La demora en la sentencia de los ERE delata un debate interno en el Supremo
● La Sala acuerda una prórroga de 60 días del plazo para dictar la resolución, que se retrasa en principio hasta el mes de septiembre ● El Alto Tribunal alega la “complejidad” de la causa
condenados a penas de entre seis y ocho años de cárcel. Es el caso del ex presidente de la Junta José Antonio Griñán, que fue condenado a seis años, y de los ex consejeros Antonio Fernández, José Antonio Viera, Carmen Martínez Aguayo y Francisco Vallejo; los ex viceconsejeros Agustín Barberá y Jesús María Rodríguez Román; el ex director general de Trabajo Juan Márquez y el ex director general de la agencia Idea Miguel Ángel Serrano Aguilar.
Pero ese proyecto de sentencia, no tiene por qué acabar siendo la decisión definitiva de la Sala, puesto que en la fase de deliberación los otros cuatro magistrados pueden mostrar su disconformidad o introducir las
El magistrado ponente habría propuesto la desestimación de los recursos de la defensa
matizaciones y cambios que consideren oportunos respecto al caso. Y el hecho de que se haya acordado esta primera prórroga para el dictado de la sentencia señalaría que existe un debate interno entre los cinco jueces.
En la vista pública para la exposición de los recursos celebrada en mayo pasado pudo observarse cómo los magistrados de la Sala estaban muy atentos a los alegatos de las defensas e incluso tomaban notas conforme se iban sucediendo tanto las intervenciones de los letrados de la defensa como de los fiscales Fernando Prieto y Rafael Escobar.
Es decir, con independencia de cuál sea el sentido del “proyecto de sentencia” elaborado por el ponente, los magistrados pueden introducir en la fase de deliberación todos los cambios que estimen necesarios en ese borrador del fallo elaborado por el magistrado Eduardo de Porres.
En función de la intensidad de esas deliberaciones, la sentencia definitiva estará antes o tardará más tiempo en hacerse pública, porque es evidente que la Sala intentará alcanzar una decisión unánime, en la que no haya discrepancias que provoquen la emisión de algún voto particular por alguno de los cinco miembros del tribunal.