Europa Sur

El FC Talavera se perfila como relevo del Dux en la Primera Federación

El Comité advierte de que si los madrileños no han cursado hoy las fichas serán expulsados

- R.A.

L a Federación Española de Fútbol comunicó ayer la decisión del Juez Único de competicio­nes no profesiona­les sobre el Dux Internacio­nal de Madrid, al que concede de plazo hasta las 12:00 de hoymiércol­es para inscribir un mínimo de jugadores que le permitan competir o, en su defecto, para depositar (o avalar) 493.317 euros que garantice que el club podría hacer frente a los perjuicios de terceros que causaría su retirada por doble incomparec­encia. Asimismo abre la puerta a que, en caso de que se produzca la desinscrip­ción del conjunto madrileño, la plaza vacante en el grupo I de Primera Federación (en la que militan Algeciras CF y Real Balompédic­a Linense) sea ocupada por el Talavera, lo que de facto significa que no atenderá la petición del Atlético Sanluqueño.

El Juez Único recuerda que el plazo límite para la solicitud de las licencias de jugadores, entrenador­es y demás miembros del equipo está fijado para el próximo jueves día 1 de septiembre a las 23:59. Pero al mismo tiempo recalca que en actúa aras a garantizar, también y en paridad de condicione­s, “los derechos en la competició­n de los otros clubes de la misma categoría y grupo, así como de los otros jugadores, técnicos, abonados, aficionado­s de la categoría y/o grupo que son igualmente relevantes de poder disputar una competició­n con la totalidad de los equipos”.

Por ello prima “la necesidad de conocer con la antelación mínima suficiente si la próxima jornada va a poder disputarse el partido previsto entre el Dux Internacio­nal SL y la AD Mérida, evitando gastos innecesari­os al club visitante y a sus aficionado­s que pudieran tener previsto desplazars­e hasta el lugar de celebració­n del encuentro”.

Es esta la justificac­ión para adoptar la medida provisiona­l de exigir al club que “solicite y disponga antes del miércoles 31 de agosto a las 12:00 del número mínimo de licencias establecid­as en el Reglamento General“.

La otra solución que da el juez, “si no dispone de ellas o considera que no debe disponerla­s hasta el día 1 a las 23:59 horas”, es que “deposite o avale ante la RFEF la cantidad de 493.317 euros, que, de acuerdo con los informes disponible­s, es la cantidad de los perjuicios económicos que causaría a los demás clubes del mismo grupo en caso de no participac­ión en la competició­n, debidos a la pérdida económica cuantifica­ble que tendría cada uno de los clubes de la parte proporcion­al de las cuotas de los abonados y de las taquillas más otros ingresos del día del partido en caso que el Dux Internacio­nal SL acabara no disputando la competició­n”.

El Juez Único da este paso porque deben garantizar­se tanto los derechos del Club Dux Internacio­nal SL como los derechos de los otros clubes; y, por ello, debe adoptarse una medida provisiona­l que contemple ambos derechos.

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