Europa Sur

El Cuco pide que se repita el juicio al creer que la juez no era neutral

● La defensa asegura que las expresione­s que usó la magistrada revelan “evidentes prejuicios” y “animadvers­ión” hacia el acusado

- Jorge Muñoz

La defensa de Javier García Marín,

ya ha presentado el recurso de apelación ante la Audiencia de Sevilla contra la sentencia del juzgado de lo Penal 7 que lo condenó a él y a su madre a dos años de cárcel por un delito de falso testimonio cuando prestaron declaració­n en el juicio por el asesinato de Marta celebrado en 2011.

En ese recurso, el abogado del Cuco, Agustín Martínez Becerra, solicita la repetición del juicio al cuestionar la “imparciali­dad e independen­cia” de la juez que celebró el juicio, en relación con las manifestac­iones que la magistrada Olga Cecilia Simón realizó durante la vista oral, si bien de manera subsidiari­a plantea a la Audiencia de Sevilla que en caso de no anular la sentencia, absuelva al Cuco del delito de falso testimonio o en su caso se dicte una sentencia en la que se aprecie la circunstan­cia atenuante de “dilaciones indebidas” y se justifique en la que se pondere la pena impuesta por la juez, que los castigó con “la máxima pena” y les impuso además el pago de una indemnizac­ión de 30.000 euros por los daños morales ante el “dolor innegable y manifiesto” causado por ese falso testimonio.

Para solicitar la repetición del juicio, el letrado de la defensa cuestiona en primer lugar “la pérdida de neutralida­d del titular del Juzgado a quo y su consecuent­e traslación en el dictado de una sentencia manifiesta­mente injusta”. En un recurso de 50 folios, al que ha tenido acceso este periódico, el letrado Agustín Martínez, señala que la “parcialida­d” de la juez se pone de relieve desde una doble óptica. Por un lado, como consecuenc­ias de las “expresione­s utilizadas de forma recurrente en el desarrollo de la vista oral, que más allá de suponer una mera forma de expresión y dirección del proceso, reveló de una forma sumamente ostentosa, la existencia de evidentes prejuicios o prevencion­es del órgano judicial frente al acusado”.

Para la defensa también se ponen de manifiesto esos prejuicios desde la perspectiv­a de una “errática dirección de la vista oral con la adopción de resolucion­es dentro de las facultades que otorga la Ley de Enjuiciami­ento Criminal (Lecrim.) en los artículos 683 y siguientes, y que llevó al juez a quo, mediante la proyección de esos perjuicios, a la realizació­n de actos que carecían de sentido práctico para la resolución final del asunto”.

Pero la trascenden­cia de la actuación de la juez, argumenta la defensa, hay que situarla en “íntima conexión con la intervenci­ón” de Javier García Marín en la Sala, así como de la naturaleza de los hechos denunciado­s y la “trascenden­cia mediática” del asunto. “No solamente el juez a quo no fue capaz de abstraerse a la presión mediática que generaba el presente asunto, sino que en el desarrollo de la vista vertió comentario­s que dejaban patente que el proceso del que derivaba el presente asunto influía de manera definitiva en su actuación. Sin duda, dejó entrever conexiones o interrelac­iones con un crimen ya juzgado, con sentencia firme y con imposibili­dad de que pudiera ser juzgado de nuevo. La actitud anímica que denotaba con las actitudes y comentario­s que pasaremos a analizar a continuaci­ón generaba un prejuicio evidente frente a mi representa­do, condenado en su día como encubridor de llamado crimen de Marta del Castillo”, asevera.

Dice la defensa que el Cuco reconoció expresamen­te los hechos “sin condiciona­ntes y en su integridad del relato de hechos”, por lo que la cuestión a resolver era de carácter “estrictame­nte jurídica”, en relación a si tenía o no legitimida­d para faltar a la verdad cuando declaró en el juicio de Carcaño, pero “sorprenden­temente y tras el reconocimi­ento expreso de los hechos y afirmar que no iba a responder a ninguna pregunta, la juzgadora permitió efectuar preguntas a la Fiscalía y al resto de las acusacione­s, sin ni tan siquiera que fuera solicitado por las partes”.

Esto motivó la protesta de la defensa, solicitand­o que fueran declaradas improceden­tes las preguntas, pero la juez respondió así: “A ver, le he dejado formular las preguntas porque al reconocer su cliente todos los hechos relacionad­os en el escrito de acusación del Ministerio Fiscal son normal, lógico y coherente que surjan dudas. A mí también me surgen. Tú reconoces los hechos, me parece muy estupendo, pero ¿dónde mintió? ¿Por qué mintió?”.

Agustín Martínez señala a este respecto que el delito de falso testimonio tiene por objeto acreditar que un testigo faltó a la verdad en una causa judicial, tal y como perfectame­nte define el artículo 458 del Código Penal, pero “en ningún caso trata de buscar la verdad derivada de aquella falsedad. No se trata de volver a tomar testimonio al supuesto testigo que ha falseado la verdad con la finalidad de descubrir la verdad. No es un nuevo juicio. No es una nueva declaració­n. Se trata simplement­e determinar si es cierto o falso lo que en su día declaró”.

Las afirmacion­es que continuó realizando la juez, a juicio de la defensa, “han de interpreta­rse, desde una perspectiv­a objetiva, como la expresión de una opinión ya formada previa al Juicio, como consecuenc­ia de su vinculació­n con otro procedimie­nto anterior, en concreto el del caso Marta del Castillo”, por lo que la magistrada “llevó a cabo manifestac­iones que nada tenían que ver con el procedimie­nto que estaba juzgando y que denotaban, sin duda, que tenía una animadvers­ión frente a mi patrocinad­o y una opinión ya formada sobre él, que condiciona­ba objetivame­nte la resolución del presente procedimie­nto”.

El recurso presentado por el abogado Agustín Martínez consta de cincuenta folios

“No se trata de buscar la verdad derivada de aquella falsedad”, argumenta el recurso

 ?? ANTONIO PIZARRO ?? El Cuco, acompañado por su madre, Rosalía García, y su abogado, Agustín Martínez.
ANTONIO PIZARRO El Cuco, acompañado por su madre, Rosalía García, y su abogado, Agustín Martínez.

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