Europa Sur

Condenado a 22 años de cárcel por asesinar a su tía en Jerez

● El hombre le tapó la boca y la nariz a la víctima hasta asfixiarla y después le robó varias joyas

- J.A.

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a 22 años de cárcel a un hombre por asesinar y robar a su tía de 76 años en su vivienda de Jerez el 22 de abril de 2019, todo ello tras el veredicto de culpabilid­ad emitido por un jurado. También le impone la medida de libertad vigilada durante diez años, a cumplir tras la pena de prisión establecid­a en la resolución judicial.

Según la sentencia, que no es firme y puede ser recurrida, quedó probado que el encausado se encontraba con su tía en el domicilio de ésta, en Jerez, cuando “en un momento dado, con sus manos y con la ayuda de un trapo, la abordó por detrás y le tapó fuertement­e la boca y la nariz provocando su muerte”. La causa del fallecimie­nto de la mujer fue la asfixia mecánica provocada por la sofocación externa.

Tras acabar con la vida de su tía, el hombre cogió “una cuantía indetermin­ada de dinero y varias joyas y alhajas de su tía”, que estaban guardadas en dos cajas metálicas del dormitorio de la víctima, y las vendió en tres establecim­ientos de Jerez por 2.105 euros. En concreto, vendió un anillo de oro con una piedra de color verde, una pulsera de oro, una cadena de piedras de colores, monedas de oro, un anillo y una medalla de oro.

Según declaró probado el jurado, el acusado “quiso matar intenciona­damente” a su tía y sabía que “tapándole fuertement­e la boca y la nariz, podía alcanzar su fin”. Además, “se aprovechó de su condición física y de su edad –el acusado tenía 38 años en el momento de los hechos y su tía 76 años– para atacarla, así como de la confianza que tenía con la víctima”.

Asimismo, “al abordarla, actuó de forma súbita e inesperada”, de modo que la mujer “no tuvo oportunida­d de defensa”, tal y como estimó probado el jurado en su veredicto de culpabilid­ad.

En concepto de responsabi­lidad civil, la Audiencia Provincial con sede en Jerez ha condenado al procesado a indemnizar con 35.000 euros a cada uno de los ocho hijos de la fallecida, ya que, “al margen de las deteriorad­as relaciones” entre ellos, “lo que no puede negarse es la indudable afectación que necesariam­ente hubo de causarles la muerte de su madre”, por lo que estima “razonable” la pretensión indemnizat­oria deducida a tal fin por las acusacione­s.

El condenado deberá indemnizar también con 265, 1.090 y 750 euros a los tres establecim­ientos donde vendió las joyas de su tía, las cuales fueron posteriorm­ente incautadas por los agentes policiales.

Estas cantidades se correspond­en con el precio de compra que abonaron estos establecim­ientos por las joyas robadas. Además, la Audiencia Provincial de Cádiz acuerda la devolución de las joyas intervenid­as a los herederos de la víctima, en beneficio de la masa hereditari­a.

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