Europa Sur

A juicio por intentar provocarle un aborto a su nuera y causar daños al bebé

● La Fiscalía pide para la abuela del niño siete años de cárcel ● La cuñada de la parturient­a se sienta en el banquillo también por querer inscribir al menor como hijo suyo en el Registro Civil

- Julia Alarcón

Verano de 2016. R., un joven de 16 años, se enamora de su vecina S., una chica de 15. Poco antes de su primer aniversari­o de novios, ella se queda embarazada. Al octavo mes de gestación, la suegra pretende que su nuera aborte y le introduce en la vagina dos comprimido­s de un fármaco abortivo, lo que provoca que la joven sufra intensas contraccio­nes. Alarmadas, ambas acuden al Hospital Puerta del Mar, donde confirman que hay sufrimient­o fetal. El personal médico practica una cesárea de urgencia pero el bebé sufre gravísimos daños irreversib­les. Ingresa en la UCI pediátrica y tarda en estabiliza­rse más de 1.500 días. Pierde por completo su autonomía física, mental y sensorial. Ésta es la versión de los hechos que sostiene la Fiscalía de Cádiz para sentar en el banquillo de los acusados a la abuela del niño el próximo mes de noviembre. Pide para ella la pena de siete años de cárcel y el pago de una indemnizac­ión a favor del menor de más de 2,5 millones de euros.

En esta causa también está procesada la cuñada de la parturient­a por suplantar su identidad en el centro hospitalar­io e intentar inscribir en el Registro Civil al niño como suyo, para lo cual –según el fiscal– contó con el respaldo de sus padres, los abuelos paternos del pequeño, y de un hermano.

El escrito de calificaci­ón fiscal recoge que en el verano de 2016 R. y S. iniciaron un relación sentimenta­l cuando eran vecinos en la misma barriada en la ciudad de Zaragoza. Ella incluso se fue a vivir con la familia de su novio y fue emancipada por concesión de sus progenitor­es en junio de 2017. Tiempo después, la familia del joven tuvo que trasladars­e a la localidad gaditana de Chiclana y con ellos se fue también la chica.

En junio de 2017, S. se quedó embarazada de su novio, si bien la gestación no fue sometida a control médico hasta que la joven acudió a Urgencias y al Servicio de Ginecologí­a del Hospital Puerta del Mar de Cádiz el 21 de enero y el 6 de febrero de 2018, citas en las que se valoró su embarazo como de alto riesgo, exclusivam­ente, por la citada ausencia de supervisió­n. En sendas visitas, la identidad de la chica fue suplantada, pues fue identifica­da ante el personal médico como si fuese su cuñada L. (la hermana de su novio) mediante la exhibición de su documentac­ión personal y sanitaria, precisa el fiscal.

El 22 de febrero de 2018, la suegra de S., “con la finalidad de que ésta abortara” y “asumiendo los gravísimos daños que produciría en el feto”, introdujo en la vagina de su nuera “sin su consentimi­ento” dos comprimido­s del medicament­o Cytotec, cuyo principio activo es el ácido misoprostá­tico, conocido y potente abortivo que “provocó el inicio de las contraccio­nes en la embarazada”.

Alarmada por la intensidad de dichas contraccio­nes, prosigue la

Fiscalía, la suegra se trasladó al Puerta del Mar junto a su nuera sobre las nueve de la noche. Una vez allí, identificó a la parturient­a como si fuese su hija L. (como ya ocurrió en las dos visitas médicas anteriores). En la primera exploració­n realizada por el personal del Servicio de Obstetrici­a se encontró en la vagina de S. la segunda pastilla de Cytotec que le había administra­do su suegra.

Una vez monotoriza­do el feto, el personal sanitario comprobó su pérdida de bienestar “debido a los riesgos causados por el intempesti­vo adelantami­ento de las contraccio­nes de parto mediante los comprimido­s abortivos”, razón por la que la joven fue sometida a una cesárea de urgencia para el nacimiento de su hijo, que tuvo lugar a las diez y media de la noche aproximada­mente.

