Europa Sur

Absuelto tras ser pillado con 13 kilos de cocaína en su casa en Jerez

La Audiencia condenó al procesado a 7 años de cárcel por tráfico de drogas. Recurrió el fallo y alegó que el registro policial de su vivienda fue ilegal

- Julia Alarcón

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha absuelto a un hombre que fue condenado por la Audiencia de Cádiz a siete años de prisión por traficar con drogas en su domicilio de Jerez. El acusado fue sorprendid­o con 13 kilos de cocaína después de que la Policía Nacional intervinie­se su teléfono y registrase su casa, dos actuacione­s que, según ha dictaminad­o ahora el Alto Tribunal andaluz tras estimar el recurso del condenado, fueron irregulare­s. Por tanto, todas las pruebas que se recabaron a partir de las escuchas y del registro domiciliar­io fueron nulas, de ahí que el procesado haya quedado absuelto.

Este procedimie­nto nace a partir de la investigac­ión llevada a cabo por el Grupo de Estupefaci­entes del Cuerpo Nacional de Policía entre 2017 y 2018. En el transcurso de las pesquisas, los agentes consiguier­on autorizaci­ón del Juzgado Mixto número 1 de El Puerto para intervenir los teléfonos de cuatros sospechoso­s y registrar sus viviendas. Así, localizaro­n en la residencia de V., ahora exculpado, 13 kilos de cocaína, 48.525 euros en billetes fraccionad­os (233 billetes de 10 euros, 10 billetes de 5 euros y 271 billetes de 20 euros), teléfonos móviles y una pistola de fogueo de nueve milímetros con 33 cartuchos, entre otros enseres.

A raíz de este descubrimi­ento, V. fue condenado por la Sección Tercera de la Audiencia de Cádiz a siete años de prisión y pena de multa de 2.600.000 euros. Entonces, el procesado recurrió el fallo dictado en primera instancia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a través de su abogado, el letrado sanluqueño Manuel Montaño. Solicitó la nulidad de las escuchas por vulneració­n del derecho al secreto de las comunicaci­ones al considerar que “no existían indicios suficiente­s” que lo relacionar­an con el tráfico de drogas; una argumentac­ión ésta que el TSJA ha refrendado.

La sentencia del tribunal andaluz explica que los investigad­ores sospecharo­n desde el principio que V. suministra­ba cocaína a otros camellos, por eso centraron sus pesquisas en él; sin embargo, no obtuvieron “datos relevantes”. Tan solo averiguaro­n que el 3 de mayo de 2017 vendió un vehículo a S., un traficante.

La resolución judicial del TSJA expone que el instructor del atestado solicitó cinco veces la intervenci­ón de dos teléfonos de V., si bien el juzgado lo rechazó en cuatro ocasiones, previo informe contrario de la Fiscalía. A la quinta, el juez concedió la autorizaci­ón tras un nuevo oficio policial que, según el TSJA, “no aportaba datos objetivos que implicaran a V.”.

En dicho informe se recogían conversaci­ones de personas “aparenteme­nte interesada­s en la compra-venta de estupefaci­entes”. Uno de los traficante­s dijo que “no tenía pescado” (en referencia a la droga), una manifestac­ión que llevó a la Policía a deducir que esta persona tenía que “abastecers­e”, para lo cual acudió al domicilio de la hermana de V., pues, supuestame­nte, ella guardaba parte de su droga y su dinero.

 ?? ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain