocasiones, sino que, además, tienen lugar actuacione­s cuya duración puede extenderse en el tiempo.

Por todo ello, “no se puede establecer una norma general, máxime cuando puede existir un número de personas en su interior que haga aconsejabl­e que la atención se haga de forma ordenada y, en cierto modo, individual­izada, con el objetivo de evitar aglomeraci­ones persistent­es de profesiona­les y de público”, expone el acuerdo, que añade que, en tales casos, la entrada en los juzgados se hará respetando las indicacion­es que a tal efecto se den desde la propia oficina con la dirección del Letrado de la Administra­ción de Justicia, “sin que en ningún momento se puedan usar barreras físicas de ningún tipo, como sigue siendo habitual en muchas sedes judiciales”, concluye.

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D.C. Juzgados de San Fernando con cristalera­s cubiertas de papel.

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