El TS tumba dos proyectos lingüísticos por incumplir el 25% del castellano
● La Generalitat aseguró en el recurso que la decisión del TSJC podía ser “gravemente dañosa para los intereses generales”
El Tribunal Supremo (TS) tumbó los proyectos lingüísticos de dos escuelas de Barcelona por no cumplir con un mínimo del 25% de castellano en la enseñanza tras rechazar los recursos de casación de la Generalitat al considerar que carecen de motivación. La Sección Primera de lo Contencioso-administrativo desestimó los recursos presentados contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de imponer el 25% de castellano en los colegios Bogatell de la capital catalana y Josefina Ibáñez de Abrera (Barcelona) porque “no se ha fundamentado suficientemente”.
La Generalitat aseguró que la decisión del TSJC podía ser “gravemente dañosa para los intereses generales” y argumentó falta de legitimación de los denunciantes, algo que el Alto Tribunal rechazó.
El TS también reprochó que la Generalitat afirme “que el recurso se proyecta de forma generalizada sobre el sistema lingüístico, sin otra acotación y matiz”, una circunstancia que “no aparece debidamente cumplimentada sino por referencias en exceso genéricas e indeterminadas”.
La presidenta de la Asamblea por una Escuela Bilingüe, Ana Losada, valoró “muy positivamente estas providencias porque demuestran que independientemente de que estemos bloqueados con el 25% los centros deben programar asignaturas en castellano”. “La gente se ha pensado que el 25% no es válido”, lamentó Losada, que recordó que el castellano “es lengua vehicular en la escuela catalana” porque lo marca la ley.
Por su parte, fuentes del departamento de Educación de la Generalitat señalaron que los efectos de las providencias contra el recurso de casación han quedado “desfasados” porque hacen referencia a una legislación que “no está vigente”. El departamento aseguró que la legislación que se aplica en la actualidad es la que aprobaron tanto el Govern como el Parlament para responder a la sentencia del TSJC que obligaba al 25% en la escuela catalana, y que recoge que no tiene que haber un porcentaje en la enseñanza de lenguas.
Educación apuntó que los colegios que contaban con la obligación judicial de aplicar el 25% de castellano previos a la nueva legislación son estudiados por parte del gabinete jurídico de la Generalitat. En las sentencias del TJSC de marzo de 2021 que recurrió la Generalitat, se reconocía a las familias “una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular, en proporción razonable” que “en defecto de su concreción” se debe fijar en un mínimo del 25%.