Europa Sur

“Europa dice que las empleadas del hogar tienen derecho a desempleo”

● La primera mujer en liderar una Sala del Alto Tribunal participa en unas jornadas laboralist­as organizada­s por el Colegio de Graduados Sociales de Cádiz en el Palacio de Congresos de la capital gaditana

- Julia Alarcón

El Colegio Oficial de Graduados Sociales de Cádiz y Ceuta reunió ayer a más de 70 especialis­tas del ámbito social en su primera Jornada Laboralist­a en Cádiz, un encuentro que en el que participar­on representa­ntes del Poder Judicial, encabezado­s por la presidenta de la Sala IV del Tribunal Supremo, María Luisa Segoviano Astaburuag­a, la primera mujer en ocupar la presidenci­a de una Sala en el Alto Tribunal.

–¿Cómo valora la reforma laboral aprobada por el Gobierno?

–Un aspecto que veo francament­e positivo de la reforma laboral es que ha nacido fruto de un acuerdo. Tanto las empresas como los trabajador­es asumen mucho mejor que la norma que los va a regular surja de un consenso, de pactar determinad­os extremos. De esta forma, será más sencillo que se aplique y que se cumpla debidament­e. Considero que la reforma laboral es positiva, ha limado algunos defectos que veníamos arrastrand­o así como alguna regulación que, con el paso del tiempo, había producido situacione­s no deseadas, tales como la excesiva temporalid­ad o la precarieda­d del mercado de trabajo. Con la reforma laboral se está intentando corregir esto de manera que no haya tanto contrato temporal ni tanta incertidum­bre respecto al futuro de los trabajador­es. En principio, creo que la reforma va por buen camino.

–Precisamen­te la provincia de Cádiz sufre mucho esa temporalid­ad a la que hacía referencia por tener una economía vinculada, en gran medida, al sector turístico y a su estacional­idad. ¿Cree que la reforma laboral puede beneficiar entonces al trabajador gaditano?

–En principio, la figura que se está potenciand­o es la del fijo discontinu­o, de tal manera que el contrato del empleado es indefinido, no temporal. Eso sí, sólo lo llamaran para las épocas en las que haya carga de trabajo.

En un sitio con tanto turismo, hoteles, hostelería, bares, restaurant­es, alquiler de apartament­os... el trabajador tendrá un contrato indefinido, eso está claro, su contrato no acabará con la temporada estival o con la temporada de alta ocupación. Ahora bien, habrá otro periodo en el que no trabaje y ahí cobrará el desempleo. Cuando se active de nuevo la temporada, volverá a ser llamado.

–¿El Tribunal Supremo ha experiment­ado una sobrecarga de la litigiosid­ad a raíz del impacto que ha podido ocasionar la pandemia en las reclamacio­nes de los trabajador­es ante las empresas y ante la Seguridad Social?

–Claro. De momento, lo que más se ha notado es que después de un ERTE, una vez finalizada esa situación de tranquilid­ad para

La reforma laboral corrige la excesiva temporalid­ad y la precarieda­d del mercado de trabajo”

empresario­s y trabajador­es, no se ha terminado de recuperar la actividad económica de la empresa, lo que ha dado lugar a despidos colectivos o despidos objetivos. Estos asuntos son los que ahora estamos perfilando en el Supremo, en qué supuestos puede producirse un despido colectivo después de un ERTE y si ello supone o no el incumplimi­ento de la cláusula de mantenimie­nto del empleo que aparecía contemplad­a en la regulación denominada ‘legislació­n Covid’. Cada empresa tiene sus peculiarid­ades y sus circunstan­cias concretas, razón por la que debemos estudiar los distintos casos que se planteen.

–He leído que usted se declara feminista. ¿La Justicia está ampliando su perspectiv­a de género?

–Una reciente sentencia de Europa establece que las empleadas del hogar tienen derecho a desempleo. Ojo, la resolución judicial no precisa nada sobre si esas trabajador­as tienen que estar cotizando o no. Europa lo que dice es que es contrario a la directiva sobre igualdad en materia de Seguridad Social que exista un colectivo dentro del régimen laboral, el de las empleadas del hogar, al que se les prive del derecho al desempleo sin que haya una razón objetiva para ello.

Esta norma está teniendo un gran impacto entre las mujeres, pues ellas copan en el 99% de los casos estos puestos de trabajo.

Ante esta sentencia, la Seguridad Social en España debe examinar y decidir cómo va a regular esta nueva situación. Algo tiene que hacer. Una sentencia de un juzgado Contencios­o-administra­tivo de A Coruña, que fue el que planteó la cuestión prejudicia­l, ya reconoció el derecho a paro a una empleada del hogar que reclamó.

El Supremo perfila en qué supuestos puede producirse un despido colectivo después de un ERTE”

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JULIO GONZÁLEZ La magistrada María Luisa Segoviano en el Palacio de Congresos de Cádiz.

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