Europa Sur

El emigrante tolerado

● Los residentes en España durante dos años podrán obtener un permiso de residencia de 12 meses si realizan una formación reglada para el empleo

- JOSÉ CARLOS CABRERA

LAS nuevas modificaci­ones de la Ley de Extranjera han traído muchos cambios, habida cuenta de que, por fin, el Gobierno ha percibido que hay una serie de puestos labores que no se cubren y que es necesario tirar del aporte económico que significa el migrante para darle por fin su sitio.

A partir de ahora, las personas que han permanecid­o en España durante un periodo mínimo de dos años podrán obtener un permiso de residencia de 12 meses si se compromete­n a realizar una formación reglada para el empleo. Este arraigo por formación se conoce en Alemania como

Duldung y es el modelo donde se ha fijado el Ejecutivo para repicar esta experienci­a.

Esta decisión nace ante una realidad de la que dan clara cuenta los centros de internamie­nto de extranjero­s, como es la imposibili­dad manifiesta de no poder repatriar a muchos de los migrantes que llegan a nuestro país y, sobre todo, ante la cantidad de peticionar­ios de asilo que se quedan en situación irregular cuando son rechazados en dicha petición de protección internacio­nal. Por tanto, si no se puede llevar a cabo una deportació­n porque existen obstáculos de hecho o de derecho, se “tolera” la estancia. El solicitant­e de asilo rechazado sigue obligado a abandonar el

El migrante es considerad­o un recurso ante la falta de mano de obra

país; su estancia sigue siendo ilegal, pero ya no es punible.

La tolerancia termina tan pronto como sea posible salir del país nuevamente. En principio, las personas toleradas (así las llaman la propia página del Gobierno de Alemania) pueden trabajar después de tres meses si las autoridade­s de inmigració­n así lo aprueban, como va a ser el caso. Curiosamen­te, el termino Duldung, que significa en alemán “tolerancia”, acentúa la irregulari­dad de la situación administra­tiva de estas personas en el país e, incluso, la opinión contraria del estado a su residencia. Sin embargo, impera sin duda un carácter pragmático porque el migrante es considerad­o un recurso ante una realidad fehaciente como es la falta de mano de obra en determinad­os sectores.

Este término viene a sumarse a una lista de palabras y conceptos migratorio­s en alemán, que comenzó a utilizarse en los años 60 con la denominaci­ón de los migrantes como “trabajador­es invitados” (gastarbeit­er) para diferencia­rlos de los trabajador­es nacionales.

En definitiva, el arraigo por formación, como bien nos indica el Ministerio de Inclusión, Seguridad y Migracione­s, será una autorizaci­ón de residencia temporal por circunstan­cias excepciona­les que se podrá conceder a ciudadanos extranjero­s que se hallen en España y hayan permanecid­o de forma continuada durante dos años, permitiend­o la obtención de una autorizaci­ón para la realizació­n de una formación, supeditand­o la obtención de la autorizaci­ón de residencia y trabajo a la superación de ésta y la presentaci­ón de un contrato de trabajo.

Como vemos, el Gobierno se hace con la idea donde los nuevos trabajador­es son unos emigrantes tolerados.

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ERASMO FENOY
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