La Fiscalía rechaza aplicar la doctrina Atristain de forma general
La Fiscalía del Tribunal Supremo se opone a aplicar de forma general y automática la llamada doctrina Atristain que los etarras pretenden usar para poder salir de prisión, en virtud de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos favorable a Xabier Atristain Gorosabel.
El TEDH dictaminó que no permitir a Atristain elegir abogado cuando fue detenido en 2010 y se encontraba en régimen de incomunicación pudo impactar en su confesión inicial y en el juicio posterior, y condenó a España a indemnizarle con 12.000 euros por daños morales y 8.000 en concepto de gastos y honorarios.
La Fiscalía se opone a la revisión de la condena de Atristain, sentenciado a 17 años, porque entiende que no concurren los supuestos normativos y porque su condena se basó en más pruebas al margen de su declaración, si bien el fallo del TEDH concluyó que la prohibición de
El Ministerio Público se opone a la revisión de la pena del etarra, sentenciado a 17 años
elegir abogado “fue tal que socavó la equidad del proceso penal posterior en la medida en que la declaración inicial incriminatoria del demandante fue admitida como prueba”.
Además, el Ministerio Público sostiene que no se puede hacer una aplicación automática de la sentencia de Estrasburgo a supuestos diversos, sino que el análisis ha de llevarse a cabo de manera individualizada, caso por caso.
Tras esa sentencia, que la Gran Sala del TEDH rechazó reexaminar a petición de la Abogacía del Estado, Atristain salió de prisión el 17 de febrero y las asociaciones de víctimas mostraron su temor de que sea un precedente para una excarcelación masiva de presos etarras. De hecho, la ex dirigente Iratxe Sorzabal invocó el caso de Atristain para solicitar al Supremo que revoque su condena a 24 años y medio de prisión por un doble atentado. Su defensa ha invocado al TEDH en el recurso contra la sentencia en la que la Audiencia Nacional la consideró responsable de diversos delitos por un doble atentado en 1996 en Gijón.