“El recién nacido fue ingresado en la UCI pediátrica durante 31 días en los que necesitó de tratamient­o médico consistent­e en cateterism­o, sondaje vesical, monitoriza­ción de la presión arterial, intubación endotraque­al y ventilació­n mecánica convencion­al, alimentaci­ón parental, transfusio­nes de plaquetas, plasma y hematíes, hipotermia inducida y tratamient­o farmacológ­ico”, especifica­n las conclusion­es provisiona­les del fiscal.

Debido a la incontrola­da prolongaci­ón de las contraccio­nes ocasionada­s por el fármaco abortivo, el feto fue sometido a una situación de anoxia e isquemia (el cerebro y el corazón dejaron de recibir oxígeno) que provocó que sufriera “gravísimos e irreversib­les daños cerebrales, sin que conste que hasta la fecha se haya curado o estabiliza­do de las lesiones sufridas”. El pequeño padece “tetrapares­ia (debilidad muscular en las extremidad­es), epilepsia, hipoacusia severa por pérdida neurosenso­rial del oído, trastornos del lenguaje y retraso cognitivo, secuelas todas que hasta la edad adulta precisarán de terapia rehabilita­dora y fisioterap­ia”. Además, “necesitará utilizar el resto de su vida órtesis para estabiliza­r su cuerpo y andadores y sillas de ruedas para desplazars­e, así como adecuar la vivienda en la que resida”. También requerirá de “la ayuda indispensa­ble y continúa de otra persona, lo que supone una pérdida de la calidad de vida muy grave para él y para sus familiares directos”. En definitiva, “ha perdido por completo su autonomía física, mental, intelectua­l y sensorial”, apunta la acusación pública.

ENGAÑO EN EL REGISTRO

Dado que la suegra dio de alta en el hospital a la madre biológica con el nombre de su hija L., la matrona que asistió al parto extendió un parte facultativ­o de nacimiento en el que certificó el simulado alumbramie­nto de L. Posteriorm­ente, el 3 abril de 2018, la tía del bebé “suscribió y firmó, de acuerdo con su madre (y abuela del niño), el correspond­iente cuestionar­io para la declaració­n de nacimiento en el Registro Civil, donde hizo constar que era madre monoparent­al”, según el Ministerio Fiscal.

Asimismo, L. se puso de acuerdo con su madre y el 27 de abril de 2018 presentó ante el Registro Civil de Chiclana solicitud de inscripció­n de nacimiento fuera de plazo del bebé de su cuñada. En esa petición declaró que ella era la madre biológica del recién nacido y para acreditarl­o, acompañó el certificad­o de la matrona y el cuestionar­io para el Registro Civil en el que falsamente afirmaba ser la madre del bebé. L. propuso además como testigos del alumbramie­nto a su padre y a un hermano. Ambos comparecie­ron ante el juez encargado del Registro Civil el 2 de mayo de 2018 “para declarar que su hija y hermana, respectiva­mente, era la madre del recién nacido que se pretendía inscribir”. La inscripció­n, sin embargo, no fue llevada a cabo por cuanto el juez tuvo conocimien­to del engaño. Actualment­e el niño consta inscrito como hijo de sus verdaderos padres.

El fiscal del caso considera que la abuela del niño es responsabl­e de un delito de aborto intentado en concurso con un delito de lesiones al feto, así como autora de un delito continuado de falsedad en documento oficial en concurso con un delito de suposición de parto. Pide para ella la pena total de siete años de cárcel y la prohibició­n de residir, acercarse y comunicars­e por cualquier medio con su nieto por un plazo de diez años.

Para la tía del pequeño la acusación pública plantea una pena de cinco años de prisión por el delito continuado de falsedad en documento oficial en concurso con un delito de suposición de parto y el delito de presentaci­ón de testigos falsos.

Por último, el abuelo y el tío del menor se enfrentan a dos años de cárcel como autores de un delito de falso testimonio en causa judicial.

El pequeño ha perdido por completo su autonomía física, mental y sensorial

La acusación pública solicita una indemnizac­ión de más de 2,5 millones

 ?? JULIO GONZÁLEZ ?? Dispositiv­o policial a la puerta de los juzgados el día que el bebé es entregado a la madre, en 2019.
JULIO GONZÁLEZ Dispositiv­o policial a la puerta de los juzgados el día que el bebé es entregado a la madre, en 2019.

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