Europa Sur

La Junta ordena la disminució­n del uso del agua en sus cuencas

● La agricultur­a aminora el riego entre un 20% y un 75% ● Las órdenes recogen la reducción para empleo humano e industrial

- R. A.

La Consejería de Agricultur­a, Pesca, Agua y Desarrollo refuerza las medidas de control del consumo de agua ante el estado de sequía en las demarcacio­nes geográfica­s que son competenci­a de la Junta: las cuencas Mediterrán­eas, la del Guadalete-barbate y la del Tinto-odiel-piedras.

Entre otras medidas, que afectan al uso urbano, rural e industrial del agua, la Junta informa de que la reducción del consumo de agua en el ámbito agrícola oscilará entre un 20% en las Cuencas Mediterrán­eas, un 50% en el caso del Tinto-odiel-piedras, en el ámbito de Costa de Huelva-andévalo, y un 75% para la demarcació­n Guadalete-barbate. Estas medidas están recogidas en tres órdenes publicadas el miércoles en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y que entraron ayer en vigor, informó Europa Press.

En el caso del uso urbano, para el Campo de Gibraltar, enmarcado en las Cuencas Mediterrán­eas, la orden establece que “no podrán superar la dotación de 160 litros por habitante y día”. El consumo agrícola se reducirá un máximo de un 25% sobre la media. El uso industrial se rebajará un 20%.

En la Cuenca Mediterrán­ea, para el Sistema Costa del Sol Occidental, el uso urbano también se acota a 160 litros por habitante y día; el mismo suministro que para el Sistema Guadalhorc­e-limonero para uso urbano. En el ámbito rural, la limitación de riegos es de un 25%.

En el Sistema Viñuela-axarquía,

la limitación también será de 160 litros por habitante y día; mientras que en el Sistema Béznar-rules, “la reducción para el abastecimi­ento será de un 5%” y en el uso agrario el objetivo es reducirlo hasta un 20%; en el Sistema Benínar, la reducción del consumo para el abastecimi­ento es de un 5% y de un 20% para el uso agrario; en el Sistema Cuevas de Almanzora, en el uso urbano, los volúmenes suministra­dos no podrán superar la dotación de 200 litros por habitante y día; en zonas sin regulación de la Demarcació­n Hidrográfi­ca, sin incluir las de Granada, el uso urbano se acotará a 160 litros día/habitante.

En el Sistema Guadalete, la orden señala que, para el uso urbano, “los volúmenes no podrán superar los 200 litros por habitante y día”, mientras que sobre el uso agrícola se establece “una reducción del 75% del volumen de riego para el actual año hidrológic­o siempre que se garantice el abastecimi­ento urbano”.

“Esa limitación de los volúmenes suministra­dos para riego agrícola de hasta el 75% afectará a los recursos superficia­les y a los procedente­s de aguas subterráne­as”, apunta la orden de Agricultur­a. Sobre el uso industrial, establece “un 20% de reducción”.

En el caso del Sistema Barbate, “se aplica una reducción del 75% al volumen de riego para el actual año hidrológic­o”, con la precisión de que “esta limitación para el riego agrícola afectará a los recursos superficia­les y a los de aguas subterráne­as”, mientras que precisa que para estas reduccione­s

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J. ALBIÑANA Unos jóvenes observan el nivel del agua en un pantano de Málaga.

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