El FC Talavera se perfila como relevo del Dux en la Primera Federación
El Comité advierte de que si los madrileños no han cursado hoy las fichas serán expulsados
L a Federación Española de Fútbol comunicó ayer la decisión del Juez Único de competiciones no profesionales sobre el Dux Internacional de Madrid, al que concede de plazo hasta las 12:00 de hoymiércoles para inscribir un mínimo de jugadores que le permitan competir o, en su defecto, para depositar (o avalar) 493.317 euros que garantice que el club podría hacer frente a los perjuicios de terceros que causaría su retirada por doble incomparecencia. Asimismo abre la puerta a que, en caso de que se produzca la desinscripción del conjunto madrileño, la plaza vacante en el grupo I de Primera Federación (en la que militan Algeciras CF y Real Balompédica Linense) sea ocupada por el Talavera, lo que de facto significa que no atenderá la petición del Atlético Sanluqueño.
El Juez Único recuerda que el plazo límite para la solicitud de las licencias de jugadores, entrenadores y demás miembros del equipo está fijado para el próximo jueves día 1 de septiembre a las 23:59. Pero al mismo tiempo recalca que en actúa aras a garantizar, también y en paridad de condiciones, “los derechos en la competición de los otros clubes de la misma categoría y grupo, así como de los otros jugadores, técnicos, abonados, aficionados de la categoría y/o grupo que son igualmente relevantes de poder disputar una competición con la totalidad de los equipos”.
Por ello prima “la necesidad de conocer con la antelación mínima suficiente si la próxima jornada va a poder disputarse el partido previsto entre el Dux Internacional SL y la AD Mérida, evitando gastos innecesarios al club visitante y a sus aficionados que pudieran tener previsto desplazarse hasta el lugar de celebración del encuentro”.
Es esta la justificación para adoptar la medida provisional de exigir al club que “solicite y disponga antes del miércoles 31 de agosto a las 12:00 del número mínimo de licencias establecidas en el Reglamento General“.
La otra solución que da el juez, “si no dispone de ellas o considera que no debe disponerlas hasta el día 1 a las 23:59 horas”, es que “deposite o avale ante la RFEF la cantidad de 493.317 euros, que, de acuerdo con los informes disponibles, es la cantidad de los perjuicios económicos que causaría a los demás clubes del mismo grupo en caso de no participación en la competición, debidos a la pérdida económica cuantificable que tendría cada uno de los clubes de la parte proporcional de las cuotas de los abonados y de las taquillas más otros ingresos del día del partido en caso que el Dux Internacional SL acabara no disputando la competición”.
El Juez Único da este paso porque deben garantizarse tanto los derechos del Club Dux Internacional SL como los derechos de los otros clubes; y, por ello, debe adoptarse una medida provisional que contemple ambos derechos.