La Junta ordena la disminución del uso del agua en sus cuencas
● La agricultura aminora el riego entre un 20% y un 75% ● Las órdenes recogen la reducción para empleo humano e industrial
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo refuerza las medidas de control del consumo de agua ante el estado de sequía en las demarcaciones geográficas que son competencia de la Junta: las cuencas Mediterráneas, la del Guadalete-barbate y la del Tinto-odiel-piedras.
Entre otras medidas, que afectan al uso urbano, rural e industrial del agua, la Junta informa de que la reducción del consumo de agua en el ámbito agrícola oscilará entre un 20% en las Cuencas Mediterráneas, un 50% en el caso del Tinto-odiel-piedras, en el ámbito de Costa de Huelva-andévalo, y un 75% para la demarcación Guadalete-barbate. Estas medidas están recogidas en tres órdenes publicadas el miércoles en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y que entraron ayer en vigor, informó Europa Press.
En el caso del uso urbano, para el Campo de Gibraltar, enmarcado en las Cuencas Mediterráneas, la orden establece que “no podrán superar la dotación de 160 litros por habitante y día”. El consumo agrícola se reducirá un máximo de un 25% sobre la media. El uso industrial se rebajará un 20%.
En la Cuenca Mediterránea, para el Sistema Costa del Sol Occidental, el uso urbano también se acota a 160 litros por habitante y día; el mismo suministro que para el Sistema Guadalhorce-limonero para uso urbano. En el ámbito rural, la limitación de riegos es de un 25%.
En el Sistema Viñuela-axarquía,
la limitación también será de 160 litros por habitante y día; mientras que en el Sistema Béznar-rules, “la reducción para el abastecimiento será de un 5%” y en el uso agrario el objetivo es reducirlo hasta un 20%; en el Sistema Benínar, la reducción del consumo para el abastecimiento es de un 5% y de un 20% para el uso agrario; en el Sistema Cuevas de Almanzora, en el uso urbano, los volúmenes suministrados no podrán superar la dotación de 200 litros por habitante y día; en zonas sin regulación de la Demarcación Hidrográfica, sin incluir las de Granada, el uso urbano se acotará a 160 litros día/habitante.
En el Sistema Guadalete, la orden señala que, para el uso urbano, “los volúmenes no podrán superar los 200 litros por habitante y día”, mientras que sobre el uso agrícola se establece “una reducción del 75% del volumen de riego para el actual año hidrológico siempre que se garantice el abastecimiento urbano”.
“Esa limitación de los volúmenes suministrados para riego agrícola de hasta el 75% afectará a los recursos superficiales y a los procedentes de aguas subterráneas”, apunta la orden de Agricultura. Sobre el uso industrial, establece “un 20% de reducción”.
En el caso del Sistema Barbate, “se aplica una reducción del 75% al volumen de riego para el actual año hidrológico”, con la precisión de que “esta limitación para el riego agrícola afectará a los recursos superficiales y a los de aguas subterráneas”, mientras que precisa que para estas reducciones