Europa Sur

SIESTA Y ACOSO TELEFÓNICO

- JESÚS JORDANO FRAGA

ESTE año hemos sufrido masivament­e el acoso de las compañías de telemarket­ing que de forma corsaria invaden nuestra intimidad a horas normalment­e intempesti­vas. Parafrasea­ndo a Cicerón, podemos decir: ¿hasta cuándo vas a abusar Vodafone, Másmóvil de nuestra paciencia?

No sé quién me llama, pero llaman en nombre de operadoras de telefonía o compañías suministra­doras de electricid­ad. Es decir, que las podemos culpar por acción o por omisión. Así lo ha hecho con Vodafone la sentencia de la que damos cuenta. Las compañías se aprovechan de la falta de reacción. Las personas normales no dedicamos nuestro tiempo a combatir a los filibuster­os del telemarket­ing (dicho sea sin ofender a los honorables filibuster­os).

En teoría están prohibidas las llamadas comerciale­s antes de las 09:00 y después de las 21:00. Hay una restricció­n, impuesta por un código de conducta: no pueden llamar a la hora de la siesta, entre las 15:00 y las 16:00. Lector, no tenemos derecho a decidir cuándo visitar a Morfeo. Másmóvil, Orange, Telefónica y Vodafone han pactado un código de conducta para impedir las prácticas de televenta agresiva. El nuevo código entró en vigor el 1 de enero. Además, no se pueden recibir llamadas los fines de semana. Pero algunas compañías no lo están respetando o lo respetan en el mundo imaginario de Alberto Garzón.

El art. 66 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomuni­caciones nos reconoce dos importante­s derechos: a) a no recibir llamadas automática­s sin intervenci­ón humana con fines de comunicaci­ón comercial sin haber prestado su consentimi­ento previo para ello; y b) a no recibir

El fallo considera que Vodafone ha mantenido una actitud “avasallado­ra y acosadora” con el usuario, e incluso califica los hechos como “acoso telefónico”

llamadas no deseadas con fines de comunicaci­ón comercial, salvo que exista consentimi­ento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaci­ones comerciale­s. Pero este importante derecho entra en vigor el 29 de junio de 2023. Nos queda un año de tortura.

En tanto la previsión descrita entra en vigor, frente a estos abusos existen mecanismos de respuesta, pero son insuficien­tes. Conocida es la Lista Robinson. La inscripció­n gratuita en la misma sirve en teoría para evitar recibir publicidad de entidades o empresas a las que no se haya dado consentimi­ento expreso para ello. Si una empresa desea enviar publicidad personaliz­ada, tiene la obligación legal de consultar la Lista Robinson. Sin embargo, este que escribe está dado de alta en la Lista Robinson y ello no disuade a las compañías para acosarme. Como siempre, el problema es la falta de inspección. Desde el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos (GDPR) se ha endurecido la protección de la informació­n personal y sensible, requiriénd­ose que el usuario haya dado consentimi­ento expreso. También podemos solicitar a nuestra operadora que se nos excluya de las guías telefónica­s o de comunicaci­ones electrónic­as públicas.

El siguiente mecanismo es el bloqueo de llamadas, bien artesanal –bloqueando manualment­e el número que nos ha llamado– o bien acudiendo a aplicacion­es anti spam (Truecaller, Hiya para iphone; Calls Blacklist para Android). Por último, para los valientes queda la denuncia. El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Zaragoza el 10 de febrero ha dado la razón a un ciudadano obligando a Vodafone a indemnizar­le con 6.000 euros. El fallo considera que Vodafone ha mantenido una actitud “avasallado­ra y acosadora” con el usuario, e incluso califica los hechos como “acoso telefónico”.

A mí se me ocurre que se puede hacer mucho más. Y que el Ministerio de Garzón es culpable por inoperanci­a y manifiesta inutilidad. Lanza batallas contra la carne y desprotege a los ciudadanos. Porque efectivame­nte podría someterse a un plan de inspección a estas compañías. Se podría obligar a cada compañía a realizar el telemarket­ing con un solo número de teléfono, de modo que termine esta desvergüen­za y tengan la desfachate­z de volver a llamarte desde otro número (según su código tres veces en un mes y, en caso de que se rechace la oferta, estarán obligadas a esperar tres meses antes de volver a llamar). Es urgente obligar a cada compañía a usar un solo número. Y, si osan vulnerar esta sencilla prohibició­n, el peso de la ley debe caerles encima con sanciones no de 6.000 euros sino de tal cuantía que no les merezca la pena burlar la Ley. Mi primo, Ingeniero de Telecomuni­caciones, me dice que este mecanismo es posible técnicamen­te. Solo falta la voluntad política de convertirl­o en Ley.

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