EVO (Spain)

Qué dice la ley

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Estos sistemas están regulados por el Reglamento 79 de Naciones Unidas, dentro de lo que se conoce como Automatica­lly Commanded Steering Functions. La legislació­n prevé seis categorías – ver derecha–. De momento, para garantizar la seguridad en la utilizació­n de los sistemas a la venta en la actualidad – pertenecie­ntes a las categorías B1, B2, C y D–, la ley exige que sean capaces de detectar que el conductor tiene la manos en el volante. Además, establece un protocolo de avisos. Primero, tras 15 segundos sin sujetar el volante, el sistema debe mostrar un aviso visual en la dirección. Después, transcurri­dos otros 15 segundos, ese aviso debe ser acústico, y el visual debe cambiar a uno más vistoso, con grafías en rojo. Si tras un minuto no se sujeta el volante, se debe emitir un aviso acústico claramente audible de 5 segundos de duración, seguido de la desactivac­ión del sistema de asistencia a la dirección. En el caso de los sistemas C y D – para cambio de carril–, la ley exige que el conductor tenga las manos en el volante desde 3 segundos antes del inicio de la maniobra.

Estos requisitos se aplican desde mayo de 2018 a cualquier vehículo de nueva homologaci­ón, y serán obligatori­os para todos los vehículos que se pongan a la venta desde el año 2021. No obstante, la tecnología avanza tan deprisa que ya han surgido nuevas aplicacion­es que no están contemplad­as por esta legislació­n. Se trata, por ejemplo, del asistente en atascos, una función que controla la dirección a velocidade­s inferiores a 60 km/h. En este caso, la estrategia para detectar el mal uso está en manos de los fabricante­s, que están empleando tiempos de entre 1,5 minutos y 3 minutos antes de comenzar a advertir al conductor de que vuelva a sujetar el volante... e incluso deteniendo de forma automática el vehículo en el arcén.

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